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Impuesto de sociedades

1 Comentarios
 
03/11/2010 20:41
Para poder aplicar la escala reducida de gravamen se debe mantener la plantilla media de los doce meses siguientes al comienzo de cada uno de los periodos impositivos iniciados en 2009, 2010 o 2011. Como no has variado la plantilla en el año 2009 (y la aumentaste con relación al 2008), has mantenido el empleo, por lo que podrás aplicar la escala reducida.

Para mantener esa escala en los ejercicios de 2010 y 2011 debes mantener los cuatro empleados o más.

Un saludo,
Impuesto de sociedades
03/11/2010 17:26
Buenas tardes:

Quería hacer una consulta, ya que el problema que tengo es acerca de la interpretación del derecho de deducción en el IS por creación de empleo.

El tema es que en el año 2008 tenía en plantilla 3.5 trabajadores con contrato indefinido, pero a 01/01/2009 al trabajador indefinido que estaba a media jornada, pasó a jornada completa, por lo que en el año 2009 contaba con 4 trabajadores.
Por lo que tengo entendido es necesario mantener esa creación de empleo durante al menos 2 años para disfrutar de esa deducción.
Mi duda es : ¿Podría contar 2009 como un año en el que he mantenido el empleo?
Impuesto de sociedades | PorticoLegal
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03/11/2010 20:41
Para poder aplicar la escala reducida de gravamen se debe mantener la plantilla media de los doce meses siguientes al comienzo de cada uno de los periodos impositivos iniciados en 2009, 2010 o 2011. Como no has variado la plantilla en el año 2009 (y la aumentaste con relación al 2008), has mantenido el empleo, por lo que podrás aplicar la escala reducida.

Para mantener esa escala en los ejercicios de 2010 y 2011 debes mantener los cuatro empleados o más.

Un saludo,
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03/11/2010 17:26
Buenas tardes:

Quería hacer una consulta, ya que el problema que tengo es acerca de la interpretación del derecho de deducción en el IS por creación de empleo.

El tema es que en el año 2008 tenía en plantilla 3.5 trabajadores con contrato indefinido, pero a 01/01/2009 al trabajador indefinido que estaba a media jornada, pasó a jornada completa, por lo que en el año 2009 contaba con 4 trabajadores.
Por lo que tengo entendido es necesario mantener esa creación de empleo durante al menos 2 años para disfrutar de esa deducción.
Mi duda es : ¿Podría contar 2009 como un año en el que he mantenido el empleo?