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Incapacitación

2 Comentarios
 
Incapacitación
27/02/2020 19:47
Señores (o señoras juristas):

Hace unos siete u ocho años puse en conocimiento de la fiscalia una serie de informaciones en relacion con mi hermano a traves de una carta. Lo hice no tanto por que me consideraba con el derecho, sino sobretodo con el deber de informar a la autoridad competente. No se si es asi, pero asi lo pensaba y lo sigo pensando.

Pues bien me respondio la fiscalia (de una provincia española) diciendo que tal y como yo habia solicitado pedian al juzgado la apertura de un procedimiento de incapacitacion contra mi hermano.

Pues bien para empezar perdi o me robaron el ordenador donde tenia copia de la carta que habia enviado a la fiscalia y no recuerdo exactamente mis palabras, pero yo creo que no solicite la incapacitacion de mi hermano. Aunque en honor a la franqueza y a la honradez si creia que algo se debia hacer, no necesariamente incapacitarlo. Se podia haber impuesto un tratamiento ambulatorio, un ingreso en el hospital o alguna otra cosa, sin necesidad de incapacitarlo.

Pues bien yo vivo en Inglaterra y el juzgado me envio por correo electronico un requerimiento solicitando le diera una serie de informaciones, domicilio de mis hermanos y quien creia que era el mejor defensor judicial y demas. Le respondi con una carta ordinaria y el procedimiento se archivo. Mejor.

Mejor, pero la prueba de que yo al menos algo de razon tenia es que hace año y medio, finalmente los servicios sociales se decidieron a actuar. Ya era hora. Mi hermano estaba en su casa que no se tenia de pies, algo que yo ya habia previsto que ocurriria. Los servicios sociales enviaron un informe social a la fiscalia y la fiscalia se puso inmediatamente en marcha.

Hace un mes estuve hablando con un abogado en España. No me cayo muy bien el abogado pero me dijo que imposible que me hubieran enviado un requerimiento por correo electronico.Que eso lo tenian que hacer a traves de los juzgados ingleses, que no se lo creia. Pues es verdad. Tan verdad que ayer recibi tambien por correo electronico una citacion judicial tambien por correo electronico. Que me presente en el juzgado el proximo dia 12, cuando solo quedan unos dias, para ser oido en su condicion de hermano del presunto incapaz. Se apercibe a usted de que en caso de no acudir sin causa justificada que se lo impida le deparara el perjuicio a que hubiera lugar en derecho.

Les agradeceria si me ayudaran con las muchas dudas que tengo.

En primer lugar y sobretodo quisiera saber si es cierto que deberian haberme citado a traves de los juzgados ingleses como me dijo un abogado y si es asi en base a que normativa.

Por otra parte ¿No deberian haber re-abierto el anterior procedimiento en vez de abrir uno nuevo?

No se si acudir a esa citacion;

¿Cuales serian los perjuicios en derecho?

Muchas gracias por adelantado a quien me responda.
28/02/2020 08:08
Hayquever
La notificación efectuada por correo electrónico es totalmente válida y está recogida en la ley, artículo 152.3.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pues el Letrado de la Administración de Justicia da fe de su envío, contenido y recepción. En cuanto a esta, el Ministerio de Justicia tiene habilitado un servicio de trackeo de mails perfectamente válido. Usted tiene la obligación de acudir a todos los llamamientos que le curse la justicia, y mucho más tratándose de su hermano. Este asunto se abrió a instancias de un profesional del cuidad de personas mayores y aparentemente incapaces (eso ya lo decidirá el juez tras los informes y pruebas de rigor) y en consecuencia no se tiene por qué reabrir el antiguo procedimiento, empezado por usted, porque las circunstancias a evaluar en relación a su hermano son las actuales, que pueden haber empeorado con respecto al primer asunto. Se le recomienda que cumpla con lo ordenado, o bien que ofrezca la declaración por videoconferencia o de cualquier otra forma que el Juez estime que se han cumplido con la ley.
28/02/2020 16:52
Grisolía
Sr Grisola:

Aunque su respuesta no me guste le envio a usted mi mas sincero agradecimiento por toda la informacion que me transmite.

Les he enviado una carta ordinaria explicandoles por que no voy a acudir y pidiendoles precisamente eso que usted dice, declarar por videoconferencia desde el consulado, cosa que no se si en el consulado aceptarian.

