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Incapacidad permanente total y trabajar jornada completa

1 Comentarios
 
Incapacidad permanente total y trabajar jornada completa
13/02/2020 12:13
Buenos días.
Tengo una duda. Tengo una IPT reconocida y me ha surgido la oportunidad de incorporarme en un trabajo a jornada completa.
Es compatible una jornada completa sea cual sea el salario sin repercutir en la pensión?
13/02/2020 14:27
Chema41
No debe preocuparle si es jornada completa o parcial sino la compatibilidad del trabajo con su profesión por la que se ha declarado la IPT.
Quienes tengan reconocida una IPT para la profesión habitual pueden trabajar tanto en la misma empresa como en otra distinta siempre y cuando no tenga que realizar tareas por las que se le ha reconocido la incapacidad, en cuanto a la IPT para los menores de 55 años cobrarán el 55 % y cuando superen esta edad se incrementará la pensión en un 20 % así que si encuentra un trabajo compatible, con independencia de la jornada, podrá cobrar el salario correspondiente a ese nuevo empleo así como la pensión correspondiente y cuando supere los 55 años si quieres seguir trabajando solo debe renunciar a ese 20 % de incremento y luego en el futuro, cuando ya se retire por la edad física le calcularán la media de ambos salarios.
smo
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Incapacidad permanente total y trabajar jornada completa
13/02/2020 12:13
Buenos días.
Tengo una duda. Tengo una IPT reconocida y me ha surgido la oportunidad de incorporarme en un trabajo a jornada completa.
Es compatible una jornada completa sea cual sea el salario sin repercutir en la pensión?
13/02/2020 14:27
Chema41
No debe preocuparle si es jornada completa o parcial sino la compatibilidad del trabajo con su profesión por la que se ha declarado la IPT.
Quienes tengan reconocida una IPT para la profesión habitual pueden trabajar tanto en la misma empresa como en otra distinta siempre y cuando no tenga que realizar tareas por las que se le ha reconocido la incapacidad, en cuanto a la IPT para los menores de 55 años cobrarán el 55 % y cuando superen esta edad se incrementará la pensión en un 20 % así que si encuentra un trabajo compatible, con independencia de la jornada, podrá cobrar el salario correspondiente a ese nuevo empleo así como la pensión correspondiente y cuando supere los 55 años si quieres seguir trabajando solo debe renunciar a ese 20 % de incremento y luego en el futuro, cuando ya se retire por la edad física le calcularán la media de ambos salarios.
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