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Incapacidad permanente total

7 Comentarios
 
Incapacidad permanente total
23/11/2017 03:41
Buenas noches. Estoy jubilada desde abril por incapacidad permanente total para el servicio, tras accidente itinere. Cobro el 100% de la pensión de clases Pasivas. En pocos meses he empeorado sustancialmente y querría saber si puedo solicitar laun nuevo examen del tribunal médico para obtener la incapacidad absoluta. De ser así qué pasos debo seguir? No busco aumento de pensión ni nueva paga. Busco el reconocimiento de mi situación. Gracias
23/11/2017 20:55
Elenamaria
Buenas tardes Sta. Elena: Me llamo Jabitxu y entiendo que debes realizar lo siguiente. Tienes que solicitar que se efectúe el correspondiente reconocimiento médico por el Equipo de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social u órgano médico equivalente de la Comunidad Autónoma en la provincia en la que tengas tu domicilio, pudiendo acompañar a la instancia, cuanta documentación relativa a su historial o situación médica tuviere por conveniente, para que posteriormente dicten resolución en cuanto al grado de discapacidad. En materia de clases pasivas, no hay nada al respecto, sólo en caso de agravamiento de la enfermedad, puedes solicitar el incremento de la jubilación por agravamiento de la enfermedad, en el módelo siguiente que te adjunto en la página web:
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minhafp.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/Solicitudes/Documents/Incremento%20jubilacion%20por%20agravamiento%20de%20enfermedad%202010.pdf
Para todo lo referente en materia de pensiones de clases pasivas, te diriges a la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública - Areas temáticas - Pensiones de clases pasivas- y ahí tienes todo lo referente al mismo. Saludos Elena.
24/11/2017 04:16
Jabitxu
Muchas gracias por la rapidez y por la respuesta.
Lo que me indica ya está solicitado pero ese organismo sólo puede determinar grado de discapacidad, con valoración en porcentajes. No se cómo tengo que hacer para que ese porcentaje se traduzca en incapacidad absoluta. Tendré que preguntarles si teniendo reconocido un 65% de incapacidad pueden redactar algún tipo de documento que establezca un paralelismo entre ese porcentaje y la incapacidad absoluta.
Muchas gracias y un cordial saludo
24/11/2017 04:18
Elenamaria
Perdón, olvidé mencionarle que al estar jubilada por el sistema de Clases Pasivas no puedo solicitar una nueva revisión al Tribunal Médico
24/11/2017 09:07
Elenamaria
Buenas otra vez Elena: Usted no puede solicitar una nueva revisión, sino solicitar un nuevo reconocimiento por agravamiento de la enfermedad por la Seguridad Social a través del órgano competente en la materia, de cada Comunidad Autónoma, como ya le indiqué. Usted aunque dicten un mayor grado de discapacidad, no puede cobrar mayor pensión, pues ya me dice que cobra el 100%. Saludos.
24/11/2017 09:16
Elenamaria
Se me olvidada decirte que como ya usted cobra el 100% de la pensión, para poder incrementar la pensión en el caso de las clases pasivas, es decir, al 200X100 de la misma, son las pensiones como concecuencia de acciones de terrorismo (Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo), que no es el caso que nos ocupa. Saludos.
24/11/2017 14:54
Jabitxu
Buenas tardes. Muchas gracias por su respuesta. Simplemente aclararle que no pretendo aumentar mi pensión. Lo que busco es que mi seguro de vida me indemnice y me dicen que para hacerlo debo tener reconocida una incapacidad absoluta. Ese es mi problema, quiero que el seguro de vida me indemnice y no se cómo conseguir esa incapacidad absoluta. Mucho me temo que no hay ninguna forma.
Ha sido un placer charlar con usted. Un cordial saludo
24/11/2017 15:34
Elenamaria
biuenas tardes Elena otra vez mas: Como usted sabrá, la incapacidad por el grado de discapacidad en el régimen de las clases pasivas, es totalmente distinto que en el régimen de clases pasivas, en el sentido que aunque el grado de discapacidad en clases pasivas (por ejemplo, le declaran una discapacidad del 35%) en clases pasivas ese grado conlleva la incapacidad total, cosa distinta es en la Seguridad Social, que tienen un baremo totalmente distinto, en el sentido que es casi imposible que le declaren la incapacidad absoluta. Eso no quita que lo intente como ya hemos comentado, pero la verdad es que es casi imposible. Saludos.
