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Hundimiento techo

5 Comentarios
 
Hundimiento techo
03/04/2012 10:39
Ayuda por favor! Tengo que interponer una demanda por el hundimiento de un techo, pero hay varios problemas:

1. El hundimiento es por culpa de las bigas estaban afectadas de aluminosis. Sin embargo, mi perito dice poder defender que la aluminosis no debería haber provocado el hundimiento si no fuera porque la terraza está en mal estado y produce filtraciones de agua, que es el verdadero problema. Es decir, según el, una estructura con aluminosis pero bien aislada no tiene porque degenerar de esta manera. ¿Lo veis así también?


2. Otro problema es que la terraza no se sabe de quién es... os cuento: la finca en realidad son dos fincas que AHORA estan separadas físicamente (tienen dos números de calle, con entradas independientes, etc.) pero no estan segregadas registralmente y, además, no existe comunidad de vecinos, así que no hay ninguna escritura que diga quién es el propietario de los elementos comunes. A falta de ello entiendo que son responsables del estado de la terraza todos los propietarios de las dos fincas ¿También lo veis así?. Eso incluye también al afectado.

3. ¿Como puedo demostrar bien el tema de la titularidad de la terraza?
04/04/2012 12:38
Hola compañer@,

Tienes un tema muy complejo, a ver si lo puedes explicar un poco mejor.

Se trata de dos fincas que ahora están separadas físicamente, sin segregar, antes de la separación ¿que figuraba en las anteriores escrituras sobre los elementos comunes, especialmente referente a esa terraza?.

Otro punto dices que no hay comunidad de vecinos, ahora ¿constituyen fincas independientes, unifamiliares o como son?

Un saludo,
04/04/2012 14:03
la titularidad de la terraza no es lo más delicado, que habrá que interpretar a partir de la descripción en escrituras, fundamentalmente si se describe como un único edificio o como un conjunto, porque lo realmente importante no es ya si la terraza es un elemento común, sino si la estructura es un elemento común
respecto a la aluminosis, mi opinión es que has de consultar a otro perito, pero perito (experto) de verdad, porque de lo que no me cabe la menor duda es de que, si es aluminosis, el riesgo de que se caiga es INNEGABLE, porque pasado un tiempo, el hormigón afectado con aluminosis se deshace (se disgrega) en gravas, arena y polvo
por todo lo anterior, si es aluminosis el riesgo es real y no solo probable, por lo que no es suficiente con reparar la zona que aparentemente presenta daños, y habrá que demoler toda la estructura realizada con ese tipo de cemento
04/04/2012 18:48
En cuanto a la titularidad de la terraza, no importa que no haya una comunidad constituida como tal. Si existen elementos comunes, hay una comunidad de propietarios que se rige por el Cc. y la LPH, así que habrán de contribuir todos los vecinos a la conservación de dichos elementos.
10/04/2012 10:07
Gracias por las respuestas, compañeros. Os comento lo que tengo:

1.Sobre la aluminosis: la verdad es que no lo tengo nada claro, jecc. He hablado con otro arquitecto y me dice que es cierto que la humedad es el detonante de la aluminosis pero que la más minima humedad es suficiente para que ello ocurra. Sin embargo en el caso presente tenemos lo siguiente: una terraza mal diseñada (el agua no baja correctamente), inexistencia de aislamiento en la terraza (no hay tela asfaltica ni nada parecido), episodio reciente (un mes antes de que se hundiera el techo) de pérdida de agua de un depósito situado justo encima de la vivienda... ¿Quizá se puede defender que todo esto ha acelerado el proceso y reclamar siquiera una parte?

2. Sobre la finca, he conseguido una nota informativa segun imágenes de toda ella y lo que me dice la descripción es lo siguiente:

- "Un solo edificio sito en la calle X números 14 y 16 compuestos de las siguientes casas: PRIMERA (la del número 14) y SEGUNDA (la del número 16). En esta segunda además de la descripción de los pisos, me dice lo siguiente: "piso entresuelo y vivienda desde donde emana una escalera que conduce al terrado de la casa". ésta es la única referencia que se hace al terrado de la casa.

- Además la escritura in fine dice "implicitamente solicitan la agrupación? y constituyen dicho edificio en régimen de propiedad horizontal".

En resumen, a ver si lo veis como yo:

1. Los titulares del "terrado" deben ser tanto los vecinos del 14 como los del 16, ya que no se concreta en realidad a quien pertenece y, además, según el registro, es todo un solo edificio. ¿Es así?.

2. Entiendo que la demanda debe dirigirse de forma individual a todos los vecinos, no a la comunidad, ¿es así?. Por otro lado, ¿como encaja esto con la postura de mi cliente, teniendo en cuenta que él también es propietario? ¿Quizá engo que demandar a todos y restar de la indemnización la parte proporcional de mi representado?

