Hola. Les expongo mi caso para ver si alguien me puede ayudar: Llevo un año en un piso de alquiler y, a la hora de actualizar la renta, me la han actualizado un 3.8% (la actualizaron en abril-2009). En el contrato de alquiler pone claramente que se usaría para la actualización el índice general nacional del sistema de índices de precios de consumo. Este índice, en el mes que me actualizaron la renta estaba a -0.1%, por lo que ese no me han aplicado. Por el contrario, me han aplicado el Nacional de la Rúbrica, que ese si es el 3.8%. Entonces mi duda es: ¿esto es normal? ¿Me lo están aplicando bien? ¿que diferencia hay entre uno y otro y cuando se aplican? Muchas gracias, espero vuestros comentarios. Saludos!