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Incumplimiento de visitas y su repercusión

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Incumplimiento de visitas y su repercusión
01/12/2010 00:25
Sentencia ../2010 de 06/05/2010 comunicada 24 Nov 2010
….Hechos probados.
Unico.- Queda probado y así se declara: que la denunciada no dejó viajar a su hija para dar cumplimiento al régimen de visitas establecido a favor del padre de la menor y denunciante en las presentes. No sólo impidió a su hija viajar, sino que además coaccionó al padre a través de su hija advirtiéndole de que como no retirara la denuncia que dio origen al juicio de faltas nº54/2009 seguidos en el juzgado de Instrucción nº 1 de Piloña (Asturias), por la que se condenó en sentencia de fecha 1 de julio de 2009 a Dña….por coacciones, no dejaría viajar a la hija; todo ello usando a la niña como intermediaria. Finalmente, la madre anuló el viaje que había sido reservado y abonado previamente por el padre.

Fundamentos jurídicos
Segundo.- …En el caso de autos, no cabe duda del incumplimiento a que da lugar la actuación de la madre, quien usa a la niña como intermediaria para ocasionar que el padre no pueda disfrutar de la menor durante el periodo vacacional a que tenía derecho. Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña. Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija. No cabe duda de que la madre está actuando de todo punto en contra del interés superior de la menor a que viene obligada….

Fallo
Que debo condenar y condeno….a la pena de 10 días de multa a razón de seis euros por día…
01/12/2010 13:59
o sea que por 60 euros ,una madre puede impedir que un padre vea a su hija...Fántastico.
Bueno José Ramón por lo menos ha ganado y supongo que todo es un suma y sigue ¿no?....
Suerte y paciencia.
01/12/2010 14:32
¿60€ de multa y ya esta? ¿y el viaje pagado y perdido, se lo 'comio' el padre? pues bien andamos...

ya puestos aprovecho para preguntar ¿como probar que hay incumplimiento de visitas? me refiero a si, por ejemplo, hoy me toca ir a visitar a mi hijo/a y resulta que no hay nadie en su casa. ¿he de llamar a la policia local para que llamen ellos a la puerta? una vez hecho esto, me dan algun 'justificante' para presentar en la comisaria o juzgado en el momento de presentar denuncia?

es que por desgracia, Sr Viesca, mucho me temo que me voy a ver metido en una situacion muy parecida a la suya :-(
01/12/2010 14:36
Buena pregunta, WWolf. Yo creo que si, que en el mismo momento, debes ir a poner una denuncia... pero no se si iran a llamar a la puerta.... Supongo que tambien puedes ir con testigos...
la verdad, que lastima que, con lo complicada que ya de por si es la vida, nos la compliquemos mas aun...

01/12/2010 20:29
terabithia, sí con 60€ se puede hacer. No considero haber ganado...creo que la hija común sigue perdiendo.

WWolf, el padre si quiere recuperar el importe de los billetes (hay otros tres perdidos) debe solicitar ejecución de sentencia para recuperar el 50% que debía pagar la madre y procedimiento civil para recuperar el otro 50%.

Si va a recoger a su hijo y no está es aconsejable que lleve un testigo o dos que puedan corroborarlo, al tiempo enviar un sms a la madre solicitando la entrega en el domicilio y llamando a la policía (que puede o no asistir) Mejor asegurarse por varias vías el justificante del incumplimiento. Despues ir a comisaría de policia o guardia civil a interponer la denuncia (citando procedimiento en que se sentencia la visita y mencionando los testigos y enseñando el sms para que levanten acta de él)
10/12/2010 22:11
sr. jose ramon cree ud. que ha sacado algo en claro? la niña no viajo y que? la madre estara riendose a mandibula batiente....
10/12/2010 22:46
Confiemos en que, por lo menos, no repita la misma operación.

Si la justicia es gratuita y nos hacemos fuerte ante el sufrimiento que supone todo esto (sobre todo el darnos cuenta de que no hay justicia), el único factor en contra será el tiempo.

