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Identificacion y cacheo por un Vigilante

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27/02/2010 23:59
Estimado JJ53: Le agradezco sinceramente su respuesta, que confirma lo que yo pienso en relación al tema y que en absoluto pequé de exagerado al solicitar la presencia de la GC. Desgraciadamente estas situaciones son cada vez más frecuentes. pero un simple apunte. en el aeropuerto de Bilbao no hay VS en los controles de equipajes, solo hay GC. ¿Por qué? La pregunta es ¿por la especial situación de esa zona son más fiables los GC o simplemente es casualidad?. Queda en el aire. En cuanto al tema de la denuncia, nuevamente me invade una sensación de impotencia ante los abusos que se cometen de manera sistemática. La seguridad privada es necesaria y muy útil, eso es indiscutible. Pero ¿hasta que punto tiene sentido que recintos militares estén "protegidos" por empresas privadas?¿cuándo ocurrirá lo mismo con las prisiones?¿por qué ocurre en los juzgados?. Quiero decir con ello, y termino, que mi opinión es que por una mera cuestión de costes, se está haciendo una transmisión de funciones de las FSE a entidades privadas con los problemas que al final, padecemos los ciudadanos. Gracias por todo y un saludo afectuoso.
28/02/2010 12:16
Estimado amigo: Tiene razón en todo su post. Por cierto escribo habitualmente en una página de VS y se sorprendería saber que los más expertos de ellos están en desacuerdo con el tema de registros. Saben que sólo pueden hacerlo en caso de delito (como indica su legislación), pero AENA se ha inventado un procedimiento, el Procedimiento de Inspección Aleatoria y Continua (PIAC) que estuvo normativizado por el Reglamento comunitario 2320/2002, pero ya es inexistente porque el Reglamento CEE 300/2008 lo derogó y ya no existe una legislación que prevea eso. Un VS me ha indicado otro procedimiento que tal vez tenga más fuerza que el penal, ya que el juez, ante su denuncia y no siendo un asunto especialmente grave, tiende a quitarse el tema de encima. La alternativa sería que fuera Ud. a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía más cercana. Allí preguntara por la Unidad de Seguridad Privada. Explica su caso (incluso llevando un escrito y si fuera posible testigos), y les dice que ello fue en aplicación del PIAC, que ya no existe en Europa (aporte los Reglamentos citados) y tampoco en España (invite a buscar esa norma para VS), así como que carecen de atribuciones por su normativa, Ley 23/1992 y Reglamento 2364/1994. Indique que sabe que tales situaciones se producen por pura imposición de AENA, empresa privada sin facultad normativa. Que se producen situaciones altamente vejatorias sin sentido alguno e incluso que en los aeropuertos se ha establecido que los propios detectores de metales (WTMD) "seleccionen" a los viajeros sujetos al PIAC, incluso sin detectar nada o siendo menores (que gozan de especial protección penal). Exprese que debería en todo caso ser la GC quien hiciera ello, y basándose en la "experiencia criminológica del agente" (existen sentencias del TS que lo exigen en interdicción de la arbitrariedad) Señale que ya un escrito de la SGT del Mº del Interior a consulta de un Sindicato expresó que los VS no pueden efectuar registros personales ni de equipajes, por carecer de atribuciones para ello. Que estos abusos se están produciendo sin que las autoridades, que deben conocer los hechos, hagan nada para controlar el desafuero. Ponga lo que le ocurrió a Ud. con especial mención a las amenazas recibidas y especialmente señale su repulsa a lo ocurrido con la señora de la etnia que fuera. Tal vez la vía administrativa sea más potente. Resulta que la Seguridad Privada depende del CNP y no de la GC, por lo que la segunda sólo puede denunciar o evitar delitos, pero no sancionar, cosa que sí puede hacer la primera. Pero como la LO 2/1986 atribuye a la GC la custodia de aeropuertos, resulta que el CNP no está en los controles, por lo que no son testigos directos de los abusos, salvo denuncia. Finalmente estoy de acuerdo en que se están privatizando numerosos servicios públicos, cosa que no sólo ocurre en Seguridad. Por otro lado dadas las exorbitantes medidas que plantea Europa (y que impone USA, todo hay que decirlo), sería materialmente imposible cubrir todos los servicios en un país con 48 aeropuertos sólo recurriendo a la GC. Por eso un Convenio de 1999 entre AENA y el Mº del Interior permitió a la primera constituir un Departamento de Seguridad y obtener su acreditación como Empresa de Seguridad. Ello motivó la entrada de VS en los aeropuertos como auxiliares (no son otra cosa) de las FOP, pero expresamente les indicó que su actuación no podía dar lugar a la invasión de las esferas personales y patrimoniales de los viajeros (o sea que ni toqueteos ni mirar equipajes), salvo el manejo de las máquinas. Y no deja de ser cierto que sí cualquiera permite en uso a su libertad que el VS le registre o abra su equipaje de mano, entoces al permitirlo lo convierte en legal. De negarse no puede hacerlo y debe avisar a la GC. Busque testigos e incluso exiga la identificación del GC que le advirtió del abuso. Saludos cordiales y a su disposición.
12/03/2010 22:22
JJ53 muy amable con todas sus respuestas, tengo una duda; qué hacer cuando al pasar por un máquina, ésta pita, y el VS me dice que tengo que quitarme los zapatos, o le dice a mi mujer que se tiene que quitar las botas. O incluso dice que tengo que volver a entrar, ¿Tengo que decirle que me niego y que llame al GC?, ¿lo mismo si me quiere pasar la máquina detectora de metales por el cuerpo?. ¿Puedo exigir que el "cacheo" se produzca en privdao? ¿puede obligarme a quitarme el cinturón?
