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Impugno las costas?

7 Comentarios
 
Impugno las costas?
09/11/2006 21:20
Hola, a lo mejor mi consulta es de lo más elemental, pero me estoy iniciando y os agradezco posibles comentarios a la siguiente duda:
En un requerimiento de pago por unos pagarés impagados, nos dan diez días, y nos reclaman una cantidad de principal más las costas. Pero es que estas últimas me parecen una exageración, me gustaría saber si de alguna manera se pueden impugnar. No nos vamos a oponer, sino que se va a pagar el principal, pero se puede hacer algo con las costas?
10/11/2006 08:15
Presumo que existiendo pagares por medio te habran instado un procedimiento cambiario. (sobre todo por el plazo que te dan de diez dias)
En un principio tendrás que consignar la cantidad solicitada en la demanda (principal, intereses de demora, gastos y costas)
El tramite procesal para impugnar las costas no es el momento en que realices la consignacion,sino que una vez realizada esta el letrado contrario tendrá que aportar su minuta solicitando se practique tasación de costas dándosete traslado por plazo de diez dias.
Es ahí, en ese cauce procesal, donde tendras posibildiad de impugnar los honorarios de Letrado y Procurador de la contraparte bien por el trámite de indebidos bien por el trámite de excesivos, ya que imagino que la cantidad solicitada como costas en la demanda será como mucho del 30% del importe del principal, suma esta que no tiene porque coincidir con la cuantía de las costas a cuyo pago vienes obligado.

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
10/11/2006 08:45
Siempre cabe la posibilidad de hablar con el compañero contrario y negociar las costas.
10/11/2006 09:15
No dudes en llamar al compañero y decirle que o se llega a un acuerdo o tu cliente es insolvente y no van a cobrar un duro, en estos casos siempre se rebaja algo...
10/11/2006 12:28
Desde luego, negocialo con el compañero, pero con ojo, en mi primera negociacion el canalla me pedia 2 kilos y finalmente pasito a pasito consignando principal, mas tarde interes y finalmente costas, la cosa se quedo en uno, por eso te digo que negociar si pero andando con mucho ojo.
10/11/2006 12:59
Muchas gracias compañeros por vuestros sabios consejos. He hablado con el abogado de la parte contraria y está de acuerdo en rebajar las costas a la mitad!, me dice que él tiene que asegurar sus honorarios.
Nuevamente gracias
10/11/2006 13:29
Samplerking, discúlpame una última cuestión. Si consignamos el principal, y llega el momento procesal en el que el letrado me da traslado por el plazo de los diez días, en esa actuación necesitaremos procurador?, como ya os he comentado soy novata
os lo agradezco
12/11/2006 14:23
Juana como ya te dijeron mas arriba, las costas no deben superar el 30% de la cantidad principal reclamada, luego en el Incidente o pieza separada de tasacion de costas es donde te daran el traslado de los 10 dias para impugnar las costas de la parte contraria, ya sea bien minuta de abogado o de procurador, si impugnas la del abogado contrario el colegio dira en informe sin son correctas o no, el procurador se mantendra, pero ojo, si por alguna casualidad de la vida fallan a favor de la aprte contraria te pueden condenar en costas por este incidente, asi q ponte manos a la obra y fundamenta bien tu impugnacion. Saludos y suerte
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09/11/2006 21:20
Hola, a lo mejor mi consulta es de lo más elemental, pero me estoy iniciando y os agradezco posibles comentarios a la siguiente duda:
En un requerimiento de pago por unos pagarés impagados, nos dan diez días, y nos reclaman una cantidad de principal más las costas. Pero es que estas últimas me parecen una exageración, me gustaría saber si de alguna manera se pueden impugnar. No nos vamos a oponer, sino que se va a pagar el principal, pero se puede hacer algo con las costas?
10/11/2006 08:15
Presumo que existiendo pagares por medio te habran instado un procedimiento cambiario. (sobre todo por el plazo que te dan de diez dias)
En un principio tendrás que consignar la cantidad solicitada en la demanda (principal, intereses de demora, gastos y costas)
El tramite procesal para impugnar las costas no es el momento en que realices la consignacion,sino que una vez realizada esta el letrado contrario tendrá que aportar su minuta solicitando se practique tasación de costas dándosete traslado por plazo de diez dias.
Es ahí, en ese cauce procesal, donde tendras posibildiad de impugnar los honorarios de Letrado y Procurador de la contraparte bien por el trámite de indebidos bien por el trámite de excesivos, ya que imagino que la cantidad solicitada como costas en la demanda será como mucho del 30% del importe del principal, suma esta que no tiene porque coincidir con la cuantía de las costas a cuyo pago vienes obligado.

SALVO MEJOR CRITERIO
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SAMPLERKING
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10/11/2006 08:45
Siempre cabe la posibilidad de hablar con el compañero contrario y negociar las costas.
10/11/2006 09:15
No dudes en llamar al compañero y decirle que o se llega a un acuerdo o tu cliente es insolvente y no van a cobrar un duro, en estos casos siempre se rebaja algo...
10/11/2006 12:28
Desde luego, negocialo con el compañero, pero con ojo, en mi primera negociacion el canalla me pedia 2 kilos y finalmente pasito a pasito consignando principal, mas tarde interes y finalmente costas, la cosa se quedo en uno, por eso te digo que negociar si pero andando con mucho ojo.
10/11/2006 12:59
Muchas gracias compañeros por vuestros sabios consejos. He hablado con el abogado de la parte contraria y está de acuerdo en rebajar las costas a la mitad!, me dice que él tiene que asegurar sus honorarios.
Nuevamente gracias
10/11/2006 13:29
Samplerking, discúlpame una última cuestión. Si consignamos el principal, y llega el momento procesal en el que el letrado me da traslado por el plazo de los diez días, en esa actuación necesitaremos procurador?, como ya os he comentado soy novata
os lo agradezco
12/11/2006 14:23
Juana como ya te dijeron mas arriba, las costas no deben superar el 30% de la cantidad principal reclamada, luego en el Incidente o pieza separada de tasacion de costas es donde te daran el traslado de los 10 dias para impugnar las costas de la parte contraria, ya sea bien minuta de abogado o de procurador, si impugnas la del abogado contrario el colegio dira en informe sin son correctas o no, el procurador se mantendra, pero ojo, si por alguna casualidad de la vida fallan a favor de la aprte contraria te pueden condenar en costas por este incidente, asi q ponte manos a la obra y fundamenta bien tu impugnacion. Saludos y suerte