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Incapacidad

17 Comentarios
 
Incapacidad
13/06/2011 16:23
Buenas. Mi madre es funcionaria de una diputación (en principio no veo necesario decir cuál) con plaza de limpiadora en un centro de educación de la misma. Sufre una enfermedad llamada prolapso de la cúpula vaginal por la cual ha sido intervenida en dos ocasiones, la última hace dos años, estuvo de baja seis meses tras la operación por un servicio médico de funcionarios de la diputación, tras ese tiempo de baja fue dada de alta, a pesar de aportar a la médica que la dio de alta informes de otro médico que recomendaban continuar de baja por la no recuperación completa. El propio acto del servicio médico era contradictorio con uno anterior del mismo órgano que recomendaba "no realizar esfuerzos ni manipular objetos pesados". Mi madre puso recurso administrativo contra el acto que la daba de alta, recurso que fue contestado con silencio administrativo, tras lo cual interpuso el contencioso-administrativo y ya está señalada fecha de juicio (para noviembre de este año). Pide en la demanda la impugnación del alta (que la den de baja otra vez) únicamente, y alega como pruebas un dictamen pericial que sostiene que, a causa de su enfermedad, es desaconsejable que continue trabajando de limpiadora, y que ello vulnera lo dispuesto en la ley de prevención de riesgos laborales. Hace pocos días mi madre ha recibido de la secretaría general de Diputación la incoación de un expediente sancionador contra ella por falta de rendimiento laboral ¿qué posibilidades ven, expuesto todo lo anterior, de impugnarlo? Mi pregunta es también ¿cómo puede iniciarse un procedimiento de incapacitación laboral? Es más ¿creen que la enfermedad que sufre mi madre aconseja, jurídicamente hablando, la incapacitación laboral?
13/06/2011 23:42
No es por ponerme pesado, sólo porque mi tema bajó a la segunda página y quiero subirlo para que se vea, por si alguien puede ayudarme que lo haga.
13/06/2011 23:44
Por cierto, esto podría ir en administrativo, pero lo he puesto en laboral porque en algún lado hay que ponerlo, si el administrador del sitio tiene otro criterio que lo mueva. Pero es curioso que mi madre ha demandado por lo contencioso-administrativo y por lo social ¡y hay fecha de juicio señalada por los dos órdenes y casi en la misma fecha!
15/06/2011 01:23
¿Nadie tiene idea de cómo puede terminar esto?
15/06/2011 04:13
Hola Buenas noches...Ojala alguien me pudiera ayudar con lo siguiente...estoy a 20 días de que me expidan mi carta de incapacidad por maternidad. La duda que tengo es la siguiente...mi intención es renunciar a este trabajo por motivos personales lo que no se es si debo renunciar al final de mi incapacidad o lo puedo hacer desde que se expida dicha incapacidad, también me gustaría saber si mi patrón en este caso al saber que mi intención no es regresar a su empresa, este puede darme de baja en cualquier momento en el que yo me encuentre de mi incapacidad y al no cumplirse aun la segunda (que es después del parto) esta ya no se me pagara ya que si me da de baja en su empresa por lo tanto no tendré seguro medico. Espero sus respuestas Gracias de antemano.
15/06/2011 10:59
Laurita, vaya comedirá de cabeza que estas montando,olvidate de tu jefe del trabajo y de todos los problemas que te pasen por tu cabecita, no es el momento de pensar en el trabajo y en tu empleador. De momento aprovecha la suspensión por maternidad y cuando tengas tu bebe ya habrá tiempo de exponer tu renuncia.
No es hora de pensar en renunciar al trabajo, es hora de que disfrutes de tu maternidad y cosa llegre a buen termino.
15/06/2011 15:57
Laura Ann86

lo que cuentas, ¿es en España?
15/06/2011 18:31
¿Hola?
15/06/2011 20:26
Si tu madre se rige, aun siendo funcionaria, por el derecho laboral, prara inciar un procedimiento de incapacidad debes echarle un vistazo a esto:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/index.htm

Si estuviera acogida a MUFACE, lo dices y te paso el enlace

No obstante podrias consultar el caso con el abogado que te lleva el contencioso-administrativo, más que nada porque él tiene todos lso datos...

respecto al expediente que le han abierto, intentad argumentar que NO es que haya disminuido el rendimiento, y menos voluntariamente, lo que ocurre es que está muy mermada fisicamente y esa es la causa (lo justificas con informes)

Respecto a la enfermedad, como sabes no somos médicos, pero he leido por ahí que en determinados casos es operable
16/06/2011 03:01
Ante todo gracias por tu respuesta.

