Muchas gracias Mage, por la respuesta y la rapidez. Ya me lo imaginaba, pero es que he leído que en los casos con jurado sí se puede hacer, y lo quería aplicar por analogía, pero ya veo que no. Muchas gracias de nuevo.
No puedes apelar, te ha precluido el plazo, tienes que impugnar el escrito presentado de contrario y solicitar que se confirme la sentencia dictada por el juzgador "ad quo"
Hola a todos!!! Soy nueva en este foro, y os agardecería que me ayudarais. En nueve años que llevo ejerciendo, no me había encontrado con esto, y voy algo perdida.El caso es que en julio mi cliente tuvo juicio por un delito de malos tratos. La sentencia lo condenó por una falta de lesiones. No apelamos, puesto que la pena de multa que le imponían era inferior a los gastos de abogado ( es decir, los míos ). Ahora la otra parte ha apelado y me dan 10 días para que impugne ( o me adhiera ) el recurso de apelación. En la impugnación del recurso de apelación, puedo presentar apelación y pedir la libre absolución, o bien solicitar que se confirme la sentencia de la primera instancia? Muchas gracias a todos.