Espero que tu hija sea inteligente y recompense el tiempo perdido.
10/12/2010 23:01
Un ejemplo mas de la violencia anti-hombre..JUECES A JUICIO ..YA!!
dICE LA SENTENCIA:
Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija..Fallo
Que debo condenar y condeno….a la pena de 10 días de multa a razón de seis euros por día…
NO SE SI ES PARA ECHARSE A REIR O A LLORAR DE IMPOTENCIA!!
11/12/2010 10:25
Mejor llorar, que los jueces al parecer se fijan en los gestos y en función de "sus creencias" dictan sentencias, son tan necios que se han quedado atrás en esto y aplican las antiguas prácticas de los malos psicólogos, asociando la risa (ante algo malo) a algo negativo, reafirmando su posición negativa al que la practica en esos casos. No tienen la capacidad de empatizar, o por lo menos no quieren hacer uso de ella.

En el video de intereconomía (la página está puesta en el hilo que abrí sobre este programa) un abogado comentaba estas malas prácticas en los jueces.
11/12/2010 14:32
la sentencia realmentee es bastante simple, se lo impone a la madre la minima condena......
quiza esto sea debido a que como este mismo señor manifiesta en otra parte de este mismo foro el mismo no cumple con sus obligaciones desde 09/12/2009 un año sin pasar pension? a quien se debe condenar?
llegamos a la conclusion de lo justo de la justicia si un padre no cumple con sus obligacones esperamos que la justicia sea dura con la parte que asume las obligaciones de ambos?
pero releyendo e este mismo señor "reclama gastos de viaje " para este señor cual es la prioridad alimentar a su hija o viajar?
habria que establecar prioridades y eso es algo que a este foro le vuelve loco
11/12/2010 16:35
Hola:

Tostado, no hay que mezclar temas, incumplimientos del régimen de estancia y comunicación no tienen nada que ver con prestaciones por alimentos. El incumplimiento de cualquiera de ellas no puede ser compensado con el incumplimiento de la otra.

Además ¿quién le dice a usted, por ejemplo, que el pago de esos pasajes no ha sido realizado por terceras personas que no tienen obligación alguna? Es como si a un hermano mío le digo, tranquilo, yo te pago los pasajes, un hecho puntual, pero lo que no voy a hacer es asumir el pago de las prestaciones por alimentos de tus hijos. Hay que conocer muchos detalles.

Lo que si está claro y no hace falta detalle alguno es lo primero que he comentado, nada tienen que ver el incumplimiento del régimen de estancia y comunicación y el incumplimiento, aunque fuera el caso, de las prestaciones por alimentos, son temas que van a ser tratados de forma independiente a nivel legal. Cada pecado tiene su penitencia, cada caso, su causa.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
11/12/2010 16:45
y.... eso es lo correcto por un lado las pensiones y por otro el regimen de visitas....

pero como aqui en este pais las sentencias la imparten personas y no maquinas (de esas que se mete el pecado y por debajo te sacan la penitencia sino personas que escuchan y asocian) tenemos estas sentencias...... bastante extrañas.

con toda seguridad si este señor estuviera al dia con sus obligaciones otro gallo le hubiera cantado a la madre.....

y si lo del familiar es cierto ......pues que el mismo familiar le preste para la manutancion de su hija....
ya me gustaria tener un familiar asi que me preste dinero cada vez que mi hija viaje....o coma.

osea que me la mantenga otra persona

dejemos de ser hipocritas sr pulpopaul un saludo
11/12/2010 16:46
Además Sr. Tostado decir que esa señora ya tiene quien la mantenga, es decir, tiene una nueva pareja, con lo cual ese padre no custodio sólo tiene que pedir para él. Seguramente que si la custodia se la hubiesen dado a él y no hubiese conseguido trabajo, seguro que ya se buscaría pareja o familia que impidiera que su hija tuviera faltas, como ha hecho su madre.