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Buenas noches. Estoy jubilada desde abril por incapacidad permanente total para el servicio, tras accidente itinere. Cobro el 100% de la pensión de clases Pasivas. En pocos meses he empeorado sustancialmente y querría saber si puedo solicitar laun nuevo examen del tribunal médico para obtener la incapacidad absoluta. De ser así qué pasos debo seguir? No busco aumento de pensión ni nueva paga. Busco el reconocimiento de mi situación. Gracias
23/11/2017 20:55
Elenamaria
Buenas tardes Sta. Elena: Me llamo Jabitxu y entiendo que debes realizar lo siguiente. Tienes que solicitar que se efectúe el correspondiente reconocimiento médico por el Equipo de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social u órgano médico equivalente de la Comunidad Autónoma en la provincia en la que tengas tu domicilio, pudiendo acompañar a la instancia, cuanta documentación relativa a su historial o situación médica tuviere por conveniente, para que posteriormente dicten resolución en cuanto al grado de discapacidad. En materia de clases pasivas, no hay nada al respecto, sólo en caso de agravamiento de la enfermedad, puedes solicitar el incremento de la jubilación por agravamiento de la enfermedad, en el módelo siguiente que te adjunto en la página web:
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minhafp.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/Solicitudes/Documents/Incremento%20jubilacion%20por%20agravamiento%20de%20enfermedad%202010.pdf
Para todo lo referente en materia de pensiones de clases pasivas, te diriges a la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública - Areas temáticas - Pensiones de clases pasivas- y ahí tienes todo lo referente al mismo. Saludos Elena.
24/11/2017 04:16
Jabitxu
Muchas gracias por la rapidez y por la respuesta.
Lo que me indica ya está solicitado pero ese organismo sólo puede determinar grado de discapacidad, con valoración en porcentajes. No se cómo tengo que hacer para que ese porcentaje se traduzca en incapacidad absoluta. Tendré que preguntarles si teniendo reconocido un 65% de incapacidad pueden redactar algún tipo de documento que establezca un paralelismo entre ese porcentaje y la incapacidad absoluta.
Muchas gracias y un cordial saludo
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Elenamaria
Perdón, olvidé mencionarle que al estar jubilada por el sistema de Clases Pasivas no puedo solicitar una nueva revisión al Tribunal Médico
24/11/2017 09:07
Elenamaria
Buenas otra vez Elena: Usted no puede solicitar una nueva revisión, sino solicitar un nuevo reconocimiento por agravamiento de la enfermedad por la Seguridad Social a través del órgano competente en la materia, de cada Comunidad Autónoma, como ya le indiqué. Usted aunque dicten un mayor grado de discapacidad, no puede cobrar mayor pensión, pues ya me dice que cobra el 100%. Saludos.
24/11/2017 09:16
Elenamaria
Se me olvidada decirte que como ya usted cobra el 100% de la pensión, para poder incrementar la pensión en el caso de las clases pasivas, es decir, al 200X100 de la misma, son las pensiones como concecuencia de acciones de terrorismo (Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo), que no es el caso que nos ocupa. Saludos.
24/11/2017 14:54
Jabitxu
Buenas tardes. Muchas gracias por su respuesta. Simplemente aclararle que no pretendo aumentar mi pensión. Lo que busco es que mi seguro de vida me indemnice y me dicen que para hacerlo debo tener reconocida una incapacidad absoluta. Ese es mi problema, quiero que el seguro de vida me indemnice y no se cómo conseguir esa incapacidad absoluta. Mucho me temo que no hay ninguna forma.
Ha sido un placer charlar con usted. Un cordial saludo
24/11/2017 15:34
Elenamaria
biuenas tardes Elena otra vez mas: Como usted sabrá, la incapacidad por el grado de discapacidad en el régimen de las clases pasivas, es totalmente distinto que en el régimen de clases pasivas, en el sentido que aunque el grado de discapacidad en clases pasivas (por ejemplo, le declaran una discapacidad del 35%) en clases pasivas ese grado conlleva la incapacidad total, cosa distinta es en la Seguridad Social, que tienen un baremo totalmente distinto, en el sentido que es casi imposible que le declaren la incapacidad absoluta. Eso no quita que lo intente como ya hemos comentado, pero la verdad es que es casi imposible. Saludos.