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Impago parcial pension

1 Comentarios
 
17/09/2014 20:12
Debe abonar lo que ponga la sentencia del procedimiento principal hasta que dicten la sentencia del recurso de apelación. En vía penal, demostrando la imposibilidad de pago y que está recurrida la sentencia en segunda instancia, no deberían imponer la pena porque no se cumplen los elementos del tipo penal. No paga porque no puede, no porque no quiera. Eso si, documenten todo muy bien. Un saludo.
Impago parcial pension
17/09/2014 14:14
Hola a todos, llevo 4 años leyendoos, y la verdad que nos habéis aclarado varias dudas que nos han ido surgiendo en éste periplo pseudo-pesadilla que son las separaciones.
Dado que esta vez no encuentro nada al respecto os voy a plantear mi consulta:
Mi pareja (separado desde hace 4 años), tuvo unas medidas previas en las cuales se le establecía una cuantía a abonar mensualmente en concepto de pensión de alimentos para sus hijos, el año pasado salió sentencia (mejorada), pero ha apelado a la audiencia provincial para conseguir la custodia compartida, ante las medidas previas se envió escrito al juzgado explicando la imposibilidad de hacer frente a la cuantía que se había dictado (de hecho se quedaba en super números rojos), por lo que abonaba el 60% de lo establecido (y todo y con eso muchos meses tuve que poner yo dinero para dicha pensión), ahora tiene un juicio por lo penal por no haber pagado esas cantidades de las medidas previas.
Mi pregunta es la siguiente: Las medidas previas no se anulan en cuanto hay sentencia?, al no poder apelar dichas medidas se tiene la deuda de por vida aún demostrando la imposibilidad de pagar la totalidad?.
Grácias de antemano.
P.D. Que conste que yo soy madre separada y por suerte para mi hija, nunca he tenido ningún problema con su padre, hace bastante tiempo que él se encuentra en el paro, y yo comprendo esta situación y me paga lo que buenamente puede el hombre, por lo que alucino con esta situación y las que os leo.
Impago parcial pension | PorticoLegal
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17/09/2014 20:12
Debe abonar lo que ponga la sentencia del procedimiento principal hasta que dicten la sentencia del recurso de apelación. En vía penal, demostrando la imposibilidad de pago y que está recurrida la sentencia en segunda instancia, no deberían imponer la pena porque no se cumplen los elementos del tipo penal. No paga porque no puede, no porque no quiera. Eso si, documenten todo muy bien. Un saludo.
Impago parcial pension
17/09/2014 14:14
Hola a todos, llevo 4 años leyendoos, y la verdad que nos habéis aclarado varias dudas que nos han ido surgiendo en éste periplo pseudo-pesadilla que son las separaciones.
Dado que esta vez no encuentro nada al respecto os voy a plantear mi consulta:
Mi pareja (separado desde hace 4 años), tuvo unas medidas previas en las cuales se le establecía una cuantía a abonar mensualmente en concepto de pensión de alimentos para sus hijos, el año pasado salió sentencia (mejorada), pero ha apelado a la audiencia provincial para conseguir la custodia compartida, ante las medidas previas se envió escrito al juzgado explicando la imposibilidad de hacer frente a la cuantía que se había dictado (de hecho se quedaba en super números rojos), por lo que abonaba el 60% de lo establecido (y todo y con eso muchos meses tuve que poner yo dinero para dicha pensión), ahora tiene un juicio por lo penal por no haber pagado esas cantidades de las medidas previas.
Mi pregunta es la siguiente: Las medidas previas no se anulan en cuanto hay sentencia?, al no poder apelar dichas medidas se tiene la deuda de por vida aún demostrando la imposibilidad de pagar la totalidad?.
Grácias de antemano.
P.D. Que conste que yo soy madre separada y por suerte para mi hija, nunca he tenido ningún problema con su padre, hace bastante tiempo que él se encuentra en el paro, y yo comprendo esta situación y me paga lo que buenamente puede el hombre, por lo que alucino con esta situación y las que os leo.