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impuesto de sucesiones

1 Comentarios
 
24/11/2006 10:32
Si bien , las deudas de caracter tributario prescriben a los 4 años, podría encontrarse problemas a la hora de escriturar el inmueble a su nombre. Los Registros de la propiedad piden copia de autoliquidación de los impuestos autonómicos (ITP y AJD, Sucesiones....) para proceder al registro de los inmuebles.

El notario, y respondiendo a tu pregunta, no puede obligarte al pago del impuesto en ningún caso. Lo que si que seguramente haga, sea que en el documento de aceptación de la herencia figure un aviso de la obligatoriedad por tu parte de liquidar dicho impuesto.


Aún así, considero que la deuda tributaria en este caso concreto aparece desde que se produce la aceptación de la herencia ya que el impuesto no grava el fallecimiento sino hecho imponible es la propia sucesión, cuyo derecho a ella sí que nace en el momento del fallecimiento pero que se hace efectivo en el momento de su aceptación. Creo que sería desde este momento cuando se debería comenzar a contar el plazo de prescripción.

Salvo mejor opinión, un saludo
Impuesto de sucesiones
23/11/2006 19:35
un familiar ha sido declarado heredero de una herencia por el juzgado ,la persona de la que ha heredado murio hace 4 años y algunos dias,el abogado le dice que el impuesto prescribe a los 5 años,que vaya al notario para hacer la aceptacion
de la herencia,esta es un a vivienda y algo de dinero,y que no haga nada mas hasta que pasen los 5 años para no pagar el impuesto.
¿hacienda conoce a traves del juzgado que ha heredado?
¿ocurriria algo con la vivienda y el dinero si se dejan pasar los 5 años?
¿el notario te obliga a pagar el impuesto para poder aceptar la herencia?

gracias
impuesto de sucesiones | PorticoLegal
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impuesto de sucesiones

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24/11/2006 10:32
Si bien , las deudas de caracter tributario prescriben a los 4 años, podría encontrarse problemas a la hora de escriturar el inmueble a su nombre. Los Registros de la propiedad piden copia de autoliquidación de los impuestos autonómicos (ITP y AJD, Sucesiones....) para proceder al registro de los inmuebles.

El notario, y respondiendo a tu pregunta, no puede obligarte al pago del impuesto en ningún caso. Lo que si que seguramente haga, sea que en el documento de aceptación de la herencia figure un aviso de la obligatoriedad por tu parte de liquidar dicho impuesto.


Aún así, considero que la deuda tributaria en este caso concreto aparece desde que se produce la aceptación de la herencia ya que el impuesto no grava el fallecimiento sino hecho imponible es la propia sucesión, cuyo derecho a ella sí que nace en el momento del fallecimiento pero que se hace efectivo en el momento de su aceptación. Creo que sería desde este momento cuando se debería comenzar a contar el plazo de prescripción.

Salvo mejor opinión, un saludo
Impuesto de sucesiones
23/11/2006 19:35
un familiar ha sido declarado heredero de una herencia por el juzgado ,la persona de la que ha heredado murio hace 4 años y algunos dias,el abogado le dice que el impuesto prescribe a los 5 años,que vaya al notario para hacer la aceptacion
de la herencia,esta es un a vivienda y algo de dinero,y que no haga nada mas hasta que pasen los 5 años para no pagar el impuesto.
¿hacienda conoce a traves del juzgado que ha heredado?
¿ocurriria algo con la vivienda y el dinero si se dejan pasar los 5 años?
¿el notario te obliga a pagar el impuesto para poder aceptar la herencia?

gracias