3. Finalmente, si no existe la posibilidad de reclamar a los vecinos por la inexistencia de responsabilidad, puedo reclamar a mi aseguradora que sólo me cubre en caso de daños producidos por escapes de agua? Ellos dicen que no se hacen responsables porque es un tema de falta de mantenimiento (falso)

Sé que es un tema complicado. Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración.
11/04/2012 14:35
alguna idea mas, compañeros?
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03/04/2012 10:39
Ayuda por favor! Tengo que interponer una demanda por el hundimiento de un techo, pero hay varios problemas:

1. El hundimiento es por culpa de las bigas estaban afectadas de aluminosis. Sin embargo, mi perito dice poder defender que la aluminosis no debería haber provocado el hundimiento si no fuera porque la terraza está en mal estado y produce filtraciones de agua, que es el verdadero problema. Es decir, según el, una estructura con aluminosis pero bien aislada no tiene porque degenerar de esta manera. ¿Lo veis así también?


2. Otro problema es que la terraza no se sabe de quién es... os cuento: la finca en realidad son dos fincas que AHORA estan separadas físicamente (tienen dos números de calle, con entradas independientes, etc.) pero no estan segregadas registralmente y, además, no existe comunidad de vecinos, así que no hay ninguna escritura que diga quién es el propietario de los elementos comunes. A falta de ello entiendo que son responsables del estado de la terraza todos los propietarios de las dos fincas ¿También lo veis así?. Eso incluye también al afectado.

3. ¿Como puedo demostrar bien el tema de la titularidad de la terraza?
04/04/2012 12:38
Hola compañer@,

Tienes un tema muy complejo, a ver si lo puedes explicar un poco mejor.

Se trata de dos fincas que ahora están separadas físicamente, sin segregar, antes de la separación ¿que figuraba en las anteriores escrituras sobre los elementos comunes, especialmente referente a esa terraza?.

Otro punto dices que no hay comunidad de vecinos, ahora ¿constituyen fincas independientes, unifamiliares o como son?

Un saludo,
04/04/2012 14:03
la titularidad de la terraza no es lo más delicado, que habrá que interpretar a partir de la descripción en escrituras, fundamentalmente si se describe como un único edificio o como un conjunto, porque lo realmente importante no es ya si la terraza es un elemento común, sino si la estructura es un elemento común
respecto a la aluminosis, mi opinión es que has de consultar a otro perito, pero perito (experto) de verdad, porque de lo que no me cabe la menor duda es de que, si es aluminosis, el riesgo de que se caiga es INNEGABLE, porque pasado un tiempo, el hormigón afectado con aluminosis se deshace (se disgrega) en gravas, arena y polvo
por todo lo anterior, si es aluminosis el riesgo es real y no solo probable, por lo que no es suficiente con reparar la zona que aparentemente presenta daños, y habrá que demoler toda la estructura realizada con ese tipo de cemento
04/04/2012 18:48
En cuanto a la titularidad de la terraza, no importa que no haya una comunidad constituida como tal. Si existen elementos comunes, hay una comunidad de propietarios que se rige por el Cc. y la LPH, así que habrán de contribuir todos los vecinos a la conservación de dichos elementos.
10/04/2012 10:07
Gracias por las respuestas, compañeros. Os comento lo que tengo:

1.Sobre la aluminosis: la verdad es que no lo tengo nada claro, jecc. He hablado con otro arquitecto y me dice que es cierto que la humedad es el detonante de la aluminosis pero que la más minima humedad es suficiente para que ello ocurra. Sin embargo en el caso presente tenemos lo siguiente: una terraza mal diseñada (el agua no baja correctamente), inexistencia de aislamiento en la terraza (no hay tela asfaltica ni nada parecido), episodio reciente (un mes antes de que se hundiera el techo) de pérdida de agua de un depósito situado justo encima de la vivienda... ¿Quizá se puede defender que todo esto ha acelerado el proceso y reclamar siquiera una parte?

2. Sobre la finca, he conseguido una nota informativa segun imágenes de toda ella y lo que me dice la descripción es lo siguiente:

- "Un solo edificio sito en la calle X números 14 y 16 compuestos de las siguientes casas: PRIMERA (la del número 14) y SEGUNDA (la del número 16). En esta segunda además de la descripción de los pisos, me dice lo siguiente: "piso entresuelo y vivienda desde donde emana una escalera que conduce al terrado de la casa". ésta es la única referencia que se hace al terrado de la casa.

- Además la escritura in fine dice "implicitamente solicitan la agrupación? y constituyen dicho edificio en régimen de propiedad horizontal".

En resumen, a ver si lo veis como yo:

1. Los titulares del "terrado" deben ser tanto los vecinos del 14 como los del 16, ya que no se concreta en realidad a quien pertenece y, además, según el registro, es todo un solo edificio. ¿Es así?.

2. Entiendo que la demanda debe dirigirse de forma individual a todos los vecinos, no a la comunidad, ¿es así?. Por otro lado, ¿como encaja esto con la postura de mi cliente, teniendo en cuenta que él también es propietario? ¿Quizá engo que demandar a todos y restar de la indemnización la parte proporcional de mi representado?

3. Finalmente, si no existe la posibilidad de reclamar a los vecinos por la inexistencia de responsabilidad, puedo reclamar a mi aseguradora que sólo me cubre en caso de daños producidos por escapes de agua? Ellos dicen que no se hacen responsables porque es un tema de falta de mantenimiento (falso)

Sé que es un tema complicado. Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración.
11/04/2012 14:35
alguna idea mas, compañeros?