La calificación del trabajador cómo incapacidad permanente en grado de TOTAL. Esta calificación podrá ser revisada por agravación o mejora a partir del XXXX 2020 Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años (articulo 48.2 de R:D:LEG 2/2015, de 23 de octubre (B.O.E. 24-10-2015) Quiere esto decir que si me revisaran a partir del año de dicha resolución y me dieran apto la empresa estaria obligada a darme mi puesto de trabajo? Eso quiere decir que tienen dos años para revisarme o lo suelen hacer al año? Gracias
Hola Juan, Perdona la pregunta pero cómo te ha llegado esta información acerca de la concesión de tu IPT? X carta, email, sms?? Te la han concedido por sentencia judicial? Hace mucho de la resolución? Perdona tanta pregunta personal pero llevo desde febrero esperando que me notifiquen mi IPT que tuve que conseguir en tribunales en enero de este año... y estoy un poco desesperado...
Hola. La resolución me llegó por correo ordinaro, he de decirle que desde la revisión tardó como un mes o poco más en llegar. La mia fue concedida por el INSS, pero si la tuya es por sentencia no te preocupes te llagará más tarde y más ahora están tardando algo más debido al COVID Te repito que si es por sentencia judicial y te la han concedido estes tranquilo que ya te llegará Saludos
Ok sabes de algún caso que haya sido como el mío o dónde poder encontrar los hilos en el foro? Por otro lado, sabes si a pesar de conseguirla por sentencia, es revisable dos años?
Gracias por la info y cualquier otra adicional que me puedas dar.
Hola. Si conozco un amigo que la tiene por sentencia y por lo menos la suya no es revisable, no sé si las incapacidades por sentencia hay algunas revisables, No conozco más hilos aunque supongo que habrá muchos, pero creo que quien mejor te puede informar de todo es tu abogado. Saludos
Todas las incapacidades son revisables por ley hasta la edad de jubilación lo que pasa es que el INSS no revisa muchas porque las considera que no son recuperables médicamente o con patologías crónicas y graves. Independientemente de que te la haya otorgado el propio INSS o por sentencia judicial son revisables si así lo considera el propio INSS aunque en proporción las que se dan judicialmente no suelen mucho ser revisadas. Saludos.