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Hurto posesorio o de cosa propia

1 Comentarios
 
Hurto posesorio o de cosa propia
18/09/2021 12:23
Me pregunto lo siguiente:
En el caso del hurto posesorio y este se utilizare con violencia o fuerza en la cosa, que tipo delictivo nos encontramos?. Entiendo que el robo posesorio no esta con templado en la norma y la existencia de elementos propios del robo excluye al hurto....
Si alguien es tan amable de dar su opinión estaría agradecida.
06/01/2022 09:56
Amaya75
Me parece muy interesante tu consulta y no sé conseguiste finalmente una respuesta.

He llegado a tu hilo precisamente buscando de que manera se podría tipificar los siguientes hechos: “un cliente de un taller realiza daños para acceder en dicho taller para sustraer su propio coche y asimismo eludir el pago de la factura que tiene pendiente”
Entiendo que uso arbitrario del propio derecho tampoco seria puesto que a priori no tiene legitimado el derecho a recuperar el coche ya que la empresa tiene el derecho a retener el vehículo hasta su pago con lo cual a la práctica me encuentro igual que en tu consulta.
Un saludo!
Hurto posesorio o de cosa propia | PorticoLegal
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Hurto posesorio o de cosa propia

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Hurto posesorio o de cosa propia
18/09/2021 12:23
Me pregunto lo siguiente:
En el caso del hurto posesorio y este se utilizare con violencia o fuerza en la cosa, que tipo delictivo nos encontramos?. Entiendo que el robo posesorio no esta con templado en la norma y la existencia de elementos propios del robo excluye al hurto....
Si alguien es tan amable de dar su opinión estaría agradecida.
06/01/2022 09:56
Amaya75
Me parece muy interesante tu consulta y no sé conseguiste finalmente una respuesta.

He llegado a tu hilo precisamente buscando de que manera se podría tipificar los siguientes hechos: “un cliente de un taller realiza daños para acceder en dicho taller para sustraer su propio coche y asimismo eludir el pago de la factura que tiene pendiente”
Entiendo que uso arbitrario del propio derecho tampoco seria puesto que a priori no tiene legitimado el derecho a recuperar el coche ya que la empresa tiene el derecho a retener el vehículo hasta su pago con lo cual a la práctica me encuentro igual que en tu consulta.
Un saludo!