Ella no se rige por el derecho laboral, creo, ni ella ni ningún funcionario de esta diputación, hace unos 20 años se firmó un convenio por el que renunciaban a la seguridad social y se vinculaban a un servicio médico de la diputación, con asistencia de una serie de clínicas privadas y especialistas particulares.

Pero si te digo la verdad, ni siquiera los abogados del sindicato tienen claro si esto va por lo contencioso o por lo laboral, es por esto que han optado por demandar por los dos órdenes... Y se ha admitido por ambos, hay fecha de juicio por lo contencioso y también por lo social, con una semana de diferencia temporal aproximadamente, además.
16/06/2011 11:10
pues si ellos que tiene la documentacion no lo tienen claro... madre mia, que tengas suerte!
16/06/2011 17:17
A ver, pero si tanto un juzgado de lo social como el otro de lo contencioso-administrativo se han declarado competentes para el asunto y han señalado una fecha de juicio... ¿Por qué crees que puede ser? Digo yo que será porque es realmente dudoso qué orden es el competente.
17/06/2011 00:22
pues a lo mejor no es por eso... alo mejor te saca de dudas tu abogado, qué sabrán quñe han pedido a cada uno.

Al ser funcionarios de diputaciones pudiera ser que las cotizaciones fueran a alguna mutualidad o bien a la seguridad social aunque la asistencia sanitaria no fuea con el servicio publico de salud.
Pero las mutualidades de funcionarios tienen conciertos con la seguridad social para las revisiones de incapacidades
Y luego tienes el tema del expediente sancionador que sí iria por contencioso.

Hablad con el abogado, para eso os va a cobrar, aquí sin mas datos sería elucubrar.
17/06/2011 12:58
hola ,necesito resolver un tema laboral sobre incapacidad.
Actualmente estoy trabajando en otro lugar diferente al anterior por problemas de voz,que por ello me conceneden una pension,debo justificarlo al INSS o simplemente comunicarlo y ellos se encargan?
Me bajan el sueldo o queda todo igual en mi contrato?
Gracias
17/06/2011 15:32
Archilla, el abogado no nos cobra porque es del sindicato y al estar mi madre afiliada le da cobertura jurídica. Ella cotiza a la Seguridad Social, pero lo que tiene es el servicio médico de la diputación, lo cierto es que no tengo mucha idea porque soy estudiante aún, de derecho laboral no sé nada y de administrativo lo básico. En ambas demandas lo único que se pide es que se anule el alta médica, la diferencia es que en el recurso contencioso se impugna el acto administrativo del servicio médico y en la demanda por lo social se demanda al servicio médico de diputación directamente, pero es sólo una diferencia formal porque la pretensión es la misma.
17/06/2011 21:36
Hola Gracias a todos por sus respuestas...
y pues creo que tienen razón mejor me concentro en otras cosas =)
archilla:
soy de mexico
gracias de nuevo!
18/06/2011 01:12
Laura Ann86