13/03/2010 10:02
Estimado Julio70: 1º) Siguiendo una instrucción de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, precisamente a preguntas de VS de aeropuertos, estos no pueden ni registrar bolsos ni personas, salvo que el pasajero lo autorice. Como sí pueden utilizar las máquinas, el HHMD o detector manual de metales sí lo pueden emplear. 2º) El tema de botas y zapatos es una copia de las medidas USA tras un intento de un tal Reid después del 11-S. Pero la legislación actual en Europa, vía CEE es el Reglamento CEE 300/2008 de 11 de marzo, complementado por el 272/2009 de 2 de abril. En ninguno de ellos se menciona la palabra "zapato", "calzado" o sus sinónimos. Por tanto no existe norma "ad hoc" sobre lo que hay que hacer. Pero AENA, que tiene la misma capacidad normativa que una Comunidad de Vecinos, ha decidido por su cuenta que el pasajero se descalce incluso si no hubiera alarma alguna (detección de metal o sospecha), cosa que tampoco ocurre en todos los casos. De la misma forma aplica un PIAC, Procedimiento de Inspección Aleatoria y Continua, también inexistente en las actuales normas CEE, que hace que los WTMD o arcos detectores de metales suenen cada diez personas, incluso aunque no hayan detectado nada, para justificar el registro de personas. 3º) En todos los casos puede Ud negarse a ser controlado por VS y solicitar que lo haga la GC. Curiosamente el VS le hará el registro, de Ud autorizarlo, a la vista de todos, pero el GC le conducirá a lugar habilitado. Ello se justifica, según dicen, porque el registro del GC puede ser más "profundo". Es mentira. Lo que se pretende es coaccionar al pasajero para que sea obediente. 4º) El cinturón se quita para evitar que la hebilla, usualmente metálica, produzca un falso positivo, que suene el WTMD aunque realmente no haya amenaza. Un falso positivo lo pueden dar unas monedas o unas llaves, o cualquier objeto metálico inocuo a estos efectos que se le ocurra. El problema es sí el cinturón no lleva elementos metálicos. Podrá Ud aducirlo, pero no olvide una cosa: hoy en día por los miedos existentes más los miedos creados, el periodista Martín Ferrand decía que eran los espacios públicos más hostiles, y son una excepción al Estado de Derecho. ¿Hasta cuando va a durar esto? O hasta que la seguridad evolucione hacia otra más inteligente (por ejemplo saber quién es el pasajero lo que permite deducir su grado de peligrosidad es más importante que quitarle un cortauñas), o hasta que el inmenso gasto en seguridad sea tan desproporcionado que los Estados comprueben que son inasumibles, o que las compañías aéreas sufran un gran desplome comercial (lo que ya ocurre). En un ideal, que no existan terroristas. Por último señalarle que la seguridad aeroportuaria no es efectiva, entendida esa palabra por su definición: "Real y verdadero, no nominal ni dudoso". Hasta le fecha no se conoce un sólo caso de terrorista detenido en un control aeroportuario con objetos de agresión para secuestrar o destruir un avión (terrorista juzgado y sentenciado). Y las auditorías de seguridad han revelado que el sistema falla cuando se somete a pruebas. Hace escasamente 4 días el Diario de Mallorca publicó que el periodista holandes Alberto Stegeman había volado con una botella de un litro, con un líquido inocuo pero podría haber sido otra cosa, del aeropuerto de Schipol (el del último intento fallido, un tal Abdulmutallab) a Londres y luego a Washintong. El sistema que empleó fue tan sencillo que causa verguenza ajena que no fuera detectado. A su disposición.
13/03/2010 17:41
jj53 muchas gracias y muy amable por sus respuestas, me he leído todos los mensajes de la cuestión. Yo no soy nada paranoico respecto a los aviones, más aún, le comento a todo el mundo que en la historia de la aviación civil, jamás ha habido un atentado suicida en un avión, lo del 11s siendo la gran excepción. Pero porque su obejtivo no eran los aviones, sino usar éstos como bombas. La seguridad excesiva en los controles de avión es totalmente absurda, he visto delante mía como le hacen quitar las botas a mujeres; o un cortauñas a una viejecita; o quitarse el cinturón a un anciano. TODO PARANOIAS, si los terroristas quisieran matar gente, es mucho más fácil hacerlo en un autobús, en un concierto de música al aire libre, en los colegios, etc etc etc; existen miles de sitios donde se pueda hacer mucho daño y matar a mucha gente SIN NECESIDAD de tener que morir en el intento. Por tanto, es todo absurdo. REPITO, en la historia de la aviación civil, nunca ha habido un atentado suicida; lo del 11s fue para usar los aviones como armas, no fue puramente suicida, porque el objetivo no eran los aviones; lo de Lockerbie no fue suicida, con la nueva legislación desde lockerbie es imposible que tus maletas salgan si no estás dentro; luego tendría que ser a la fuerza un atentado suicida. Y no me lo creo, porque no ha ocurrido nunca, y porque repito, no tiene sentido ninguno, cuando no es tan difícil cargarse a un montón de gente si es eso lo único que quieres. Yo creo que todo este tinglado viene forzado desde los estados unidos para mantener toda la maquinaria de seguridad. Pero ya se están pasando. Yo no voy a consentir más que un VS ni me toque, ni me diga nada; todo al GC, si todos ejercemos nuestros derechos no tendrían más remedio que desparanoiarse...
Gracias de nuevo. Un saludo
13/03/2010 17:44
ahh obviamente habrá episodios aislados de chiflados que no pasan de la anécdota. Para qué hacer daño en un avión con 70 pasajeros, algunos de ellos casi vacíos, cuando puedo causar mucho mas daño y pánico en muchos sitios sin seguridad ninguna, sin controles, y donde puedo campar a mis anchas???. Los atentados del 11m son la prueba, es imposible hacer nada contra atentados en masa de esas características, porque se hacen en espacios abiertos, se pueden hacer en lineas de autobús, en puentes, en colegios, institutos, hospitales; en fin, no tiene sentido....
13/03/2010 20:35
Estimado Julio70: Posiblemente el mejor estadístico en materia de aviación es el profesor del MIT Arnold Barnett. Definió lo que llamó la Posibilidad "Q", que es el riesgo de fallecer de un pasajero volando, sin contar causas médicas del mismo (infarto, etc.) Antes se utilizaban otros medidores, accidentes mortales por cada 100.000 horas de vuelo o el de pérdidas irreparables cada 100.000 vuelos (que usa la Boeing). La primera de las anteriores tiene el inconveniente que cuenta lo mismo un accidente en que sólo muera un pasajero que otro en el que fallezcan todos, y la segunda se refiere más bien a daños estructurales en el avión, por lo que cuenta con sucesos sin ningún fallecimiento como "accidente" (por ejemplo una turbulencia). La posibilidad “Q” del profesor Barnett asigna la probabilidad de morir de forma individual, esto es da igual que fallezca uno solo, la mitad o todos los pasajeros. Pues bien el calculó la posibilidad en el 2000 era de un fallecimiento cada 13.000.000 de vuelos, lo que dividiendo por 365 días, arrojaría que un señor, tomando un vuelo diario, tardaría ¡36.000 años! en cumplir la estadística. No olvidemos que es Probabilística, esto es, sí estás en el vuelo equivocado, tu posibilidad será del 100% o del 0% en el otro caso. La probabilidad de acertar el Gordo de la Primitiva es mayor que aquella, y no sé Ud. pero yo no tengo suerte. Por tanto el miedo a volar está injustificado: el profesor Barnett incluye cualquier posibilidad de morir por accidente de aviación (no incluye el fallecimiento natural, un infarto, como es lógico), ya sea error del piloto, problema mecánico o interferencia ilícita (secuestro o explosión). Cuando comento esto, siempre pongo el mismo ejemplo, para ponerlo en perspectiva: el genial pintor de Altamira, periodo magdaleniense unos 15.000 años a.C., sí al día siguiente de pintar el bisonte hubiera podido tomar un vuelo, aún le faltarían unos 9.000 años (15.000 + 2.000 d.C. + 9.000 = 36.000).