Muchas gracias.
Incapacitación | PorticoLegal
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27/02/2020 19:47
Señores (o señoras juristas):

Hace unos siete u ocho años puse en conocimiento de la fiscalia una serie de informaciones en relacion con mi hermano a traves de una carta. Lo hice no tanto por que me consideraba con el derecho, sino sobretodo con el deber de informar a la autoridad competente. No se si es asi, pero asi lo pensaba y lo sigo pensando.

Pues bien me respondio la fiscalia (de una provincia española) diciendo que tal y como yo habia solicitado pedian al juzgado la apertura de un procedimiento de incapacitacion contra mi hermano.

Pues bien para empezar perdi o me robaron el ordenador donde tenia copia de la carta que habia enviado a la fiscalia y no recuerdo exactamente mis palabras, pero yo creo que no solicite la incapacitacion de mi hermano. Aunque en honor a la franqueza y a la honradez si creia que algo se debia hacer, no necesariamente incapacitarlo. Se podia haber impuesto un tratamiento ambulatorio, un ingreso en el hospital o alguna otra cosa, sin necesidad de incapacitarlo.

Pues bien yo vivo en Inglaterra y el juzgado me envio por correo electronico un requerimiento solicitando le diera una serie de informaciones, domicilio de mis hermanos y quien creia que era el mejor defensor judicial y demas. Le respondi con una carta ordinaria y el procedimiento se archivo. Mejor.

Mejor, pero la prueba de que yo al menos algo de razon tenia es que hace año y medio, finalmente los servicios sociales se decidieron a actuar. Ya era hora. Mi hermano estaba en su casa que no se tenia de pies, algo que yo ya habia previsto que ocurriria. Los servicios sociales enviaron un informe social a la fiscalia y la fiscalia se puso inmediatamente en marcha.

Hace un mes estuve hablando con un abogado en España. No me cayo muy bien el abogado pero me dijo que imposible que me hubieran enviado un requerimiento por correo electronico.Que eso lo tenian que hacer a traves de los juzgados ingleses, que no se lo creia. Pues es verdad. Tan verdad que ayer recibi tambien por correo electronico una citacion judicial tambien por correo electronico. Que me presente en el juzgado el proximo dia 12, cuando solo quedan unos dias, para ser oido en su condicion de hermano del presunto incapaz. Se apercibe a usted de que en caso de no acudir sin causa justificada que se lo impida le deparara el perjuicio a que hubiera lugar en derecho.

Les agradeceria si me ayudaran con las muchas dudas que tengo.

En primer lugar y sobretodo quisiera saber si es cierto que deberian haberme citado a traves de los juzgados ingleses como me dijo un abogado y si es asi en base a que normativa.

Por otra parte ¿No deberian haber re-abierto el anterior procedimiento en vez de abrir uno nuevo?

No se si acudir a esa citacion;

¿Cuales serian los perjuicios en derecho?

Muchas gracias por adelantado a quien me responda.
28/02/2020 08:08
Hayquever
La notificación efectuada por correo electrónico es totalmente válida y está recogida en la ley, artículo 152.3.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pues el Letrado de la Administración de Justicia da fe de su envío, contenido y recepción. En cuanto a esta, el Ministerio de Justicia tiene habilitado un servicio de trackeo de mails perfectamente válido. Usted tiene la obligación de acudir a todos los llamamientos que le curse la justicia, y mucho más tratándose de su hermano. Este asunto se abrió a instancias de un profesional del cuidad de personas mayores y aparentemente incapaces (eso ya lo decidirá el juez tras los informes y pruebas de rigor) y en consecuencia no se tiene por qué reabrir el antiguo procedimiento, empezado por usted, porque las circunstancias a evaluar en relación a su hermano son las actuales, que pueden haber empeorado con respecto al primer asunto. Se le recomienda que cumpla con lo ordenado, o bien que ofrezca la declaración por videoconferencia o de cualquier otra forma que el Juez estime que se han cumplido con la ley.
28/02/2020 16:52
Grisolía
Sr Grisola:

Aunque su respuesta no me guste le envio a usted mi mas sincero agradecimiento por toda la informacion que me transmite.

Les he enviado una carta ordinaria explicandoles por que no voy a acudir y pidiendoles precisamente eso que usted dice, declarar por videoconferencia desde el consulado, cosa que no se si en el consulado aceptarian.

Muchas gracias.