Por otro lado, supongo que también se habrá enterado por el hilo, que él vive en el norte y su hija, en España, pero fuera de la península y por desgracia, si no viajan, no pueden verse. Le pasa lo que a muchos padres, que a la vista de otros viajar es un placer, pero para ellos una necesidad muy cara.
11/12/2010 17:02
Hola.
Pulpo paul, como siempre impecable y magistral, asi es, son temas que a nivel legal se trataran de manera separada, varios incumplimientos podrian dar lugar a instar la correspondiente modificacion de medidas, por un lado, atendiendo el numero de incumplimientos y su gravedad, y por otro etendiendo la abundante jurisprudencia en supuestos identicos.
Un saludo.
11/12/2010 17:04
y que tiene que ver aqui si la señora tiene quien la mantenga o no? aclarece
que intenta decir ? que si la madre de esta niña tiene una nueva pareja, esa nueva pareja es la que debe mantener a la niña? sera entonces que la pareja de la madre tambien puede reclamar derechos? no nos desviemos del tema señora ingrid
11/12/2010 17:15
sigo releyendo su mansaje y es que alucino, se ve que ud conoce muy bien a la señora en cuestion, pues decir que esa señora ya tiene quien la la mantenga....y sabe ud que la mantiene

"Seguramente que si la custodia se la hubiesen dado a él y no hubiese conseguido trabajo, seguro que ya se buscaría pareja o familia que impidiera que su hija tuviera faltas, como ha hecho su madre."

ingri un respeto si ud conoce a la madre creo que no , no diria tal sarta de sandeces......

11/12/2010 17:22
Hola:

Insisto, Tostado, no hay que mezclar temas, por tanto, no es que a la madre le tenga que cantar otro gallo, es que aquí hay dos gallos, uno que canta por incumplimientos del régimen de visitas y otro por incumplimientos en el pago de prestaciones por alimentos, son dos gallos y dos cantos distintos.

Si lo del familiar es cierto, como usted comprenderá, el que sufrague un gasto y no lo haga en concepto del otro es su decisión y siempre partiendo de la base de que no está obligado legalmente ni a lo uno ni a lo otro. No creo que medie hipocresía alguna por mi parte, sólo expongo, con más o menos acierto, lo que es una realidad, intentando ser objetivo y, por supuesto, como tercero que opina cuando se le pregunta. A ese familiar o amigo usted no le puede exigir que pague la manutención de su hija, ni tampoco prohibirle o cuestionarle porque paga los pasajes y no la manutención. ¿Ve como se complica el tema cuando se exponen consideraciones de todo tipo? Y tenga en cuenta que estas consideraciones están hechas por terceros, sin interés alguno, sin ser parte de. Ni soy su amigo ni su enemigo, sólo intento enriquecer su perspectiva y no le quepa la menor duda de que si viera que su sustentación tiene visos de prosperar así se lo habría de hacer saber. Ni me duelen prendas, ni gasto de lo que a vuesas mercedes toca gastar.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
11/12/2010 17:30
sr pulpopaul me encanta su forma de expresase casi en uncnto a los dioses...... pero a los hechos me remito....... vuelva ud arriba y lea solo 60 euros
por incumplimiento de regiman de visitas...... el resto literatura

no le duelan prendan en decir que para reclamar primero hay que cumplir aunque sean cosas diferentes....
11/12/2010 17:43
creo que ha estas alturas todos sabemos que el incumplimiento del pago de pensiones no tiene no es motivo ni justificación para el incumplimiento del regimen de visitas,y esto es así guste o no guste ,se pueda estar de acuerdo o no.
Si el no custodio no paga,se insta el procedimiento correspondiente y creame que si el no custodio tiene algo ,la ley en este caso actua,embargando sueldo,saldos ....si el no custodio porque es un listo, y oculta el patrimonio o tiene mala suerte y no tiene ingresos ni nada,pues no se puede hacer nada...donde no hay no se puede sacar,que al custodio le de rábia,pues normal,pero de ahí a actuar con venganza,y chantajeando ,con si no pagas no ves al niño,ya no me parece normal.Pero ya no por el padre sino por el niño.
Y mire una cosa que no soporto es eso de que si no paga la pensión no alimenta a su hijo,porque si yo no custodio no pago pensión,pero cada mes mando a la custodia una cesta con alimentos para mi hijo .Entonces ya estaré cumpliendo y no se me podrá reclamar nada.....y entonces ya podré ver a mi hijo....