Dicho lo anterior estoy de acuerdo con Ud. en que es imposible cubrir todos los riesgos, y en este sentido se funciona a base de ocurrencias. Podemos comentar la prohibición de líquidos embotellados de más de 100 c.c. La norma dice que pueden llevarse líquidos en envases no superiores a ese volumen, pero hasta un kilo por persona en una bolsa, luego ya llevamos 10 botellitas. Pero sí me uno a otro pasajero con aviesas intenciones, ya llevamos entre los dos un total de dos kilos, y podemos seguir sumando. Y está prohibición de líquidos nace con la excusa del intento de Richard Reid después del 11-S, en el mismo año 2001. Pero no se comenta que lo que llevaba Reid en sus famosos zapatos era un sólido (que por cierto fue evolucionando el explosivo, en primer lugar se dijo era C4, y cuando alguien comentó que Reid intentaba hacerlo explosionar con un mechero y era imposible porque el C4 arde con el fuego, pero no explota, inmediatamente se pasó al peróxido de acetona o TATP, un explosivo altamente inestable, tanto que era inexplicable no se volara los pies en el taxi camino del aeropuerto. Ahora tras lo de Abdulmutallab se dice que era pentrita). Al parecer Abdul llevaba unos 60 gr. de pentrita, cantidad que hace casi imposible derribar un avión. Después se habla de posibilidades como que el terrorista se haga una operación quirúrgica y lo lleve dentro del cuerpo o en los orificios naturales. Esto es se admite cualquier especulación u ocurrencia que justifique gasto, gasto y gasto. Y por supuesto meter miedo, ese proceso llamado “teatro de la seguridad” que ya existe hasta en la Wikipedia. En cuanto al terrorista o grupo de ellos al modo antiguo, ocupando el avión y coaccionando pasajeros, se ha producido una rara unanimidad en intelectuales de derecha o izquierda: es impensable tras el 11-S que los pasajeros, como se hacía en los 70 y 80, se queden pasivos. Por último estimado Julio70, hay factores que parece se quieren obviar, como si no existieran: se llaman VENALIDAD y ERROR HUMANO. Parece querer obviarse que bajo precio un miembro de la propia seguridad pueda ayudar a un terrorista y el error humano está siempre presente. Telecinco presentó un programa producido por VEO TV llamado “Una seguridad insegura” donde mostraba como una reportera pasaba una pistola (y eso que la registraron) y otro lo mismo en una bolsa. Todo grabado con cámara oculta en el aeropuerto de Barajas. Disculpe la extensión.
13/03/2010 20:39
Error en el cálculo detectado cuando lo envié: son 15.000 2.000 19.000. Le he restado 10.000 años a vuelo diario al pintor de Altamira. Espero que me perdone.
14/03/2010 05:43
jj53 gracias de nuevo por sus comentarios. Y no sólo es eso de que es impensable otro 11-s, sino que desde el 11-s las directivas han cambiado totalmente, aún suponiendo la pasividad de los pasajeros (que es algo que no se puede controlar), los pilotos y las cabinas ya son infranqueables; ningún piloto va a permitir que entre nadie en la cabina; y ademas éstas están reforzadas. Por eso me hace gracia lo de prohibido llevar cortauñas o cosas similares; es que da igual; jamás podrás acceder al piloto. Pero las paranoias de la gente son difícil de controlar; le voy a contar una anécota; yo soy de Tenerife, aquí en la época del 11-s estaban construyendo lo que se llama, las torres de santa cruz, que son los edificios residenciales más altos de España. http://es.wikipedia.org/wiki/Torres_de_Santa_Cruz
Pues bien, un amigo que había comprado el piso bajo plano, me comentó que desde la oficina de la promotora, con la que hablaba de vez en cuando, le habían dicho que mucha gente llamó después del 11-s preguntando por qué pasaría si chocaran unos aviones. Y que incluso gente se echó para atrás de comprar el piso por culpa de los atentados del 11-s; es decir, no querían saber nada de comprar un piso en una planta tan alta.....así son las cosas; las paranoias se extienden y poco se puede hacer al respecto...
14/03/2010 10:47
Estimado Julio70: No sólo las paranoias se extienden, es que además se crean. Como Ud. agudamente ha indicado, en el 11-S lo que se intentó y se consiguió a medias (no lograron atacar el Capitolio por la lucha de los pasajeros y en el Péntagono los daños fueron menores), es emplear los aviones como armas. En efecto algo tan sencillo como blindar las cabinas (incluso podría ser aun más eficaz proveerlas de servicio y alimentos y cerrarlas en tierra, con imposibilidad de abrirlas en vuelo, ya que haría imposible incluso que la tripulación ante alguna coacción la abriera) impide el secuestro, ya que el malvado ya no puede controlar el aparato. Y una vez en tierra, es un objeto más accesible. Sí pervive el actual sistema de seguridad aeroportuaria no es por ser efectivo, demasiadas auditorias y errores demuestra que no lo es, sino porque es carísimo, y algo costoso significa puestos de trabajo y beneficios. Es como comprarse en Ferrari: no tiene sentido un vehículo que no cuenta el consumo por litros, si no por bidones, y cuya velocidad máxima no es aprovechable salvo cometiendo faltas e incluso delitos con los límites de velocidad existentes. Pero lo caro, lo estrafalario, lo diferenciador, atrae. Como Ud mismo dice, no se han puesto medidas tan extremas en el Metro, autobuses, etc, o cines, centros comerciales u hospitales. Es que un Metro donde el pasajero tuviera que estar una hora antes sería inviable, como proteger todas las paradas de autobus. La verdadera seguridad es como la desratización; mejor eliminarlas en sus cubiles que cuando han llegado a la despensa. Está en la Historia: cuando el Imperio romano fue incapaz o se negó a defenderse en el "limes", en el 476 Odoacro logró ocupar Roma.
18/03/2010 16:09
Autor: megabokis fecha: 17/03/2010
tema: utilizacion de medios coercitivos en las carceles
estimados amigos foreros por favor si alguien pudiese darme informacion clara y concisa desde el punto de vista legal se lo agradeceria enormemente,,,, asunto::: soy funcionario de prisiones y me gustaria saber si puedo repeler una agresion fisica de un interno hacia a mi utilizando yo y portando yo un spray de defensa personal lacrimogeno particular homologado por sanidad y de venta en armerias para civiles y su autodefensa,,un saludo para todos y enormemente agradecido por la informacion que me deis,,estoy perdido y prefiero ser lesionado por un interno que utilizar un spray lacrimogeno si por ello voy a perder mi trabajo o ser sancionado,,atentamente megabobis,,,
18/03/2010 16:42
puede darme su opinion señor jj53???? gracias de antemano,,ya el forero paleg me dio su informacion y agradeceria su opinion señor jj53,,,un abrazo cordial a todos desde canarias,,,,,,,,
18/03/2010 18:09
Estimado Megabokis: No tiene nada que ver, pero eso mismo lo plantearon los VS, y la respuesta fue que no era un medio reglamentario, pero, siempre hay un pero, podía solicitarse y de ser aprobado sería válido. No conozco en profundidad la normativa aplicable a funcionarios de prisiones, y no me atrevo a opinar sí ello sería legal. Hay que distinguir a Ud como persona particular (que tiene derecho a portar esos sprays) de Ud como funcionario de prisiones, donde creo que no está reglamentado. Tal vez una consulta a servicios jurídicos de algún sindicato, que para eso están, le aclare mejor el tema e incluso puede consultar a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en la página web del Ministerio, y allí le pueden dar una solución jurídica razonada. Saludos cordiales.
