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Incapacidad total de noviembre

1 Comentarios
 
Incapacidad total de noviembre
17/02/2020 11:15
Buenos días, a ver si alguno me puede poner un poco de luz en un expediente que tengo, me acaba de llagar una concesión de una incapacidad total con fecha efectos Noviembre, entiendo que tengo que darlo de baja en la empresa con aquella fecha y arreglar el fuera de plazo con la resolución de concesión de la incapacidad (de momento sólo tengo un mail del INSS).
Diciembre y Enero le he pagado la nómina como pago delegado descontándolo de los seguros sociales y la paga extra de Diciembre también se la pagué entera porque el convenio la complementaba, ahora qué hago con esas retribuciones que le he hecho y no le correspondían???
Agradezco vuestras opiniones.
18/02/2020 14:29
LauraAr
Si la incapacidad permanente surge tras haberse extinguido la incapacidad temporal de la que deriva, bien por agotamiento del plazo máximo de duración de ésta, bien por ser dado de alta médica con propuesta de incapacidad permanente o bien por acuerdo del Instituto Nacional de la Seguridad Social de iniciación de expediente de incapacidad permanente:
El hecho causante se entiende producido en la fecha de la extinción de la incapacidad temporal de la que derive la incapacidad permanente.
Los efectos económicos se producen del modo siguiente:
Si la cuantía de la prestación de incapacidad permanente es inferior a la del subsidio de incapacidad temporal (prolongado desde su extinción), los efectos económicos se producen desde el día de la propuesta de resolución.
Si la cuantía de la prestación de incapacidad permanente es superior a la del subsidio de incapacidad temporal (prolongado desde su extinción), los efectos económicos se retrotraerán al día siguiente al de extinción de la incapacidad temporal y se deducirán, del importe a abonar, las cantidades que se hubieran satisfecho durante ese período.
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Incapacidad total de noviembre
17/02/2020 11:15
Buenos días, a ver si alguno me puede poner un poco de luz en un expediente que tengo, me acaba de llagar una concesión de una incapacidad total con fecha efectos Noviembre, entiendo que tengo que darlo de baja en la empresa con aquella fecha y arreglar el fuera de plazo con la resolución de concesión de la incapacidad (de momento sólo tengo un mail del INSS).
Diciembre y Enero le he pagado la nómina como pago delegado descontándolo de los seguros sociales y la paga extra de Diciembre también se la pagué entera porque el convenio la complementaba, ahora qué hago con esas retribuciones que le he hecho y no le correspondían???
Agradezco vuestras opiniones.
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LauraAr
Si la incapacidad permanente surge tras haberse extinguido la incapacidad temporal de la que deriva, bien por agotamiento del plazo máximo de duración de ésta, bien por ser dado de alta médica con propuesta de incapacidad permanente o bien por acuerdo del Instituto Nacional de la Seguridad Social de iniciación de expediente de incapacidad permanente:
El hecho causante se entiende producido en la fecha de la extinción de la incapacidad temporal de la que derive la incapacidad permanente.
Los efectos económicos se producen del modo siguiente:
Si la cuantía de la prestación de incapacidad permanente es inferior a la del subsidio de incapacidad temporal (prolongado desde su extinción), los efectos económicos se producen desde el día de la propuesta de resolución.
Si la cuantía de la prestación de incapacidad permanente es superior a la del subsidio de incapacidad temporal (prolongado desde su extinción), los efectos económicos se retrotraerán al día siguiente al de extinción de la incapacidad temporal y se deducirán, del importe a abonar, las cantidades que se hubieran satisfecho durante ese período.