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Impago por vecino del recibo de comunidad

5 Comentarios
 
Impago por vecino del recibo de comunidad
28/11/2017 12:51
Buenos dias. En mi comunidad de vecinos hay un vecino que debe una alta cantidad de dinero (unos 5 años) de lo referente al recibo de la.comunidad de cada vecino.
Este vecino el banco o le ha retirado o le va a retirar el piso, por lo que esas cantidades de dinero desconocenos el modo de reclamarlo. Quien esta obligado al pago de esa deuda en caso de que el banco ya hubiera embargado la.vivienda. Asi cono di sun no le ha hecho, cuando lo haga se hara cargo tambien de esa deuda?
29/11/2017 11:26
nazra
Buscad un abogado para poder reclamar todo al banco cuando se quede con la vivienda. Es posible que ya no podáis reclamar algún año, pero por intentarlo que no quede.

Saludos
29/11/2017 16:23
nazra
Hola nazra:

Uno de los problemas que tienen hoy día las comunidades de propietarios son los bancos, cuando una persona que ha adquirido un piso no puede pagar la hipoteca, los jueces autorizan a los bancos a iniciar un embargo contra la vivienda, todos sabemos lo que ocurre luego.

Las comunidades de propietarios no tienen la misma suerte, de tal manera que los bancos se pasan por el arco del triunfo la ley con el beneplácito de la justicia, es decir no miden a todos con el mismo rasero.

El propietario en cuestión, debe a la comunidad cinco años de gastos comunes y las derramas si las hubiese, el banco embarga el piso y pasa a ser el su dueño, por lo tanto en teoría seria el deudor.

1º.- ¿porque tu comunidad antes que el banco embargue no ha procedido contra el moroso?

2º.- Una vez que el banco haya embargado, como no es una compra sino un embargo, a mi modesto entender, entraría lo que dispone un mecanismo llamado afección real de tal manera que al banco respondería con el piso, se le puede exigir el pago del año en curso y de los tres anteriores (en Cataluña serian los cuatro anteriores), el año que falta lo pagaría el "sursum corda" como vulgarmente se dice, es decir seria impagable, porque aunque le correspondería al anterior propietario, este seria insolvente.

3º.- Iniciar un procedimiento monitorio contra el banco para la reclamación de al menos cuatro años, hay que hacerlo, a pesar de que hay quienes piensan que contra los bancos no hay nada que hacer, yo se de algún administrador de fincas que tiene esa opinión.

Saludos/Juanchito
30/11/2017 11:11
juanchito
Es más, si los requerimientos, justificación de la deuda y demás está correcto, por eso lo de que vayan rápido a un abogado para intentar dejarlo todo bien, es más fácil cobrarle a un banco que a un particular. El banco siempre tiene dinero para embargarle y cobrarle, y si la documentación está en orden y bien hecha, no tienen manera de escaparse.

Saludos
30/11/2017 11:30
muros
Exacto, demandar al banco es mucho mejor que al particular porque siempre va a tener liquidez que embargar si no paga voluntariamente. En este caso es un procedimiento se sota, caballo, rey. y a cobrar. Donde yo ejerzo unos tres o cuatro meses en total. Tirado de fácil.
30/11/2017 11:34
nazra
Vamos, que para este caso y para otros (tarjetas revolving o comisiones, por ejemplo) los bancos son un caramelo. Les están cayendo por todas partes, y lo que está por venir.
Impago por vecino del recibo de comunidad | PorticoLegal
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Impago por vecino del recibo de comunidad
28/11/2017 12:51
Buenos dias. En mi comunidad de vecinos hay un vecino que debe una alta cantidad de dinero (unos 5 años) de lo referente al recibo de la.comunidad de cada vecino.
Este vecino el banco o le ha retirado o le va a retirar el piso, por lo que esas cantidades de dinero desconocenos el modo de reclamarlo. Quien esta obligado al pago de esa deuda en caso de que el banco ya hubiera embargado la.vivienda. Asi cono di sun no le ha hecho, cuando lo haga se hara cargo tambien de esa deuda?
29/11/2017 11:26
nazra
Buscad un abogado para poder reclamar todo al banco cuando se quede con la vivienda. Es posible que ya no podáis reclamar algún año, pero por intentarlo que no quede.

Saludos
29/11/2017 16:23
nazra
Hola nazra:

Uno de los problemas que tienen hoy día las comunidades de propietarios son los bancos, cuando una persona que ha adquirido un piso no puede pagar la hipoteca, los jueces autorizan a los bancos a iniciar un embargo contra la vivienda, todos sabemos lo que ocurre luego.

Las comunidades de propietarios no tienen la misma suerte, de tal manera que los bancos se pasan por el arco del triunfo la ley con el beneplácito de la justicia, es decir no miden a todos con el mismo rasero.

El propietario en cuestión, debe a la comunidad cinco años de gastos comunes y las derramas si las hubiese, el banco embarga el piso y pasa a ser el su dueño, por lo tanto en teoría seria el deudor.

1º.- ¿porque tu comunidad antes que el banco embargue no ha procedido contra el moroso?

2º.- Una vez que el banco haya embargado, como no es una compra sino un embargo, a mi modesto entender, entraría lo que dispone un mecanismo llamado afección real de tal manera que al banco respondería con el piso, se le puede exigir el pago del año en curso y de los tres anteriores (en Cataluña serian los cuatro anteriores), el año que falta lo pagaría el "sursum corda" como vulgarmente se dice, es decir seria impagable, porque aunque le correspondería al anterior propietario, este seria insolvente.

3º.- Iniciar un procedimiento monitorio contra el banco para la reclamación de al menos cuatro años, hay que hacerlo, a pesar de que hay quienes piensan que contra los bancos no hay nada que hacer, yo se de algún administrador de fincas que tiene esa opinión.

Saludos/Juanchito
30/11/2017 11:11
juanchito
Es más, si los requerimientos, justificación de la deuda y demás está correcto, por eso lo de que vayan rápido a un abogado para intentar dejarlo todo bien, es más fácil cobrarle a un banco que a un particular. El banco siempre tiene dinero para embargarle y cobrarle, y si la documentación está en orden y bien hecha, no tienen manera de escaparse.

Saludos
30/11/2017 11:30
muros
Exacto, demandar al banco es mucho mejor que al particular porque siempre va a tener liquidez que embargar si no paga voluntariamente. En este caso es un procedimiento se sota, caballo, rey. y a cobrar. Donde yo ejerzo unos tres o cuatro meses en total. Tirado de fácil.
30/11/2017 11:34
nazra
Vamos, que para este caso y para otros (tarjetas revolving o comisiones, por ejemplo) los bancos son un caramelo. Les están cayendo por todas partes, y lo que está por venir.