11/12/2010 17:52
si nada tiene que ver una cosa con la otra

como dicen los letrados no es consustancial pero modifica......
y eso es lo que se ha visto aqui.....

no hemos leido la sentencia

estos foros carecen de la realidad si ud no tiene nada ,nada tiene para dar.... y nada tiene que reclamar

nuestro derecho es un derecho de obligaciones
a estos sitios hay que ir con los deberes hechos.....
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01/12/2010 00:25
Sentencia ../2010 de 06/05/2010 comunicada 24 Nov 2010
….Hechos probados.
Unico.- Queda probado y así se declara: que la denunciada no dejó viajar a su hija para dar cumplimiento al régimen de visitas establecido a favor del padre de la menor y denunciante en las presentes. No sólo impidió a su hija viajar, sino que además coaccionó al padre a través de su hija advirtiéndole de que como no retirara la denuncia que dio origen al juicio de faltas nº54/2009 seguidos en el juzgado de Instrucción nº 1 de Piloña (Asturias), por la que se condenó en sentencia de fecha 1 de julio de 2009 a Dña….por coacciones, no dejaría viajar a la hija; todo ello usando a la niña como intermediaria. Finalmente, la madre anuló el viaje que había sido reservado y abonado previamente por el padre.

Fundamentos jurídicos
Segundo.- …En el caso de autos, no cabe duda del incumplimiento a que da lugar la actuación de la madre, quien usa a la niña como intermediaria para ocasionar que el padre no pueda disfrutar de la menor durante el periodo vacacional a que tenía derecho. Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña. Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija. No cabe duda de que la madre está actuando de todo punto en contra del interés superior de la menor a que viene obligada….

Fallo
Que debo condenar y condeno….a la pena de 10 días de multa a razón de seis euros por día…
01/12/2010 13:59
o sea que por 60 euros ,una madre puede impedir que un padre vea a su hija...Fántastico.
Bueno José Ramón por lo menos ha ganado y supongo que todo es un suma y sigue ¿no?....
Suerte y paciencia.
01/12/2010 14:32
¿60€ de multa y ya esta? ¿y el viaje pagado y perdido, se lo 'comio' el padre? pues bien andamos...

ya puestos aprovecho para preguntar ¿como probar que hay incumplimiento de visitas? me refiero a si, por ejemplo, hoy me toca ir a visitar a mi hijo/a y resulta que no hay nadie en su casa. ¿he de llamar a la policia local para que llamen ellos a la puerta? una vez hecho esto, me dan algun 'justificante' para presentar en la comisaria o juzgado en el momento de presentar denuncia?

es que por desgracia, Sr Viesca, mucho me temo que me voy a ver metido en una situacion muy parecida a la suya :-(
01/12/2010 14:36
Buena pregunta, WWolf. Yo creo que si, que en el mismo momento, debes ir a poner una denuncia... pero no se si iran a llamar a la puerta.... Supongo que tambien puedes ir con testigos...
la verdad, que lastima que, con lo complicada que ya de por si es la vida, nos la compliquemos mas aun...

01/12/2010 20:29
terabithia, sí con 60€ se puede hacer. No considero haber ganado...creo que la hija común sigue perdiendo.

WWolf, el padre si quiere recuperar el importe de los billetes (hay otros tres perdidos) debe solicitar ejecución de sentencia para recuperar el 50% que debía pagar la madre y procedimiento civil para recuperar el otro 50%.

Si va a recoger a su hijo y no está es aconsejable que lleve un testigo o dos que puedan corroborarlo, al tiempo enviar un sms a la madre solicitando la entrega en el domicilio y llamando a la policía (que puede o no asistir) Mejor asegurarse por varias vías el justificante del incumplimiento. Despues ir a comisaría de policia o guardia civil a interponer la denuncia (citando procedimiento en que se sentencia la visita y mencionando los testigos y enseñando el sms para que levanten acta de él)
10/12/2010 22:11
sr. jose ramon cree ud. que ha sacado algo en claro? la niña no viajo y que? la madre estara riendose a mandibula batiente....
10/12/2010 22:46
Confiemos en que, por lo menos, no repita la misma operación.

Si la justicia es gratuita y nos hacemos fuerte ante el sufrimiento que supone todo esto (sobre todo el darnos cuenta de que no hay justicia), el único factor en contra será el tiempo.

