Mi duda es sobre si una vez presentada extemporáneamente la liquidación del Impuesto de Sucesiones cuya cuota a liquidar es cero euros, me pueden sancionar. Tengo claro que el recargo del 5% no me lo podrán imponer (el 5% de 0 es cero), pero no sé si me podrían imponer algún tipo de sanción por incumplimiento de una obligación formal (falta de presentación del impuesto en el plazo correspondiente). Gracias.