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Incumplimiento compraventa local con pago aplazado y condición resolutoria expresa

2 Comentarios
 
Incumplimiento compraventa local con pago aplazado y condición resolutoria expresa
26/07/2020 11:38
Se fija la venta del local/trastero en 20.000€
A abonar en 3 pagos:
1º 8.000€ a la firma del contrato (cumple)
2º 4.000 antes de 2 meses de la firma del contrato
Se incluye una cláusula expresa que si no abona los 4.000 en plazo,debe abandonar el local y entregar las llaves.No la cumple..entrega 2.5000€ solamente.
3º 8.000€ a abonar antes de un año de la firma del contrato
Necesito echarle porque está creando muchos problemas graves a la Comunidad.
En base a la cláusula expresa¿como proceder? ¿se trata como un deshaucio? o jurídicamente se hace de otra manera?
Gracias anticipadas
26/07/2020 12:07
El comprador tiene un título legítimo de estancia, que es el contrato de compraventa. Por lo tanto, antes de pensar en desahucio tiene usted que resolver el contrato demandando su cumplimiento o la propia resolución ante el Juzgado. Se trata de un juicio llamado Ordinario, que es apelable ante la Audiencia, por lo que no será cosa de dos días (posiblemente dos años). Una vez que haya una sentencia firme de resolución del contrato de compraventa, si es que es el caso, ha llegado el momento de plantear una demanda de desahucio en precario, requiriendo con un mes de antelación al demandado. Más o menos, hasta que llegue la comisión judicial para echarlo a la calle pasarán unos tres años desde ahora.
26/07/2020 15:59
Grisolía
Grisolía,muy agradecido por la excelente explicación.Además de clara,realista en plazos
De nuevo,muchas gracias
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Incumplimiento compraventa local con pago aplazado y condición resolutoria expresa

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Incumplimiento compraventa local con pago aplazado y condición resolutoria expresa
26/07/2020 11:38
Se fija la venta del local/trastero en 20.000€
A abonar en 3 pagos:
1º 8.000€ a la firma del contrato (cumple)
2º 4.000 antes de 2 meses de la firma del contrato
Se incluye una cláusula expresa que si no abona los 4.000 en plazo,debe abandonar el local y entregar las llaves.No la cumple..entrega 2.5000€ solamente.
3º 8.000€ a abonar antes de un año de la firma del contrato
Necesito echarle porque está creando muchos problemas graves a la Comunidad.
En base a la cláusula expresa¿como proceder? ¿se trata como un deshaucio? o jurídicamente se hace de otra manera?
Gracias anticipadas
26/07/2020 12:07
El comprador tiene un título legítimo de estancia, que es el contrato de compraventa. Por lo tanto, antes de pensar en desahucio tiene usted que resolver el contrato demandando su cumplimiento o la propia resolución ante el Juzgado. Se trata de un juicio llamado Ordinario, que es apelable ante la Audiencia, por lo que no será cosa de dos días (posiblemente dos años). Una vez que haya una sentencia firme de resolución del contrato de compraventa, si es que es el caso, ha llegado el momento de plantear una demanda de desahucio en precario, requiriendo con un mes de antelación al demandado. Más o menos, hasta que llegue la comisión judicial para echarlo a la calle pasarán unos tres años desde ahora.
26/07/2020 15:59
Grisolía
Grisolía,muy agradecido por la excelente explicación.Además de clara,realista en plazos
De nuevo,muchas gracias