Espero que tu hija sea inteligente y recompense el tiempo perdido.
10/12/2010 23:01
Un ejemplo mas de la violencia anti-hombre..JUECES A JUICIO ..YA!!
dICE LA SENTENCIA:
Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija..Fallo
Que debo condenar y condeno….a la pena de 10 días de multa a razón de seis euros por día…
NO SE SI ES PARA ECHARSE A REIR O A LLORAR DE IMPOTENCIA!!
11/12/2010 10:25
Mejor llorar, que los jueces al parecer se fijan en los gestos y en función de "sus creencias" dictan sentencias, son tan necios que se han quedado atrás en esto y aplican las antiguas prácticas de los malos psicólogos, asociando la risa (ante algo malo) a algo negativo, reafirmando su posición negativa al que la practica en esos casos. No tienen la capacidad de empatizar, o por lo menos no quieren hacer uso de ella.

En el video de intereconomía (la página está puesta en el hilo que abrí sobre este programa) un abogado comentaba estas malas prácticas en los jueces.
11/12/2010 14:32
la sentencia realmentee es bastante simple, se lo impone a la madre la minima condena......
quiza esto sea debido a que como este mismo señor manifiesta en otra parte de este mismo foro el mismo no cumple con sus obligaciones desde 09/12/2009 un año sin pasar pension? a quien se debe condenar?
llegamos a la conclusion de lo justo de la justicia si un padre no cumple con sus obligacones esperamos que la justicia sea dura con la parte que asume las obligaciones de ambos?
pero releyendo e este mismo señor "reclama gastos de viaje " para este señor cual es la prioridad alimentar a su hija o viajar?
habria que establecar prioridades y eso es algo que a este foro le vuelve loco
11/12/2010 16:35
Hola:

Tostado, no hay que mezclar temas, incumplimientos del régimen de estancia y comunicación no tienen nada que ver con prestaciones por alimentos. El incumplimiento de cualquiera de ellas no puede ser compensado con el incumplimiento de la otra.

Además ¿quién le dice a usted, por ejemplo, que el pago de esos pasajes no ha sido realizado por terceras personas que no tienen obligación alguna? Es como si a un hermano mío le digo, tranquilo, yo te pago los pasajes, un hecho puntual, pero lo que no voy a hacer es asumir el pago de las prestaciones por alimentos de tus hijos. Hay que conocer muchos detalles.

Lo que si está claro y no hace falta detalle alguno es lo primero que he comentado, nada tienen que ver el incumplimiento del régimen de estancia y comunicación y el incumplimiento, aunque fuera el caso, de las prestaciones por alimentos, son temas que van a ser tratados de forma independiente a nivel legal. Cada pecado tiene su penitencia, cada caso, su causa.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
11/12/2010 16:45
y.... eso es lo correcto por un lado las pensiones y por otro el regimen de visitas....

pero como aqui en este pais las sentencias la imparten personas y no maquinas (de esas que se mete el pecado y por debajo te sacan la penitencia sino personas que escuchan y asocian) tenemos estas sentencias...... bastante extrañas.

con toda seguridad si este señor estuviera al dia con sus obligaciones otro gallo le hubiera cantado a la madre.....

y si lo del familiar es cierto ......pues que el mismo familiar le preste para la manutancion de su hija....
ya me gustaria tener un familiar asi que me preste dinero cada vez que mi hija viaje....o coma.

osea que me la mantenga otra persona

dejemos de ser hipocritas sr pulpopaul un saludo
11/12/2010 16:46
Además Sr. Tostado decir que esa señora ya tiene quien la mantenga, es decir, tiene una nueva pareja, con lo cual ese padre no custodio sólo tiene que pedir para él. Seguramente que si la custodia se la hubiesen dado a él y no hubiese conseguido trabajo, seguro que ya se buscaría pareja o familia que impidiera que su hija tuviera faltas, como ha hecho su madre.