18/03/2010 19:08
muchisimas gracias señor jj53,,,le hacia esta consulta nada relacionada con este foro,,,pero ya he visto sus conocimientos legales y por eso me atrevia a consultarle a usted ya que desgraciadamente lo he consultado en mi ambito de la prision pero hasta ahora no he visto nada claro con respecto a medios de autodefensa propiamente dichos para los funcionarios,,he decirle que ha coincidido plenamente con el señor forero de este foro llamado palag que tb me ha brindado desinteresadamente su informacion y me dice que para portarlo y usarlo ha de ser provisto por la administracion penitenciaria como dotacion,,pero he de informarle que los medios coercitivos legales para ser usados por los funcionarios entre ellos esta el spray de cloro pero esta custodiado en la jefatura de servicios y si alguien decide usarlo contra un preso que esta agrediendo a un funcionario o trecera persona seria el sr jefe de servicios quien autoriza su uso si es necesario dando conocimiento inmediato al sr director y al señor juez de vigilancia penitenciaria,,,pero desafortunadamente los funcionarios nos vemos cuando se desata un ataque ,,agresion fisica desprovistos de cualquier medio defensivo para nuestra propia integridad solo esperando que ante un ataque por parte de un interno pues con nuestra propia fuerza fisica a manos vacias podamos controlarlo en espera de refuerzos de compañeros que van en ayuda provistos estos de los medios coercitivos reglamentarios si son necesarios,,pero ante una inmidente agresion de un interno a un funcionario o a otro interno etc,,estamos desnudos solo con nuestras manos,,por eso preguntaba si podia utilizar yo un spray de defensa personal comprado por mi particularmente en caso de legitima defensa para defenderme yo o a otra persona de la agresion de un interno,,,un abrazo estimado forero por su aportacion y ayuda desinteresada,,,un saludo cordial para todos,,desde canarias,,muy agradecido por todo,,,,,,
18/03/2010 20:16
Una Orden de 3 de octubre de 1994 regula el tema de sprays de defensa, y específicamente habla en su estipulación octava de "funcionarios especialmente habilitados". De su mismo post parece demostrarse que se considera un medio excepcional. Tal vez excesos antiguos, donde la "autoridad" se imponía de una forma a veces arbitraria hace que ahora mismo ese concepto de retribución de las normas penales parezca caduco. Estamos los ciudadanos normales indefensos frente a los malvados en muchos casos, y el delincuente conoce que puede hacer muchas cosas sin que le pase nada. Gente detenida una y otra vez sin que pase nada desmoraliza al común ciudadano. Se amenaza a los agentes porque la sanción es tan débil que merece la pena. El spray a mi me parece mejor (cuidando su composición) que las defensas de goma, porque en la trifulca se descarga química que hace que los golpes duelan menos. Pero las leyes se hacen habitualmente por gente tan alejada de la realidad que pasa lo que pasa. Saludos cordiales.
18/03/2010 23:28
jolines sr jj53,,,que gusto da leerle,,su claridad y franqueza,,por favor,,, no se vaya de este foro jamas,,por favor,,cuanto puede usted ayudar a los demas muchisimas gracias,,cuan verdad ha dicho usted ahora mismo,,un abrazo muy cordial,,hasta pronto
20/07/2010 11:01
JJ53 me gustaría ponerme en contacto contigo, para que aclaraces este mismo tema en otro foro, en el que los VS se creen practicamente portadores de las mismas funciones y competencias que las FFCCS

http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=7&t=30532&hilit=vigilantes de seguridad pueden cachear y detener

http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=7&t=67107&p=1034666&hilit=vigilante de seguridad#p1034666

Espero que con la cantidad de soportes legales que posees logres aclararlo, un saludo.
20/07/2010 11:56
Estimado Kingstronger: Veré de entrar en esos foros. ¿Los VS pueden cachear y detener? En principio la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite la detención a cualquier ciudadano, en caso de delito flagrante, en caso de sospechas fundadas de que vaya a producirse un delito y al huído y fugado. En el ciudadano ese derecho no es obligación si existe riesgo; pero el VS y el policía no pueden inhibirse por ello. El cacheo es un acto judicial, ya que se buscan esencialmente las pruebas de un delito o posible delito. El policía tiene esa facultad mediando la "experiencia criminológica" o en la general facultad de ofrecer seguridad a la gente. En el ciudadano o el VS es una facultad como medio de autodefensa (evitar que un detenido por ellos oculte una navaja, destornillador o cualquier objeto de ofensa aunque fuera legal pero que le pueda perjudicar). Los VS lo saben, al menos los que se preocupan de conocer su oficio. Pero la tendencia al abuso es humana. Saludos cordiales.
20/07/2010 13:01
Gracias por tu aclaración ¿Pueden llevarte a una zona privada para realizar el cacheo?
Un saludo.
20/07/2010 17:45
Un VS, no. Es que su normativa no prevé el cacheo o registro personal. Y en materia de Derecho Penal y de Derechos Fundamentales, lo que no está permitido por norma adecuada, es que está prohibido (vinculación positiva o principio de legalidad). Un policía o GC debería llevar a zona privada al "sufridor", porque como también dice la LEC, incluso la detención debe hacerse de la manera menos perjudicial. Incluso asociaciones de consumidores denuncian alguna práctica de llevar a un cuarto al que presuntamente ha sustraído algo, por abusiva y no contemplada en la Ley de Seguridad Privada. Y resulta muy llamativo: resulta que en un aeropuerto sí el pasajero accede (el VS debe pedir permiso) resulta que es registrado por el VS a la vista del público, pero si solicita que sea la GC (a lo que tiene todo el derecho), se le lleva a un lugar aparte. El argumento que el GC puede hacerlo de manera más "profunda" me parece irrisorio: o se es verdadero sospechoso de ser un delincuente-terrorista o no se es. Sí ocurre el primer caso, resulta lógico cualquier precaución. Pero en el 99,99999% de los casos es lo segundo. En este caso, sobra todo.
