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Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo.

2 Comentarios
 
09/12/2010 02:08
Me imagino que en esto como en todo en esta vida habrá sus normas, pero lo queno veo lógico es que si se ha producido un error (y no soy yo solo quien indica este extremo) habrá algún medio de poder subsanarlo o pedir una revisión que no sea esperar un año a que se solucione el recurso de casación (que dicho sea de paso nada tiene que ver con el juicio en si). Si un profesional se equivoca en algo, lo mas normal es tratar de solucionar el tema a la mayor brevedad, máxime cuando se está produciendo un daño como en este caso. Entiendo que los abogados tienen que cobrar por su trabajo, pero hay casos sangrantes que con tanta burocracia lo unico que hacen es cargarse la poca fe que tenemos en la Justicia. Caso de que al final (que lo dudo) se me diera la razón que ocurriria con estos meses que he pasado sin ingresos de ningún tipo, con los recibos impagados (y mas que van a venir) y con la situación familair que me han creado?. Se podria pedir algún tipo de indemnización por error judicial?.
Por cierto, gracias por la respuesta aunque me deja con las mismas esperanzas que al principio.
08/12/2010 15:09
El procedimiento en temas judiciales está establecido así, como indicas contra la decisión del TS solamente cabe el recurso de casación.
Si interfieramos en las decisiones de los jueces, que nosotros entendemos erroneas, te aseguro que ningún juicio llegaría a ser definitivo.
Incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo.
07/12/2010 19:39
Buenas tardes a todos.
Hace ya unos años, y por accidente laboral se me concedió por el EVI de la Seg Social la Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo, al cabo de un año, fui citado para revisión y se me dió el mismo dictamen, es decir, el EVI se ratificaba en la Incapacidad Absoluta.
Con posterioridad y por los Servicios de la Comunidad de Madrid, también se me concedió la invalidez, por lo que tengo incluso plaza de aparcamiento junto a mi domicilio. Desde el inicio y dado que los informes de la Mutua eran desfavorables en cuanto al diagnóstico definitivo, estoy en tratamiento en la Unidad del Dolor con altas dosis de estupefacientes, antidolorosos, etc, etc,.
El tema es que la Mutua desde un principio ha estado dando la lata, presentaron un primer expediente de valoración (sin documentación que lo avalara) donde me fué denegada la Incapacidad, este expediente se recurrió pero mientras y a instancia de lapropia Seg. Social que me avisó del tema, preenté un expediente a instancia del trabajador en el que acompañaba toda la documentación que tenia en mi poder, principalmente informes médicos. Por llamada de la Seg. Social se me informó de que me habian concedido la Incapacidad Absoluta, pero que para empezar a cobrar la pensión debería renunciar al primer expediente pues no podian pagarme mientras hubiera una resolución pendiente. Como ya me habian concedido la invalidez, desisti del primer expediente y comence a cobrar.
Desde el principio, la Mutua presentó demanda y en todos los juicios que hubo se me dió la razón, confirmando la Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo, pero cual no fue mi sorpresa cuando hace unos meses recibo una sentencia del TS donde se dice textualmente que "se declara a D. xxxxxx no afecto de incapacidad permanente y lo condenamos....", por lo cual automáticamente la Seg. Social me ha retirado la pensión.
Estoy totalmente convencido de que ha sido un error, y según el abogado la unica salida es presentar un recurso (que ya se ha hecho) y esperar.
Mi consulta es, cuando tantos profesionales han dictaminado que estoy afecto de Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo, es normal que un Juez sin entrar a valorar los informes dicte una sentencia así contra todos ellos?. La Mutua se defendía aludiendo impagos en las cuotas de la Seg. Social, lo que en cualquier caso hubiera sido un tema entre la Seg. Social y las empresas donde trabajaba o la Mutua, pero entiendo que nunca deberia tener un resultado como este.
¿Cuando se produce un error judicial no hay forma de hacer ver a Su Señoría que se ha producido y subsanarlo de alguna manera y no que la unica salida sea esperar meses y meses a que el Supremo dicte sentencia de casación que imagino será desestimatoria pues lo son casi todas, máxime cuando lo que se revisa nada tiene que ver con el caso?.
Si hay alguien que pueda informarme sobre esto o algún caso similar agradeceria me lo comentara.
Saludos a todos y gracias.
