Mi pregunta es relativa a un funcionario civil internacional que posee immunidad de jurisdicción y ejecución en la realización de sus tareas (pero no posee immunidad diplomática) y que trabaja permanentemente en un país fuera de España. Me gustaría que me aclararan en que consiste la immunidad de jurisdicción y ejecución en la realización de sus tareas. Y si de dicha immunidad solo disfruta en el país en el que trabaja o también fuera de el. Gracias.
Significa que no puede ser encausado por aquello que sea única y exclusivamente la realización de sus funciones. En aquel pais donde los realice, éste pais debe estar informado y ha tenido que aceptar y otorgar dicha inmunidad, inmunidad que no cubre delitos. Para detener a ésta persona el juez no puede dictar una orden ordinaria. Antes deberá cumplir ciertos requisitos. Son los Convenios Internacionales de Viena.