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Incumplimiento de visitas y su repercusión

695 Comentarios
Viendo 101 - 120 de 695 comentarios
14/12/2010 01:48
jo! que sentencia tan completa, muy argumentada

se nota que la juez hizo bien los deberes
14/12/2010 01:53
Sra.casablanca,extrañala sentencia o ¿se ha dejado el trozo? si ese en donde se regulan las visitas para el padre.Seamos justos y copiee toda,que si él no cumple Utd.tampoco.
14/12/2010 01:58
ah.lo mejor si el subsidio de desempleo era de 399 ,pues pensión de 300,ale ,ale,viva la justicia....
14/12/2010 01:59
es de esperar que reciba esta parte (yo) la sentencia, gracias por adelantarla, casitablanca

No entiendo...el demandante soy yo y la demandada tú
14/12/2010 02:11
FALLO

QUE DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. ................ en nombre y representacion de don............. contra doña Luz Marina ..........., y
ESTIMANDO LA DEMANDA RECONVENCIONAL presentada por doña Luz Marina..... presentada....................contra don........................DEBO ACORDAR Y ACUERDO las siguientes medidas:

1º) Que la patria potestad sobre la hija menor de edad comun sera compartida por ambos progenitores.

2º) Se atribuye a doña Luz Marina....... la guardia y custodia de la hija menor...

3º) Se establece un regimen de visitas para el progenitor no custodio consistente en la mitad de los periodos vacacionales de verano, Navidad y Semana Santa, eligiendo, en defecto de acuerdo de las partes , la madre los años impares y el padre en los años pares, debiendo ambas partes correr con la mitad de los gastos que origine el desplazamiento de la menor. Asimismo y previo aviso por el padre, el cual podra hacerlo tanto en el domicilio como en la tienda donde trabaja la demandada, valiendo el que haga a la abuela dela menor o a un empleado que debera avisar a la demandad, podra ver a la menor un fin de semana al mes con pernocta si lo desea, debiendo desplazarse a la isla sufragando los gastos que ello genere, los viernes desde la salida del colegio hasta el domingo a las 20:00 horas o hasta que su salida de vuelo a Asturias se lo permita, debiendo recoger e reintegrar a la niña en el domicilio materno.

4º) Se estima procedente fijar como pension alimenticia a satisfacer por el demandante al demandado reconvencional la cantidad de 300 euros mensuales por meses anticipados dentro de los cinco primeros dias de cada mes en la cuenta bancaria que la solicitante designe, con la actualizacion con efectos de primero de enero de cada año, en proporcion a las variaciones que experimenten los indices de precio al consumo, segun el Instituto Nacional de Estadistica u organismo que le sustituya, exceptuandose los periodos vacacionales que la menor pase en su compañia.

Por lo que hace a los gastos extraordinarios, seran satisfechos por ambos progenitores por mitad.

14/12/2010 02:12
no la has recibido pues aqui la tienes
14/12/2010 02:15
Gracias, Luz.

Espero que la niña venga estas navidades ¿no?
14/12/2010 02:17
Y los 60 euros por obstaculizar las visitas, ¿los sacará de la pensión del padre?.
14/12/2010 02:22
creo que si jose ramon ademas ya lees la sentencia al parecer tienes que escoger tu las fechas en año par


y por cierto seria bueno que aclararas a tus fan que los 60 euros los puedo pagar, no necesito sacarlos de tu pension que por otra parte se que no pagaras, pero esta vez no estoy dispuesta a palear mas, al copiar la sentencia parace mentiras que hallamos llegado hasta aqui, a ventilar mis trapos sucios en un foro .. de pena!
14/12/2010 02:24
Mejor ventilar trapos suciones en un foro que delante del menor.

Para que luego digan, si es que hay custodias a las que les sobra dinero hasta para obstruir visitas, otra gente invertiría los 60 euros en beneficio del menor.
14/12/2010 02:24
Sabes que elegí segunda mitad, mediante burofax con certificado de texto, conforme a provisionales, y lo mantengo.
No creo tener fans ni nada que aclarar.
14/12/2010 02:27
no, no he recibido ningun burofax, pero esoy de acuerdo con la segunda mitad ademas era lo que iba a proponer
14/12/2010 02:32
El burofax lo recibiste en casa de tu madre, tengo la confirmación del recibo, a primeros de año eligiendo periodos para las tres vacaciones, así como solicitandote cuenta para ingresar pensión, información médica y escolar de la niña, etc, extremos todos que no respondiste. Igual tu madre no te lo entregó...por cierto ¿sabré donde vive la niña para entregarla y recogerla en las visitas ahí o seguiré yendo a un bar a ver si "aparece"?
14/12/2010 02:39
si lo recibi ... claro crei que era mas cercano en el tiempo, bueno sabes que me he mudado, cuando vengas ya te dire...ahora explicarte no se no llegarias nunca..
14/12/2010 02:53
para terabithia has leido la sentencia o hablas por hablar, fundamentos de derecho segundo ahi esta
14/12/2010 03:01
releyendo la sentencia solo puedo decir decir que la juez hizo sus deberes, esta no la tumban en segunda instancia su señoria argumento tan bien que es muy dificil tumbarla

14/12/2010 08:53
Solamente un fin de semana al mes??? El resto de padres no es cada quince días??? ¿¿¿y qué pasa con los fines de semana unidos a festivos y puentes??????
14/12/2010 09:31
al final no le dieron la custodia al señor en cuestion, y eso que la pidio copio : Se atribuya la guardia y custodia al actor, y de forma subsidiaria se establezca la guardia y custodia compartida en años alternos, condenando a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones, con costas a la demandada, solicitando otrosi digo la subsistencia de las medidas acordadas por auto de fecha 12 de noviembre de 2008 en los autos de medidas provisionales previas a la demanda nº 382/2006.

pide la guardia y custodia, subsidiariameneta la custodia compartida, y si no que se mantegan las anteriores medidas, sera en lo referente a la pension y las visitas?
porque en las medidas anteriores la custodia fue para la madre...
14/12/2010 09:48
vaya se nos acabo el chollo, ya no tenemos a quien defender en paro? trabaja desdes casa....
enfermo no se ve por ningun lado.....
resulto que la señora como uds. la llaman no era tan mala ni el señor tan bueno veremos si el señor se pone al corriente en sus obligaciones y conlas nuevas tambien pero ya lo dijo la señora, ya sabe que no pagara,
habia por aqui un hilo de fecha 2/11/2010 donde este señor no hablaba maravillas de esta señora que lo que hizo fue defenderse, pues releamos y releyendo nos daremos cuenta de cuanto miente este señor.... y no creo a la raiz de la lectura de esta sentencia que la señora en cuestion sea muy bruta, ni que este señor haya estado tanto tiempo en paro y de enfermedad nada se diji en la sentencia y cual de voostros creen que si realmente estuviera enfermo no lo habria sacado ya aqui..............

el corte fue tajante lo dejaron apabullado, sin argumentos para rebatir esta sentencia en segunda instancia.....asi es la ley al padre/madre que cumple con sus deberes se les gratifica al que no se le corta el bacilon....
14/12/2010 09:48
Ya ves, los padres no tienen ni una segunda oportunidad de estar con su hija.

Pues nada José Ramón, a ver si cuando vaya a la Universidad, a ver si se anima a conocer una ciudad y clima distinto. Aunque los mejores años te los ha quitado como a tantos otros hombres.

Resignación, y lo dicho, a ver si legalizan los
vientres de alquiler y le dejamos a las nuevas generaciones de hombres un panorama mucho más justo.