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09/12/2010 02:08
Me imagino que en esto como en todo en esta vida habrá sus normas, pero lo queno veo lógico es que si se ha producido un error (y no soy yo solo quien indica este extremo) habrá algún medio de poder subsanarlo o pedir una revisión que no sea esperar un año a que se solucione el recurso de casación (que dicho sea de paso nada tiene que ver con el juicio en si). Si un profesional se equivoca en algo, lo mas normal es tratar de solucionar el tema a la mayor brevedad, máxime cuando se está produciendo un daño como en este caso. Entiendo que los abogados tienen que cobrar por su trabajo, pero hay casos sangrantes que con tanta burocracia lo unico que hacen es cargarse la poca fe que tenemos en la Justicia. Caso de que al final (que lo dudo) se me diera la razón que ocurriria con estos meses que he pasado sin ingresos de ningún tipo, con los recibos impagados (y mas que van a venir) y con la situación familair que me han creado?. Se podria pedir algún tipo de indemnización por error judicial?.
Por cierto, gracias por la respuesta aunque me deja con las mismas esperanzas que al principio.
08/12/2010 15:09
El procedimiento en temas judiciales está establecido así, como indicas contra la decisión del TS solamente cabe el recurso de casación.
Si interfieramos en las decisiones de los jueces, que nosotros entendemos erroneas, te aseguro que ningún juicio llegaría a ser definitivo.
Incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo.
07/12/2010 19:39
Buenas tardes a todos.
Hace ya unos años, y por accidente laboral se me concedió por el EVI de la Seg Social la Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo, al cabo de un año, fui citado para revisión y se me dió el mismo dictamen, es decir, el EVI se ratificaba en la Incapacidad Absoluta.
Con posterioridad y por los Servicios de la Comunidad de Madrid, también se me concedió la invalidez, por lo que tengo incluso plaza de aparcamiento junto a mi domicilio. Desde el inicio y dado que los informes de la Mutua eran desfavorables en cuanto al diagnóstico definitivo, estoy en tratamiento en la Unidad del Dolor con altas dosis de estupefacientes, antidolorosos, etc, etc,.
El tema es que la Mutua desde un principio ha estado dando la lata, presentaron un primer expediente de valoración (sin documentación que lo avalara) donde me fué denegada la Incapacidad, este expediente se recurrió pero mientras y a instancia de lapropia Seg. Social que me avisó del tema, preenté un expediente a instancia del trabajador en el que acompañaba toda la documentación que tenia en mi poder, principalmente informes médicos. Por llamada de la Seg. Social se me informó de que me habian concedido la Incapacidad Absoluta, pero que para empezar a cobrar la pensión debería renunciar al primer expediente pues no podian pagarme mientras hubiera una resolución pendiente. Como ya me habian concedido la invalidez, desisti del primer expediente y comence a cobrar.
Desde el principio, la Mutua presentó demanda y en todos los juicios que hubo se me dió la razón, confirmando la Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo, pero cual no fue mi sorpresa cuando hace unos meses recibo una sentencia del TS donde se dice textualmente que "se declara a D. xxxxxx no afecto de incapacidad permanente y lo condenamos....", por lo cual automáticamente la Seg. Social me ha retirado la pensión.
Estoy totalmente convencido de que ha sido un error, y según el abogado la unica salida es presentar un recurso (que ya se ha hecho) y esperar.
Mi consulta es, cuando tantos profesionales han dictaminado que estoy afecto de Incapacidad Absoluta y Permanente para todo tipo de trabajo, es normal que un Juez sin entrar a valorar los informes dicte una sentencia así contra todos ellos?. La Mutua se defendía aludiendo impagos en las cuotas de la Seg. Social, lo que en cualquier caso hubiera sido un tema entre la Seg. Social y las empresas donde trabajaba o la Mutua, pero entiendo que nunca deberia tener un resultado como este.
¿Cuando se produce un error judicial no hay forma de hacer ver a Su Señoría que se ha producido y subsanarlo de alguna manera y no que la unica salida sea esperar meses y meses a que el Supremo dicte sentencia de casación que imagino será desestimatoria pues lo son casi todas, máxime cuando lo que se revisa nada tiene que ver con el caso?.
Si hay alguien que pueda informarme sobre esto o algún caso similar agradeceria me lo comentara.
Saludos a todos y gracias.