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27/02/2010 23:59
Estimado JJ53: Le agradezco sinceramente su respuesta, que confirma lo que yo pienso en relación al tema y que en absoluto pequé de exagerado al solicitar la presencia de la GC. Desgraciadamente estas situaciones son cada vez más frecuentes. pero un simple apunte. en el aeropuerto de Bilbao no hay VS en los controles de equipajes, solo hay GC. ¿Por qué? La pregunta es ¿por la especial situación de esa zona son más fiables los GC o simplemente es casualidad?. Queda en el aire. En cuanto al tema de la denuncia, nuevamente me invade una sensación de impotencia ante los abusos que se cometen de manera sistemática. La seguridad privada es necesaria y muy útil, eso es indiscutible. Pero ¿hasta que punto tiene sentido que recintos militares estén "protegidos" por empresas privadas?¿cuándo ocurrirá lo mismo con las prisiones?¿por qué ocurre en los juzgados?. Quiero decir con ello, y termino, que mi opinión es que por una mera cuestión de costes, se está haciendo una transmisión de funciones de las FSE a entidades privadas con los problemas que al final, padecemos los ciudadanos. Gracias por todo y un saludo afectuoso.
28/02/2010 12:16
Estimado amigo: Tiene razón en todo su post. Por cierto escribo habitualmente en una página de VS y se sorprendería saber que los más expertos de ellos están en desacuerdo con el tema de registros. Saben que sólo pueden hacerlo en caso de delito (como indica su legislación), pero AENA se ha inventado un procedimiento, el Procedimiento de Inspección Aleatoria y Continua (PIAC) que estuvo normativizado por el Reglamento comunitario 2320/2002, pero ya es inexistente porque el Reglamento CEE 300/2008 lo derogó y ya no existe una legislación que prevea eso. Un VS me ha indicado otro procedimiento que tal vez tenga más fuerza que el penal, ya que el juez, ante su denuncia y no siendo un asunto especialmente grave, tiende a quitarse el tema de encima. La alternativa sería que fuera Ud. a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía más cercana. Allí preguntara por la Unidad de Seguridad Privada. Explica su caso (incluso llevando un escrito y si fuera posible testigos), y les dice que ello fue en aplicación del PIAC, que ya no existe en Europa (aporte los Reglamentos citados) y tampoco en España (invite a buscar esa norma para VS), así como que carecen de atribuciones por su normativa, Ley 23/1992 y Reglamento 2364/1994. Indique que sabe que tales situaciones se producen por pura imposición de AENA, empresa privada sin facultad normativa. Que se producen situaciones altamente vejatorias sin sentido alguno e incluso que en los aeropuertos se ha establecido que los propios detectores de metales (WTMD) "seleccionen" a los viajeros sujetos al PIAC, incluso sin detectar nada o siendo menores (que gozan de especial protección penal). Exprese que debería en todo caso ser la GC quien hiciera ello, y basándose en la "experiencia criminológica del agente" (existen sentencias del TS que lo exigen en interdicción de la arbitrariedad) Señale que ya un escrito de la SGT del Mº del Interior a consulta de un Sindicato expresó que los VS no pueden efectuar registros personales ni de equipajes, por carecer de atribuciones para ello. Que estos abusos se están produciendo sin que las autoridades, que deben conocer los hechos, hagan nada para controlar el desafuero. Ponga lo que le ocurrió a Ud. con especial mención a las amenazas recibidas y especialmente señale su repulsa a lo ocurrido con la señora de la etnia que fuera. Tal vez la vía administrativa sea más potente. Resulta que la Seguridad Privada depende del CNP y no de la GC, por lo que la segunda sólo puede denunciar o evitar delitos, pero no sancionar, cosa que sí puede hacer la primera. Pero como la LO 2/1986 atribuye a la GC la custodia de aeropuertos, resulta que el CNP no está en los controles, por lo que no son testigos directos de los abusos, salvo denuncia. Finalmente estoy de acuerdo en que se están privatizando numerosos servicios públicos, cosa que no sólo ocurre en Seguridad. Por otro lado dadas las exorbitantes medidas que plantea Europa (y que impone USA, todo hay que decirlo), sería materialmente imposible cubrir todos los servicios en un país con 48 aeropuertos sólo recurriendo a la GC. Por eso un Convenio de 1999 entre AENA y el Mº del Interior permitió a la primera constituir un Departamento de Seguridad y obtener su acreditación como Empresa de Seguridad. Ello motivó la entrada de VS en los aeropuertos como auxiliares (no son otra cosa) de las FOP, pero expresamente les indicó que su actuación no podía dar lugar a la invasión de las esferas personales y patrimoniales de los viajeros (o sea que ni toqueteos ni mirar equipajes), salvo el manejo de las máquinas. Y no deja de ser cierto que sí cualquiera permite en uso a su libertad que el VS le registre o abra su equipaje de mano, entoces al permitirlo lo convierte en legal. De negarse no puede hacerlo y debe avisar a la GC. Busque testigos e incluso exiga la identificación del GC que le advirtió del abuso. Saludos cordiales y a su disposición.
12/03/2010 22:22
JJ53 muy amable con todas sus respuestas, tengo una duda; qué hacer cuando al pasar por un máquina, ésta pita, y el VS me dice que tengo que quitarme los zapatos, o le dice a mi mujer que se tiene que quitar las botas. O incluso dice que tengo que volver a entrar, ¿Tengo que decirle que me niego y que llame al GC?, ¿lo mismo si me quiere pasar la máquina detectora de metales por el cuerpo?. ¿Puedo exigir que el "cacheo" se produzca en privdao? ¿puede obligarme a quitarme el cinturón?
