Hola, en mi comunidad se han aprobado cuentas anuales, pero tras revisar documentación, aparece que el administrador cometió fraude fiscal para beneficiarse. Según la LPH parece que se puede impugnar el acta durante un mes, y durante un año si es contraria a la ley. Mi pregunta es si el hecho de que se haya cometido fraude fiscal por miles de euros implica una nulidad de las cuentas, aunque se aprobaran en su día en junta. Gracias
Si no votó en contra, no puede impugnar. ¿A que se refiere con lo de fraude fiscal?. Es necesario saberlo, para opinar. Que yo sepa, las comunidades de propietarios como tales, no tienen ninguna obligación fiscal.
Fraude por ejemplo hay al poner su cif en facturas de la comunidad, para deducirse él iva e impuestos. Y faltaban facturas a mansalva, de cobros hechos por cheque, lo que tiene pinta de ser para no declarar. Aún así y el voto en contra de varios vecinos, consiguió la aprobación de las cuentas. ¿Son nulas de todos modos si faltan facturas o llevan otro cif?
Gracias Pepe123 y Acriton. ¿Qué tipo de denuncia se puede poner en el Juzgado? ¿Falsificación documental? ¿Administración desleal? ¿Hace falta un importe mínimo de importe de perjuicio a la Comunidad o incluso bastaría el coste de los cheques usados por el administrador en vez de transferencias gratuitas? ¿Las cuentas serían nulas de "pleno derecho" o algo así aunque no se hubiesen impugnado en plazo, o incluso se puede recurrir al plazo de un año de impugnación por ser contrarias a la ley? Gracias