me lo imaginaba, el poco derecho que conocemos es el de españa, siento no poder ayudarte
20/06/2011 09:55
Hola,haber si me podéis aclarar mi duda antes que sa demasiado tarde ya que estoy incapacitada desde hace unos dias solo para mi trabajo anterior ,actualmente estoy trabajando en otro lugarpor problemas de voz,que por ello me conceneden una pension,debo justificar all INSS mi cambio o simplemente comunicarlo y ellos se encargan de justificarlo?
Mi contrato es el mismo,administracion ,antes hacia atencion al publico en turismo y ahora me pasan a otra delegacion sinatencion al publico,habria que cambiarlo o solo comunicar el cambio?
Gracias
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13/06/2011 16:23
Buenas. Mi madre es funcionaria de una diputación (en principio no veo necesario decir cuál) con plaza de limpiadora en un centro de educación de la misma. Sufre una enfermedad llamada prolapso de la cúpula vaginal por la cual ha sido intervenida en dos ocasiones, la última hace dos años, estuvo de baja seis meses tras la operación por un servicio médico de funcionarios de la diputación, tras ese tiempo de baja fue dada de alta, a pesar de aportar a la médica que la dio de alta informes de otro médico que recomendaban continuar de baja por la no recuperación completa. El propio acto del servicio médico era contradictorio con uno anterior del mismo órgano que recomendaba "no realizar esfuerzos ni manipular objetos pesados". Mi madre puso recurso administrativo contra el acto que la daba de alta, recurso que fue contestado con silencio administrativo, tras lo cual interpuso el contencioso-administrativo y ya está señalada fecha de juicio (para noviembre de este año). Pide en la demanda la impugnación del alta (que la den de baja otra vez) únicamente, y alega como pruebas un dictamen pericial que sostiene que, a causa de su enfermedad, es desaconsejable que continue trabajando de limpiadora, y que ello vulnera lo dispuesto en la ley de prevención de riesgos laborales. Hace pocos días mi madre ha recibido de la secretaría general de Diputación la incoación de un expediente sancionador contra ella por falta de rendimiento laboral ¿qué posibilidades ven, expuesto todo lo anterior, de impugnarlo? Mi pregunta es también ¿cómo puede iniciarse un procedimiento de incapacitación laboral? Es más ¿creen que la enfermedad que sufre mi madre aconseja, jurídicamente hablando, la incapacitación laboral?
13/06/2011 23:42
No es por ponerme pesado, sólo porque mi tema bajó a la segunda página y quiero subirlo para que se vea, por si alguien puede ayudarme que lo haga.
13/06/2011 23:44
Por cierto, esto podría ir en administrativo, pero lo he puesto en laboral porque en algún lado hay que ponerlo, si el administrador del sitio tiene otro criterio que lo mueva. Pero es curioso que mi madre ha demandado por lo contencioso-administrativo y por lo social ¡y hay fecha de juicio señalada por los dos órdenes y casi en la misma fecha!
15/06/2011 01:23
¿Nadie tiene idea de cómo puede terminar esto?
15/06/2011 04:13
Hola Buenas noches...Ojala alguien me pudiera ayudar con lo siguiente...estoy a 20 días de que me expidan mi carta de incapacidad por maternidad. La duda que tengo es la siguiente...mi intención es renunciar a este trabajo por motivos personales lo que no se es si debo renunciar al final de mi incapacidad o lo puedo hacer desde que se expida dicha incapacidad, también me gustaría saber si mi patrón en este caso al saber que mi intención no es regresar a su empresa, este puede darme de baja en cualquier momento en el que yo me encuentre de mi incapacidad y al no cumplirse aun la segunda (que es después del parto) esta ya no se me pagara ya que si me da de baja en su empresa por lo tanto no tendré seguro medico. Espero sus respuestas Gracias de antemano.
15/06/2011 10:59
Laurita, vaya comedirá de cabeza que estas montando,olvidate de tu jefe del trabajo y de todos los problemas que te pasen por tu cabecita, no es el momento de pensar en el trabajo y en tu empleador. De momento aprovecha la suspensión por maternidad y cuando tengas tu bebe ya habrá tiempo de exponer tu renuncia.
No es hora de pensar en renunciar al trabajo, es hora de que disfrutes de tu maternidad y cosa llegre a buen termino.
15/06/2011 15:57
Laura Ann86

lo que cuentas, ¿es en España?
15/06/2011 18:31
¿Hola?
15/06/2011 20:26
Si tu madre se rige, aun siendo funcionaria, por el derecho laboral, prara inciar un procedimiento de incapacidad debes echarle un vistazo a esto:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadpermanen10960/index.htm

Si estuviera acogida a MUFACE, lo dices y te paso el enlace

No obstante podrias consultar el caso con el abogado que te lleva el contencioso-administrativo, más que nada porque él tiene todos lso datos...

respecto al expediente que le han abierto, intentad argumentar que NO es que haya disminuido el rendimiento, y menos voluntariamente, lo que ocurre es que está muy mermada fisicamente y esa es la causa (lo justificas con informes)

Respecto a la enfermedad, como sabes no somos médicos, pero he leido por ahí que en determinados casos es operable
16/06/2011 03:01
Ante todo gracias por tu respuesta.