13/03/2010 10:02
Estimado Julio70: 1º) Siguiendo una instrucción de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, precisamente a preguntas de VS de aeropuertos, estos no pueden ni registrar bolsos ni personas, salvo que el pasajero lo autorice. Como sí pueden utilizar las máquinas, el HHMD o detector manual de metales sí lo pueden emplear. 2º) El tema de botas y zapatos es una copia de las medidas USA tras un intento de un tal Reid después del 11-S. Pero la legislación actual en Europa, vía CEE es el Reglamento CEE 300/2008 de 11 de marzo, complementado por el 272/2009 de 2 de abril. En ninguno de ellos se menciona la palabra "zapato", "calzado" o sus sinónimos. Por tanto no existe norma "ad hoc" sobre lo que hay que hacer. Pero AENA, que tiene la misma capacidad normativa que una Comunidad de Vecinos, ha decidido por su cuenta que el pasajero se descalce incluso si no hubiera alarma alguna (detección de metal o sospecha), cosa que tampoco ocurre en todos los casos. De la misma forma aplica un PIAC, Procedimiento de Inspección Aleatoria y Continua, también inexistente en las actuales normas CEE, que hace que los WTMD o arcos detectores de metales suenen cada diez personas, incluso aunque no hayan detectado nada, para justificar el registro de personas. 3º) En todos los casos puede Ud negarse a ser controlado por VS y solicitar que lo haga la GC. Curiosamente el VS le hará el registro, de Ud autorizarlo, a la vista de todos, pero el GC le conducirá a lugar habilitado. Ello se justifica, según dicen, porque el registro del GC puede ser más "profundo". Es mentira. Lo que se pretende es coaccionar al pasajero para que sea obediente. 4º) El cinturón se quita para evitar que la hebilla, usualmente metálica, produzca un falso positivo, que suene el WTMD aunque realmente no haya amenaza. Un falso positivo lo pueden dar unas monedas o unas llaves, o cualquier objeto metálico inocuo a estos efectos que se le ocurra. El problema es sí el cinturón no lleva elementos metálicos. Podrá Ud aducirlo, pero no olvide una cosa: hoy en día por los miedos existentes más los miedos creados, el periodista Martín Ferrand decía que eran los espacios públicos más hostiles, y son una excepción al Estado de Derecho. ¿Hasta cuando va a durar esto? O hasta que la seguridad evolucione hacia otra más inteligente (por ejemplo saber quién es el pasajero lo que permite deducir su grado de peligrosidad es más importante que quitarle un cortauñas), o hasta que el inmenso gasto en seguridad sea tan desproporcionado que los Estados comprueben que son inasumibles, o que las compañías aéreas sufran un gran desplome comercial (lo que ya ocurre). En un ideal, que no existan terroristas. Por último señalarle que la seguridad aeroportuaria no es efectiva, entendida esa palabra por su definición: "Real y verdadero, no nominal ni dudoso". Hasta le fecha no se conoce un sólo caso de terrorista detenido en un control aeroportuario con objetos de agresión para secuestrar o destruir un avión (terrorista juzgado y sentenciado). Y las auditorías de seguridad han revelado que el sistema falla cuando se somete a pruebas. Hace escasamente 4 días el Diario de Mallorca publicó que el periodista holandes Alberto Stegeman había volado con una botella de un litro, con un líquido inocuo pero podría haber sido otra cosa, del aeropuerto de Schipol (el del último intento fallido, un tal Abdulmutallab) a Londres y luego a Washintong. El sistema que empleó fue tan sencillo que causa verguenza ajena que no fuera detectado. A su disposición.
13/03/2010 17:41
jj53 muchas gracias y muy amable por sus respuestas, me he leído todos los mensajes de la cuestión. Yo no soy nada paranoico respecto a los aviones, más aún, le comento a todo el mundo que en la historia de la aviación civil, jamás ha habido un atentado suicida en un avión, lo del 11s siendo la gran excepción. Pero porque su obejtivo no eran los aviones, sino usar éstos como bombas. La seguridad excesiva en los controles de avión es totalmente absurda, he visto delante mía como le hacen quitar las botas a mujeres; o un cortauñas a una viejecita; o quitarse el cinturón a un anciano. TODO PARANOIAS, si los terroristas quisieran matar gente, es mucho más fácil hacerlo en un autobús, en un concierto de música al aire libre, en los colegios, etc etc etc; existen miles de sitios donde se pueda hacer mucho daño y matar a mucha gente SIN NECESIDAD de tener que morir en el intento. Por tanto, es todo absurdo. REPITO, en la historia de la aviación civil, nunca ha habido un atentado suicida; lo del 11s fue para usar los aviones como armas, no fue puramente suicida, porque el objetivo no eran los aviones; lo de Lockerbie no fue suicida, con la nueva legislación desde lockerbie es imposible que tus maletas salgan si no estás dentro; luego tendría que ser a la fuerza un atentado suicida. Y no me lo creo, porque no ha ocurrido nunca, y porque repito, no tiene sentido ninguno, cuando no es tan difícil cargarse a un montón de gente si es eso lo único que quieres. Yo creo que todo este tinglado viene forzado desde los estados unidos para mantener toda la maquinaria de seguridad. Pero ya se están pasando. Yo no voy a consentir más que un VS ni me toque, ni me diga nada; todo al GC, si todos ejercemos nuestros derechos no tendrían más remedio que desparanoiarse...
Gracias de nuevo. Un saludo
13/03/2010 17:44
ahh obviamente habrá episodios aislados de chiflados que no pasan de la anécdota. Para qué hacer daño en un avión con 70 pasajeros, algunos de ellos casi vacíos, cuando puedo causar mucho mas daño y pánico en muchos sitios sin seguridad ninguna, sin controles, y donde puedo campar a mis anchas???. Los atentados del 11m son la prueba, es imposible hacer nada contra atentados en masa de esas características, porque se hacen en espacios abiertos, se pueden hacer en lineas de autobús, en puentes, en colegios, institutos, hospitales; en fin, no tiene sentido....
13/03/2010 20:35
Estimado Julio70: Posiblemente el mejor estadístico en materia de aviación es el profesor del MIT Arnold Barnett. Definió lo que llamó la Posibilidad "Q", que es el riesgo de fallecer de un pasajero volando, sin contar causas médicas del mismo (infarto, etc.) Antes se utilizaban otros medidores, accidentes mortales por cada 100.000 horas de vuelo o el de pérdidas irreparables cada 100.000 vuelos (que usa la Boeing). La primera de las anteriores tiene el inconveniente que cuenta lo mismo un accidente en que sólo muera un pasajero que otro en el que fallezcan todos, y la segunda se refiere más bien a daños estructurales en el avión, por lo que cuenta con sucesos sin ningún fallecimiento como "accidente" (por ejemplo una turbulencia). La posibilidad “Q” del profesor Barnett asigna la probabilidad de morir de forma individual, esto es da igual que fallezca uno solo, la mitad o todos los pasajeros. Pues bien el calculó la posibilidad en el 2000 era de un fallecimiento cada 13.000.000 de vuelos, lo que dividiendo por 365 días, arrojaría que un señor, tomando un vuelo diario, tardaría ¡36.000 años! en cumplir la estadística. No olvidemos que es Probabilística, esto es, sí estás en el vuelo equivocado, tu posibilidad será del 100% o del 0% en el otro caso. La probabilidad de acertar el Gordo de la Primitiva es mayor que aquella, y no sé Ud. pero yo no tengo suerte. Por tanto el miedo a volar está injustificado: el profesor Barnett incluye cualquier posibilidad de morir por accidente de aviación (no incluye el fallecimiento natural, un infarto, como es lógico), ya sea error del piloto, problema mecánico o interferencia ilícita (secuestro o explosión). Cuando comento esto, siempre pongo el mismo ejemplo, para ponerlo en perspectiva: el genial pintor de Altamira, periodo magdaleniense unos 15.000 años a.C., sí al día siguiente de pintar el bisonte hubiera podido tomar un vuelo, aún le faltarían unos 9.000 años (15.000 + 2.000 d.C. + 9.000 = 36.000).

