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Impuesto de sucesiones.

2 Comentarios
 
Impuesto de sucesiones.
31/07/2018 23:22
Hola buenas! Mi abuelo falleció hace casi dos años y dejo una finca con escrituras pero sin estar registrado. Yo soy beneficiario por el echo que mi padre fallecio antes que mi abuelo y soy hijo único. No había testamento tampoco, asique se hizo un cuaderno particional entre los tres hijos, yo y mi abuela y se repartio el dinero de las cuentas, mientras el tema de la finca se lo dejamos en manos de un abogado para que lo pudiera registrar y hacerlo todo bien para poder ponerlo listo a la venta. Como yo tengo 19 años y no tengo pràcticamnete ni idea de como va esto yo hice caso de mis tios y no hice nada, pero ahora ya se va a vender la finca e investigando supe que tengo que pagar el impuesto de sucesiones y que ahora hacienda me pondra una multa por no pagar, pero mis tios me dicen que no me preocupe que todo hay que pagarlo cuando lo vendamos y tengamos el dinero..

Es posible que el abogado haya echo la liquidacion de sucesion por nosotros y luego hay q pagarla y por eso me dicen que no pasa nada?

Mis tios dicen que ellos no han oagado nada a hacienda pero mi relacion con ellos es mala y puede que me hayan mentido para que a mi me toque pagar mas a hacienda, se podria hacer la venta sin que yo haya pagado el impuesto?

En caso de que hacienda me ponga multa por no haberlo pagado en plazo sería muy alta? El dinero que me toca a mi son 8000 euros de herencia
31/07/2018 23:39
Itojuan
El impuesto de sucesiones se paga dentro de los seis meses siguientes a la muerte del causante (de su abuelo). Se liquida un impuesto por cada heredero. Si no se liquidan los impuestos el notario no autoriza la venta de la vivienda. Acérquese a la agencia tributaria y exponga su caso para que le orienten o ponga toda la documentación en manos de un abogado pues un foro no le puede dar una concreta solución a su problema ya que no podemos ver documentos y nos basamos únicamente en lo que usted narra. Suerte y saludos.
03/08/2018 01:14
Itojuan
Primero tienes que saber que el Impuesto de Sucesiones no se puede liquidar "por partes". Es decir, o lo declaran todos los herederos o ninguno. Hay dos formas de hacerlo:
a) por autoliquidación:- Se rellena el impreso, sale una hoja para cada heredero con la cantidad que tiene que abonar a Hacienda, va cada uno al Banco pagando su parte, se recogen todas las hojas con los sellos de pagados, y se entrega en Hacienda de vuestra Comunidad Autónoma.
b) por liquidación administrativa.- Cuando no hay acuerdo entre los herederos, cualquiera de ellos puede solicitar que sea la Delegación de Hacienda de su Comunidad (está cedido a las comunidades autónomas, por eso no se paga lo mismo en toda España) que haga la liquidación y enviará por correo a cada uno las cartas de pago, por la parte que le corresponda.
Por otra parte, las desgravaciones por parentesco son altas, y en tu caso al ser menor de 21 años tienes mas desgravación, por lo que sobre 8.000€ no tienes que pagar nada. Ahora bien, si deberías haberlo declarado.
En cuanto a que ha pasado en vuestro caso. Por intuición,... y si dicen tus tios que no han declarado nada, lo que ha debido pasar es que, como tu abuela estaba indistinta en las cuentas corrientes, y eso es lo que se ha repartido, la buena mujer os ha entregado a cada uno lo que ha considerado que os correspondía, sin dar parte al Banco ni al Estado del fallecimiento de tu abuelo, ya que si el Banco lo hubiera sabido habría bloqueado la cuenta y el estado os habría enviado liquidación administrativa de oficio.
Ahora en cuanto a la finca, es cuando surge el problema, ya que se supone que el comprador querrá incribirla en el Registro de la Propiedad, y para eso primero tiene que ser vuestra, es decir, hay que hacer escritura de aceptación y adjudicación de herencia, pasar por Hacienda (ISD), y tal vez liquidar plusvalia, además de inscribirlo a vuestro nombre en el Registro de la Propiedad, para que con posterioridad lo haga el comprador.
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Hola buenas! Mi abuelo falleció hace casi dos años y dejo una finca con escrituras pero sin estar registrado. Yo soy beneficiario por el echo que mi padre fallecio antes que mi abuelo y soy hijo único. No había testamento tampoco, asique se hizo un cuaderno particional entre los tres hijos, yo y mi abuela y se repartio el dinero de las cuentas, mientras el tema de la finca se lo dejamos en manos de un abogado para que lo pudiera registrar y hacerlo todo bien para poder ponerlo listo a la venta. Como yo tengo 19 años y no tengo pràcticamnete ni idea de como va esto yo hice caso de mis tios y no hice nada, pero ahora ya se va a vender la finca e investigando supe que tengo que pagar el impuesto de sucesiones y que ahora hacienda me pondra una multa por no pagar, pero mis tios me dicen que no me preocupe que todo hay que pagarlo cuando lo vendamos y tengamos el dinero..

