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IBI de piso nuevo

2 Comentarios
 
Ibi de piso nuevo
18/12/2003 18:11
Tengo un piso de nueva construcción, que me fué entregado en Octubre de este año.Quisiera saber quién está obligado a pagar el IBI de 2003,¿la constructora o el nuevo propietario?
18/12/2003 19:29
En principio tengo entendido que el primer año se encarga la constructora. Pero para estar seguro de que no te corresponde llama al 010 (pregunta por IBI) y te informaran si el recibo va a tu nombre o al de la constructora.
19/12/2003 15:32
La Gerencia del Catastro inmobiliario, deberá notificar las valoraciones catastrales del piso, tanto del suelo como de la construcción, la fecha de la ponencia de los valores y en definitiva dar audiencia para una posible reclamación sobre la valoración. En esta notificación figurá la entrada en vigor, de estas valoraciones, normalmente a partir del 1 de enero del año siguiente. Si el piso ha sido entregado en Octubre, como tal piso independiente, seguro que no figura en el Catastro, por lo que no pagarás por el piso. Distinto es si el constructor pretende prorratear entre todos los compradores el cargo del IBI. Tener en cuenta que en caso de construcción existe una bonificación muy importante en la cuota del IBI. Y si es de VPO tener en cuenta que se debe solicitar al Ayuntamiento respectivo la bonificación en la cuota del IBI durante 3 años desde la fecha de la terminación de las obras.
En conclusión y si se sigue la regla general; pagaras el IBI a partir de la notificación del Centro de Gestión Catastral. Y siempre que el constructor de de alta la edificación, con entrega de planos, fotos, etc.
saludos
IBI de piso nuevo | PorticoLegal
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Ibi de piso nuevo
18/12/2003 18:11
Tengo un piso de nueva construcción, que me fué entregado en Octubre de este año.Quisiera saber quién está obligado a pagar el IBI de 2003,¿la constructora o el nuevo propietario?
18/12/2003 19:29
En principio tengo entendido que el primer año se encarga la constructora. Pero para estar seguro de que no te corresponde llama al 010 (pregunta por IBI) y te informaran si el recibo va a tu nombre o al de la constructora.
19/12/2003 15:32
La Gerencia del Catastro inmobiliario, deberá notificar las valoraciones catastrales del piso, tanto del suelo como de la construcción, la fecha de la ponencia de los valores y en definitiva dar audiencia para una posible reclamación sobre la valoración. En esta notificación figurá la entrada en vigor, de estas valoraciones, normalmente a partir del 1 de enero del año siguiente. Si el piso ha sido entregado en Octubre, como tal piso independiente, seguro que no figura en el Catastro, por lo que no pagarás por el piso. Distinto es si el constructor pretende prorratear entre todos los compradores el cargo del IBI. Tener en cuenta que en caso de construcción existe una bonificación muy importante en la cuota del IBI. Y si es de VPO tener en cuenta que se debe solicitar al Ayuntamiento respectivo la bonificación en la cuota del IBI durante 3 años desde la fecha de la terminación de las obras.
En conclusión y si se sigue la regla general; pagaras el IBI a partir de la notificación del Centro de Gestión Catastral. Y siempre que el constructor de de alta la edificación, con entrega de planos, fotos, etc.
saludos