Dicho lo anterior estoy de acuerdo con Ud. en que es imposible cubrir todos los riesgos, y en este sentido se funciona a base de ocurrencias. Podemos comentar la prohibición de líquidos embotellados de más de 100 c.c. La norma dice que pueden llevarse líquidos en envases no superiores a ese volumen, pero hasta un kilo por persona en una bolsa, luego ya llevamos 10 botellitas. Pero sí me uno a otro pasajero con aviesas intenciones, ya llevamos entre los dos un total de dos kilos, y podemos seguir sumando. Y está prohibición de líquidos nace con la excusa del intento de Richard Reid después del 11-S, en el mismo año 2001. Pero no se comenta que lo que llevaba Reid en sus famosos zapatos era un sólido (que por cierto fue evolucionando el explosivo, en primer lugar se dijo era C4, y cuando alguien comentó que Reid intentaba hacerlo explosionar con un mechero y era imposible porque el C4 arde con el fuego, pero no explota, inmediatamente se pasó al peróxido de acetona o TATP, un explosivo altamente inestable, tanto que era inexplicable no se volara los pies en el taxi camino del aeropuerto. Ahora tras lo de Abdulmutallab se dice que era pentrita). Al parecer Abdul llevaba unos 60 gr. de pentrita, cantidad que hace casi imposible derribar un avión. Después se habla de posibilidades como que el terrorista se haga una operación quirúrgica y lo lleve dentro del cuerpo o en los orificios naturales. Esto es se admite cualquier especulación u ocurrencia que justifique gasto, gasto y gasto. Y por supuesto meter miedo, ese proceso llamado “teatro de la seguridad” que ya existe hasta en la Wikipedia. En cuanto al terrorista o grupo de ellos al modo antiguo, ocupando el avión y coaccionando pasajeros, se ha producido una rara unanimidad en intelectuales de derecha o izquierda: es impensable tras el 11-S que los pasajeros, como se hacía en los 70 y 80, se queden pasivos. Por último estimado Julio70, hay factores que parece se quieren obviar, como si no existieran: se llaman VENALIDAD y ERROR HUMANO. Parece querer obviarse que bajo precio un miembro de la propia seguridad pueda ayudar a un terrorista y el error humano está siempre presente. Telecinco presentó un programa producido por VEO TV llamado “Una seguridad insegura” donde mostraba como una reportera pasaba una pistola (y eso que la registraron) y otro lo mismo en una bolsa. Todo grabado con cámara oculta en el aeropuerto de Barajas. Disculpe la extensión.
13/03/2010 20:39
Error en el cálculo detectado cuando lo envié: son 15.000 2.000 19.000. Le he restado 10.000 años a vuelo diario al pintor de Altamira. Espero que me perdone.
14/03/2010 05:43
jj53 gracias de nuevo por sus comentarios. Y no sólo es eso de que es impensable otro 11-s, sino que desde el 11-s las directivas han cambiado totalmente, aún suponiendo la pasividad de los pasajeros (que es algo que no se puede controlar), los pilotos y las cabinas ya son infranqueables; ningún piloto va a permitir que entre nadie en la cabina; y ademas éstas están reforzadas. Por eso me hace gracia lo de prohibido llevar cortauñas o cosas similares; es que da igual; jamás podrás acceder al piloto. Pero las paranoias de la gente son difícil de controlar; le voy a contar una anécota; yo soy de Tenerife, aquí en la época del 11-s estaban construyendo lo que se llama, las torres de santa cruz, que son los edificios residenciales más altos de España. http://es.wikipedia.org/wiki/Torres_de_Santa_Cruz
Pues bien, un amigo que había comprado el piso bajo plano, me comentó que desde la oficina de la promotora, con la que hablaba de vez en cuando, le habían dicho que mucha gente llamó después del 11-s preguntando por qué pasaría si chocaran unos aviones. Y que incluso gente se echó para atrás de comprar el piso por culpa de los atentados del 11-s; es decir, no querían saber nada de comprar un piso en una planta tan alta.....así son las cosas; las paranoias se extienden y poco se puede hacer al respecto...
14/03/2010 10:47
Estimado Julio70: No sólo las paranoias se extienden, es que además se crean. Como Ud. agudamente ha indicado, en el 11-S lo que se intentó y se consiguió a medias (no lograron atacar el Capitolio por la lucha de los pasajeros y en el Péntagono los daños fueron menores), es emplear los aviones como armas. En efecto algo tan sencillo como blindar las cabinas (incluso podría ser aun más eficaz proveerlas de servicio y alimentos y cerrarlas en tierra, con imposibilidad de abrirlas en vuelo, ya que haría imposible incluso que la tripulación ante alguna coacción la abriera) impide el secuestro, ya que el malvado ya no puede controlar el aparato. Y una vez en tierra, es un objeto más accesible. Sí pervive el actual sistema de seguridad aeroportuaria no es por ser efectivo, demasiadas auditorias y errores demuestra que no lo es, sino porque es carísimo, y algo costoso significa puestos de trabajo y beneficios. Es como comprarse en Ferrari: no tiene sentido un vehículo que no cuenta el consumo por litros, si no por bidones, y cuya velocidad máxima no es aprovechable salvo cometiendo faltas e incluso delitos con los límites de velocidad existentes. Pero lo caro, lo estrafalario, lo diferenciador, atrae. Como Ud mismo dice, no se han puesto medidas tan extremas en el Metro, autobuses, etc, o cines, centros comerciales u hospitales. Es que un Metro donde el pasajero tuviera que estar una hora antes sería inviable, como proteger todas las paradas de autobus. La verdadera seguridad es como la desratización; mejor eliminarlas en sus cubiles que cuando han llegado a la despensa. Está en la Historia: cuando el Imperio romano fue incapaz o se negó a defenderse en el "limes", en el 476 Odoacro logró ocupar Roma.
18/03/2010 16:09
Autor: megabokis fecha: 17/03/2010
tema: utilizacion de medios coercitivos en las carceles
estimados amigos foreros por favor si alguien pudiese darme informacion clara y concisa desde el punto de vista legal se lo agradeceria enormemente,,,, asunto::: soy funcionario de prisiones y me gustaria saber si puedo repeler una agresion fisica de un interno hacia a mi utilizando yo y portando yo un spray de defensa personal lacrimogeno particular homologado por sanidad y de venta en armerias para civiles y su autodefensa,,un saludo para todos y enormemente agradecido por la informacion que me deis,,estoy perdido y prefiero ser lesionado por un interno que utilizar un spray lacrimogeno si por ello voy a perder mi trabajo o ser sancionado,,atentamente megabobis,,,
18/03/2010 16:42
puede darme su opinion señor jj53???? gracias de antemano,,ya el forero paleg me dio su informacion y agradeceria su opinion señor jj53,,,un abrazo cordial a todos desde canarias,,,,,,,,
18/03/2010 18:09
Estimado Megabokis: No tiene nada que ver, pero eso mismo lo plantearon los VS, y la respuesta fue que no era un medio reglamentario, pero, siempre hay un pero, podía solicitarse y de ser aprobado sería válido. No conozco en profundidad la normativa aplicable a funcionarios de prisiones, y no me atrevo a opinar sí ello sería legal. Hay que distinguir a Ud como persona particular (que tiene derecho a portar esos sprays) de Ud como funcionario de prisiones, donde creo que no está reglamentado. Tal vez una consulta a servicios jurídicos de algún sindicato, que para eso están, le aclare mejor el tema e incluso puede consultar a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en la página web del Ministerio, y allí le pueden dar una solución jurídica razonada. Saludos cordiales.