Por otro lado, supongo que también se habrá enterado por el hilo, que él vive en el norte y su hija, en España, pero fuera de la península y por desgracia, si no viajan, no pueden verse. Le pasa lo que a muchos padres, que a la vista de otros viajar es un placer, pero para ellos una necesidad muy cara.
11/12/2010 17:02
Hola.
Pulpo paul, como siempre impecable y magistral, asi es, son temas que a nivel legal se trataran de manera separada, varios incumplimientos podrian dar lugar a instar la correspondiente modificacion de medidas, por un lado, atendiendo el numero de incumplimientos y su gravedad, y por otro etendiendo la abundante jurisprudencia en supuestos identicos.
Un saludo.
11/12/2010 17:04
y que tiene que ver aqui si la señora tiene quien la mantenga o no? aclarece
que intenta decir ? que si la madre de esta niña tiene una nueva pareja, esa nueva pareja es la que debe mantener a la niña? sera entonces que la pareja de la madre tambien puede reclamar derechos? no nos desviemos del tema señora ingrid
11/12/2010 17:15
sigo releyendo su mansaje y es que alucino, se ve que ud conoce muy bien a la señora en cuestion, pues decir que esa señora ya tiene quien la la mantenga....y sabe ud que la mantiene

"Seguramente que si la custodia se la hubiesen dado a él y no hubiese conseguido trabajo, seguro que ya se buscaría pareja o familia que impidiera que su hija tuviera faltas, como ha hecho su madre."

ingri un respeto si ud conoce a la madre creo que no , no diria tal sarta de sandeces......

11/12/2010 17:22
Hola:

Insisto, Tostado, no hay que mezclar temas, por tanto, no es que a la madre le tenga que cantar otro gallo, es que aquí hay dos gallos, uno que canta por incumplimientos del régimen de visitas y otro por incumplimientos en el pago de prestaciones por alimentos, son dos gallos y dos cantos distintos.

Si lo del familiar es cierto, como usted comprenderá, el que sufrague un gasto y no lo haga en concepto del otro es su decisión y siempre partiendo de la base de que no está obligado legalmente ni a lo uno ni a lo otro. No creo que medie hipocresía alguna por mi parte, sólo expongo, con más o menos acierto, lo que es una realidad, intentando ser objetivo y, por supuesto, como tercero que opina cuando se le pregunta. A ese familiar o amigo usted no le puede exigir que pague la manutención de su hija, ni tampoco prohibirle o cuestionarle porque paga los pasajes y no la manutención. ¿Ve como se complica el tema cuando se exponen consideraciones de todo tipo? Y tenga en cuenta que estas consideraciones están hechas por terceros, sin interés alguno, sin ser parte de. Ni soy su amigo ni su enemigo, sólo intento enriquecer su perspectiva y no le quepa la menor duda de que si viera que su sustentación tiene visos de prosperar así se lo habría de hacer saber. Ni me duelen prendas, ni gasto de lo que a vuesas mercedes toca gastar.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
11/12/2010 17:30
sr pulpopaul me encanta su forma de expresase casi en uncnto a los dioses...... pero a los hechos me remito....... vuelva ud arriba y lea solo 60 euros
por incumplimiento de regiman de visitas...... el resto literatura

no le duelan prendan en decir que para reclamar primero hay que cumplir aunque sean cosas diferentes....
11/12/2010 17:43
creo que ha estas alturas todos sabemos que el incumplimiento del pago de pensiones no tiene no es motivo ni justificación para el incumplimiento del regimen de visitas,y esto es así guste o no guste ,se pueda estar de acuerdo o no.
Si el no custodio no paga,se insta el procedimiento correspondiente y creame que si el no custodio tiene algo ,la ley en este caso actua,embargando sueldo,saldos ....si el no custodio porque es un listo, y oculta el patrimonio o tiene mala suerte y no tiene ingresos ni nada,pues no se puede hacer nada...donde no hay no se puede sacar,que al custodio le de rábia,pues normal,pero de ahí a actuar con venganza,y chantajeando ,con si no pagas no ves al niño,ya no me parece normal.Pero ya no por el padre sino por el niño.
Y mire una cosa que no soporto es eso de que si no paga la pensión no alimenta a su hijo,porque si yo no custodio no pago pensión,pero cada mes mando a la custodia una cesta con alimentos para mi hijo .Entonces ya estaré cumpliendo y no se me podrá reclamar nada.....y entonces ya podré ver a mi hijo....

11/12/2010 17:52
si nada tiene que ver una cosa con la otra

como dicen los letrados no es consustancial pero modifica......
y eso es lo que se ha visto aqui.....

no hemos leido la sentencia

estos foros carecen de la realidad si ud no tiene nada ,nada tiene para dar.... y nada tiene que reclamar

nuestro derecho es un derecho de obligaciones
a estos sitios hay que ir con los deberes hechos.....