Ella no se rige por el derecho laboral, creo, ni ella ni ningún funcionario de esta diputación, hace unos 20 años se firmó un convenio por el que renunciaban a la seguridad social y se vinculaban a un servicio médico de la diputación, con asistencia de una serie de clínicas privadas y especialistas particulares.

Pero si te digo la verdad, ni siquiera los abogados del sindicato tienen claro si esto va por lo contencioso o por lo laboral, es por esto que han optado por demandar por los dos órdenes... Y se ha admitido por ambos, hay fecha de juicio por lo contencioso y también por lo social, con una semana de diferencia temporal aproximadamente, además.
16/06/2011 11:10
pues si ellos que tiene la documentacion no lo tienen claro... madre mia, que tengas suerte!
16/06/2011 17:17
A ver, pero si tanto un juzgado de lo social como el otro de lo contencioso-administrativo se han declarado competentes para el asunto y han señalado una fecha de juicio... ¿Por qué crees que puede ser? Digo yo que será porque es realmente dudoso qué orden es el competente.
17/06/2011 00:22
pues a lo mejor no es por eso... alo mejor te saca de dudas tu abogado, qué sabrán quñe han pedido a cada uno.

Al ser funcionarios de diputaciones pudiera ser que las cotizaciones fueran a alguna mutualidad o bien a la seguridad social aunque la asistencia sanitaria no fuea con el servicio publico de salud.
Pero las mutualidades de funcionarios tienen conciertos con la seguridad social para las revisiones de incapacidades
Y luego tienes el tema del expediente sancionador que sí iria por contencioso.

Hablad con el abogado, para eso os va a cobrar, aquí sin mas datos sería elucubrar.
17/06/2011 12:58
hola ,necesito resolver un tema laboral sobre incapacidad.
Actualmente estoy trabajando en otro lugar diferente al anterior por problemas de voz,que por ello me conceneden una pension,debo justificarlo al INSS o simplemente comunicarlo y ellos se encargan?
Me bajan el sueldo o queda todo igual en mi contrato?
Gracias
17/06/2011 15:32
Archilla, el abogado no nos cobra porque es del sindicato y al estar mi madre afiliada le da cobertura jurídica. Ella cotiza a la Seguridad Social, pero lo que tiene es el servicio médico de la diputación, lo cierto es que no tengo mucha idea porque soy estudiante aún, de derecho laboral no sé nada y de administrativo lo básico. En ambas demandas lo único que se pide es que se anule el alta médica, la diferencia es que en el recurso contencioso se impugna el acto administrativo del servicio médico y en la demanda por lo social se demanda al servicio médico de diputación directamente, pero es sólo una diferencia formal porque la pretensión es la misma.
17/06/2011 21:36
Hola Gracias a todos por sus respuestas...
y pues creo que tienen razón mejor me concentro en otras cosas =)
archilla:
soy de mexico
gracias de nuevo!
18/06/2011 01:12
Laura Ann86

me lo imaginaba, el poco derecho que conocemos es el de españa, siento no poder ayudarte
20/06/2011 09:55
Hola,haber si me podéis aclarar mi duda antes que sa demasiado tarde ya que estoy incapacitada desde hace unos dias solo para mi trabajo anterior ,actualmente estoy trabajando en otro lugarpor problemas de voz,que por ello me conceneden una pension,debo justificar all INSS mi cambio o simplemente comunicarlo y ellos se encargan de justificarlo?
Mi contrato es el mismo,administracion ,antes hacia atencion al publico en turismo y ahora me pasan a otra delegacion sinatencion al publico,habria que cambiarlo o solo comunicar el cambio?
Gracias