18/03/2010 19:08
muchisimas gracias señor jj53,,,le hacia esta consulta nada relacionada con este foro,,,pero ya he visto sus conocimientos legales y por eso me atrevia a consultarle a usted ya que desgraciadamente lo he consultado en mi ambito de la prision pero hasta ahora no he visto nada claro con respecto a medios de autodefensa propiamente dichos para los funcionarios,,he decirle que ha coincidido plenamente con el señor forero de este foro llamado palag que tb me ha brindado desinteresadamente su informacion y me dice que para portarlo y usarlo ha de ser provisto por la administracion penitenciaria como dotacion,,pero he de informarle que los medios coercitivos legales para ser usados por los funcionarios entre ellos esta el spray de cloro pero esta custodiado en la jefatura de servicios y si alguien decide usarlo contra un preso que esta agrediendo a un funcionario o trecera persona seria el sr jefe de servicios quien autoriza su uso si es necesario dando conocimiento inmediato al sr director y al señor juez de vigilancia penitenciaria,,,pero desafortunadamente los funcionarios nos vemos cuando se desata un ataque ,,agresion fisica desprovistos de cualquier medio defensivo para nuestra propia integridad solo esperando que ante un ataque por parte de un interno pues con nuestra propia fuerza fisica a manos vacias podamos controlarlo en espera de refuerzos de compañeros que van en ayuda provistos estos de los medios coercitivos reglamentarios si son necesarios,,pero ante una inmidente agresion de un interno a un funcionario o a otro interno etc,,estamos desnudos solo con nuestras manos,,por eso preguntaba si podia utilizar yo un spray de defensa personal comprado por mi particularmente en caso de legitima defensa para defenderme yo o a otra persona de la agresion de un interno,,,un abrazo estimado forero por su aportacion y ayuda desinteresada,,,un saludo cordial para todos,,desde canarias,,muy agradecido por todo,,,,,,
18/03/2010 20:16
Una Orden de 3 de octubre de 1994 regula el tema de sprays de defensa, y específicamente habla en su estipulación octava de "funcionarios especialmente habilitados". De su mismo post parece demostrarse que se considera un medio excepcional. Tal vez excesos antiguos, donde la "autoridad" se imponía de una forma a veces arbitraria hace que ahora mismo ese concepto de retribución de las normas penales parezca caduco. Estamos los ciudadanos normales indefensos frente a los malvados en muchos casos, y el delincuente conoce que puede hacer muchas cosas sin que le pase nada. Gente detenida una y otra vez sin que pase nada desmoraliza al común ciudadano. Se amenaza a los agentes porque la sanción es tan débil que merece la pena. El spray a mi me parece mejor (cuidando su composición) que las defensas de goma, porque en la trifulca se descarga química que hace que los golpes duelan menos. Pero las leyes se hacen habitualmente por gente tan alejada de la realidad que pasa lo que pasa. Saludos cordiales.
18/03/2010 23:28
jolines sr jj53,,,que gusto da leerle,,su claridad y franqueza,,por favor,,, no se vaya de este foro jamas,,por favor,,cuanto puede usted ayudar a los demas muchisimas gracias,,cuan verdad ha dicho usted ahora mismo,,un abrazo muy cordial,,hasta pronto
20/07/2010 11:01
JJ53 me gustaría ponerme en contacto contigo, para que aclaraces este mismo tema en otro foro, en el que los VS se creen practicamente portadores de las mismas funciones y competencias que las FFCCS

http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=7&t=30532&hilit=vigilantes de seguridad pueden cachear y detener

http://www.foropolicia.es/foros/viewtopic.php?f=7&t=67107&p=1034666&hilit=vigilante de seguridad#p1034666

Espero que con la cantidad de soportes legales que posees logres aclararlo, un saludo.
20/07/2010 11:56
Estimado Kingstronger: Veré de entrar en esos foros. ¿Los VS pueden cachear y detener? En principio la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite la detención a cualquier ciudadano, en caso de delito flagrante, en caso de sospechas fundadas de que vaya a producirse un delito y al huído y fugado. En el ciudadano ese derecho no es obligación si existe riesgo; pero el VS y el policía no pueden inhibirse por ello. El cacheo es un acto judicial, ya que se buscan esencialmente las pruebas de un delito o posible delito. El policía tiene esa facultad mediando la "experiencia criminológica" o en la general facultad de ofrecer seguridad a la gente. En el ciudadano o el VS es una facultad como medio de autodefensa (evitar que un detenido por ellos oculte una navaja, destornillador o cualquier objeto de ofensa aunque fuera legal pero que le pueda perjudicar). Los VS lo saben, al menos los que se preocupan de conocer su oficio. Pero la tendencia al abuso es humana. Saludos cordiales.
20/07/2010 13:01
Gracias por tu aclaración ¿Pueden llevarte a una zona privada para realizar el cacheo?
Un saludo.
20/07/2010 17:45
Un VS, no. Es que su normativa no prevé el cacheo o registro personal. Y en materia de Derecho Penal y de Derechos Fundamentales, lo que no está permitido por norma adecuada, es que está prohibido (vinculación positiva o principio de legalidad). Un policía o GC debería llevar a zona privada al "sufridor", porque como también dice la LEC, incluso la detención debe hacerse de la manera menos perjudicial. Incluso asociaciones de consumidores denuncian alguna práctica de llevar a un cuarto al que presuntamente ha sustraído algo, por abusiva y no contemplada en la Ley de Seguridad Privada. Y resulta muy llamativo: resulta que en un aeropuerto sí el pasajero accede (el VS debe pedir permiso) resulta que es registrado por el VS a la vista del público, pero si solicita que sea la GC (a lo que tiene todo el derecho), se le lleva a un lugar aparte. El argumento que el GC puede hacerlo de manera más "profunda" me parece irrisorio: o se es verdadero sospechoso de ser un delincuente-terrorista o no se es. Sí ocurre el primer caso, resulta lógico cualquier precaución. Pero en el 99,99999% de los casos es lo segundo. En este caso, sobra todo.