Es posible que el abogado haya echo la liquidacion de sucesion por nosotros y luego hay q pagarla y por eso me dicen que no pasa nada?

Mis tios dicen que ellos no han oagado nada a hacienda pero mi relacion con ellos es mala y puede que me hayan mentido para que a mi me toque pagar mas a hacienda, se podria hacer la venta sin que yo haya pagado el impuesto?

En caso de que hacienda me ponga multa por no haberlo pagado en plazo sería muy alta? El dinero que me toca a mi son 8000 euros de herencia
31/07/2018 23:39
Itojuan
El impuesto de sucesiones se paga dentro de los seis meses siguientes a la muerte del causante (de su abuelo). Se liquida un impuesto por cada heredero. Si no se liquidan los impuestos el notario no autoriza la venta de la vivienda. Acérquese a la agencia tributaria y exponga su caso para que le orienten o ponga toda la documentación en manos de un abogado pues un foro no le puede dar una concreta solución a su problema ya que no podemos ver documentos y nos basamos únicamente en lo que usted narra. Suerte y saludos.
03/08/2018 01:14
Itojuan
Primero tienes que saber que el Impuesto de Sucesiones no se puede liquidar "por partes". Es decir, o lo declaran todos los herederos o ninguno. Hay dos formas de hacerlo:
a) por autoliquidación:- Se rellena el impreso, sale una hoja para cada heredero con la cantidad que tiene que abonar a Hacienda, va cada uno al Banco pagando su parte, se recogen todas las hojas con los sellos de pagados, y se entrega en Hacienda de vuestra Comunidad Autónoma.
b) por liquidación administrativa.- Cuando no hay acuerdo entre los herederos, cualquiera de ellos puede solicitar que sea la Delegación de Hacienda de su Comunidad (está cedido a las comunidades autónomas, por eso no se paga lo mismo en toda España) que haga la liquidación y enviará por correo a cada uno las cartas de pago, por la parte que le corresponda.
Por otra parte, las desgravaciones por parentesco son altas, y en tu caso al ser menor de 21 años tienes mas desgravación, por lo que sobre 8.000€ no tienes que pagar nada. Ahora bien, si deberías haberlo declarado.
En cuanto a que ha pasado en vuestro caso. Por intuición,... y si dicen tus tios que no han declarado nada, lo que ha debido pasar es que, como tu abuela estaba indistinta en las cuentas corrientes, y eso es lo que se ha repartido, la buena mujer os ha entregado a cada uno lo que ha considerado que os correspondía, sin dar parte al Banco ni al Estado del fallecimiento de tu abuelo, ya que si el Banco lo hubiera sabido habría bloqueado la cuenta y el estado os habría enviado liquidación administrativa de oficio.
Ahora en cuanto a la finca, es cuando surge el problema, ya que se supone que el comprador querrá incribirla en el Registro de la Propiedad, y para eso primero tiene que ser vuestra, es decir, hay que hacer escritura de aceptación y adjudicación de herencia, pasar por Hacienda (ISD), y tal vez liquidar plusvalia, además de inscribirlo a vuestro nombre en el Registro de la Propiedad, para que con posterioridad lo haga el comprador.