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Incremento patrimonio en IRPF

6 Comentarios
 
28/10/2003 10:55
Hace poco, intervine en un caso similar. Sin lugar a dudas la fecha es la del fallecimiento
Un saludo
28/10/2003 08:55
muchas gracias y un saludo
27/10/2003 17:07
Puedes mirar la consulta 0570-01, de 19 de marzo de 2001, de la DGT.
Puedes encontrarla en www.aeat.es
27/10/2003 10:36
Muchas gracias. y si Hacienda me pone pegas. Donde hay jurisprudencia al respecto.???
Gracias de nuevo
27/10/2003 10:18
Se toma la fecha de fallecimiento.
27/10/2003 09:28
Posiblemente, si consultas con Hacienda te digan que como fecha de "adquisición" tengas que considerar aquélla a partir de la cual aparece la vivienda como tuya en el Catastro.
PERO cuando se acepta una herencia, la "fecha de adquisición" (a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial que se genera con su posterior transmisión) se retrotrae al momento del fallecimiento.
En este caso, sería el año 1996.
Incremento patrimonio en irpf
27/10/2003 08:44
Mi padre murio en el 96, se hizo declaracion de herederos y se liquido el impuesto de sucesiones en el 99. Ahora queremos vender una vivienda que era privativa y hemos de aceptar la herencia y escrituurar dicho bien. A efectos tributarios que fecha se considera de adquisicion para calcular el incremento de patrimonio??. La fecha de muerte, la de pago del impuesto o la de la ultima escritura.
Muchas gracias.
Incremento patrimonio en IRPF | PorticoLegal
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28/10/2003 10:55
Hace poco, intervine en un caso similar. Sin lugar a dudas la fecha es la del fallecimiento
Un saludo
28/10/2003 08:55
muchas gracias y un saludo
27/10/2003 17:07
Puedes mirar la consulta 0570-01, de 19 de marzo de 2001, de la DGT.
Puedes encontrarla en www.aeat.es
27/10/2003 10:36
Muchas gracias. y si Hacienda me pone pegas. Donde hay jurisprudencia al respecto.???
Gracias de nuevo
27/10/2003 10:18
Se toma la fecha de fallecimiento.
27/10/2003 09:28
Posiblemente, si consultas con Hacienda te digan que como fecha de "adquisición" tengas que considerar aquélla a partir de la cual aparece la vivienda como tuya en el Catastro.
PERO cuando se acepta una herencia, la "fecha de adquisición" (a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial que se genera con su posterior transmisión) se retrotrae al momento del fallecimiento.
En este caso, sería el año 1996.
Incremento patrimonio en irpf
27/10/2003 08:44
Mi padre murio en el 96, se hizo declaracion de herederos y se liquido el impuesto de sucesiones en el 99. Ahora queremos vender una vivienda que era privativa y hemos de aceptar la herencia y escrituurar dicho bien. A efectos tributarios que fecha se considera de adquisicion para calcular el incremento de patrimonio??. La fecha de muerte, la de pago del impuesto o la de la ultima escritura.
Muchas gracias.