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Impago cuotas comunidad

4 Comentarios
 
01/04/2009 19:54
Muchas gracias Princeps es justo lo que necesitaba, sabía pero no encontraba el artículo gracias de nuevo
01/04/2009 15:12
En virtud de lo establecido en el art. 578 LEC, puedes pedir la ampliación de la ejecución por las cantidades impagadas y que se vayan devengando sin necesidad de retrotraer el procedimiento.
31/03/2009 19:56


Embargar un piso para cobrar 1.500 euros, lo estudiaré gracias.
31/03/2009 19:45
¿por qué no solicitas el embargo del piso en cuestión? En virtud de la LPH, la anotación de embargo en estos casos tiene preferencia respecto a cualquier otra anotación. Lo mejor es embargar, ejecutar y cobrar.
Impago cuotas comunidad
31/03/2009 19:37
Estimados compañeros, os expongo una duda haber si me podeis aconsenjar.
Interpuse un monitorio contra un caradura que no pagaba las cuotas de la comunidad de propietarios desde hace más de dos años. El juzgado le ha embargado la nómina por la cantidad reclamada más las costas, en dos o tres años a lo mejor cobramos la deuda. Pero el tio sigue sin pagar ya han pasado otros nueve meses y subiendo. ¿que puedo hacer? ¿debó volver a interponer otro monitorio para exigir de nuevo las cantidades adeudadas¿ en caso afirmativo debería interponer cada año un nuevo monitorio por las cantidades impagadas hasta el infinito. El tio es un chulo y tiene bienes a su nombre. Gracias de antemano por alguna idea o conocimiento que me transmitais.
Impago cuotas comunidad | PorticoLegal
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01/04/2009 19:54
Muchas gracias Princeps es justo lo que necesitaba, sabía pero no encontraba el artículo gracias de nuevo
01/04/2009 15:12
En virtud de lo establecido en el art. 578 LEC, puedes pedir la ampliación de la ejecución por las cantidades impagadas y que se vayan devengando sin necesidad de retrotraer el procedimiento.
31/03/2009 19:56


Embargar un piso para cobrar 1.500 euros, lo estudiaré gracias.
31/03/2009 19:45
¿por qué no solicitas el embargo del piso en cuestión? En virtud de la LPH, la anotación de embargo en estos casos tiene preferencia respecto a cualquier otra anotación. Lo mejor es embargar, ejecutar y cobrar.
Impago cuotas comunidad
31/03/2009 19:37
Estimados compañeros, os expongo una duda haber si me podeis aconsenjar.
Interpuse un monitorio contra un caradura que no pagaba las cuotas de la comunidad de propietarios desde hace más de dos años. El juzgado le ha embargado la nómina por la cantidad reclamada más las costas, en dos o tres años a lo mejor cobramos la deuda. Pero el tio sigue sin pagar ya han pasado otros nueve meses y subiendo. ¿que puedo hacer? ¿debó volver a interponer otro monitorio para exigir de nuevo las cantidades adeudadas¿ en caso afirmativo debería interponer cada año un nuevo monitorio por las cantidades impagadas hasta el infinito. El tio es un chulo y tiene bienes a su nombre. Gracias de antemano por alguna idea o conocimiento que me transmitais.