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incumplimiento regimen de visitas

4 Comentarios
 
04/01/2011 21:25
No hay de que.
Un saludo y suerte.
04/01/2011 09:51
Pues creo que se me han aclarado muchas cosas. Os agradezco buestra opinión y ayuda.
03/01/2011 21:49
Hola.
Le adelanto que no soy abogado, pero llevo muchos años
lidiando en estos menesteres, el incumplimiento es denunciable en la via penal en concreto seria una falta de incumplimiento de las obligaciones familiares (art 618.2 C.P) que puede ser castigado con la pena de multa de 10 dias a dos meses, a razon de 4 a 20 euros por dia de multa, le aconsejaria que si usted quiere solicitar ejecucion de sentencia, actue antes en la via penal, es muy comun que los juzgados de orden civil, esperen a la resolucion de los incumplimientos para entonces si, ejecutar los titulos judiciales al existir sentencia firme en penal que condena por los incumplimientos, es muy aconsejable denunciar cada uno de los incumplimientos, si una vez ejecutada la sentencia en el orden civil, se repiten los incumplimientos, estos muchas veces ya no se procesan como faltas de incumplimiento, si no como delito de desobediencia a la autoridad (art 556C.P) que se castiga con las penas de prision de 6 meses a 1 año,
ademas si consige varias sentencias condenatorias por incumplimiento y ademas solicita la ejecucion de titulos judiciales en el orden civil y ante esta jurisdiccion insta una modificacion de medidas, es muy posible que ante la imposibilidad del progenitor custodio a relacionarse con el menor, se modificasen las medidas y se produciese un cambio de guardia y custodia, al fin y al cabo se debe recordar que es un derecho fundamental del menor el relacionarse con el progenitor no custodio
reconocido incluso en tratados internacionales.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.
03/01/2011 12:43
No soy jurista, pero por mi experiencia, pienso que hay que hacer todo lo que usted plantea, pero por orden.
Lo primero es denunciar el incumplimiento, aunque si no hay pruebas fehacientes y contundentes (cosa que es difícil como sea la palabra de uno contra la del otro), poco se podrá hacer.
Si hay varias denuncias presentadas por este motivo, pedir ejecución de sentencia, y posteriormente si se sigue incumpliendo o hay otros factores que puedan ser constitutivos de un cambio de custodia (al ser hombre su cliente tienen que ser hechos muy graves y demostrados por parte de la madre para que concedan el cambio de custodia, y aún así lo tendrá difícil), solicitar dicho cambio.
Saludos.
Incumplimiento regimen de visitas
03/01/2011 10:58
Estimados compañeros: Quisiera me dieseis vuestra opinión sobre cómo actuar en este caso:
Amén de las difilcutosas, por no decir traumáticas relaciones de mi cliente con su ex, se nos plantea el sempieterno asunto de la madre que tiene conferida la custodia de un menor y por todos los medios indispone a este contra su padre hasta el punto de que siempre se pone la excusa de que es el menor quien no quiere ver al padre para impedirle su derecho a las visitas y vacaciones.
Antes de estas navidades, le sugerí a mi cliente que requiriera a su ex, de forma fehaciente, a que según convenio le comunicase que fechas iba a disponer del menor. Lo hizo así, pero recibió la callada por respuesta, es decir no ha tenido consigo, una vez mas al menor en estas vacaciones. Nosotros vamos a solicitar la modificación de medidas por otros temas con un mayor de edad hijo tambien de ambos, pero mi duda es que debería de hacer con este tema de las visitas. Mi cliente cumple con las pensiones.
¿le escribo yo una carta advirtiendole de las consecuencias o las acciones que podemos entablar contra ella si sigue incumpliento el regimen de visitas?.. ¿Pido la ejecución de sentencia?; ¿Denuncio el incumplimiento?; ¿pido en la modificación de medidas la custodia del menor?...
Solo aclarar que se trata de un incumpliento reiterado con la excusa que antes dije pero que solo podemos acreditar en esta ocasión.
Muchas gracias por vuestras sugerencias al respecto.
Miguel A. (M&M Abogados)
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04/01/2011 21:25
No hay de que.
Un saludo y suerte.
04/01/2011 09:51
Pues creo que se me han aclarado muchas cosas. Os agradezco buestra opinión y ayuda.
03/01/2011 21:49
Hola.
Le adelanto que no soy abogado, pero llevo muchos años
lidiando en estos menesteres, el incumplimiento es denunciable en la via penal en concreto seria una falta de incumplimiento de las obligaciones familiares (art 618.2 C.P) que puede ser castigado con la pena de multa de 10 dias a dos meses, a razon de 4 a 20 euros por dia de multa, le aconsejaria que si usted quiere solicitar ejecucion de sentencia, actue antes en la via penal, es muy comun que los juzgados de orden civil, esperen a la resolucion de los incumplimientos para entonces si, ejecutar los titulos judiciales al existir sentencia firme en penal que condena por los incumplimientos, es muy aconsejable denunciar cada uno de los incumplimientos, si una vez ejecutada la sentencia en el orden civil, se repiten los incumplimientos, estos muchas veces ya no se procesan como faltas de incumplimiento, si no como delito de desobediencia a la autoridad (art 556C.P) que se castiga con las penas de prision de 6 meses a 1 año,
ademas si consige varias sentencias condenatorias por incumplimiento y ademas solicita la ejecucion de titulos judiciales en el orden civil y ante esta jurisdiccion insta una modificacion de medidas, es muy posible que ante la imposibilidad del progenitor custodio a relacionarse con el menor, se modificasen las medidas y se produciese un cambio de guardia y custodia, al fin y al cabo se debe recordar que es un derecho fundamental del menor el relacionarse con el progenitor no custodio
reconocido incluso en tratados internacionales.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.
03/01/2011 12:43
No soy jurista, pero por mi experiencia, pienso que hay que hacer todo lo que usted plantea, pero por orden.
Lo primero es denunciar el incumplimiento, aunque si no hay pruebas fehacientes y contundentes (cosa que es difícil como sea la palabra de uno contra la del otro), poco se podrá hacer.
Si hay varias denuncias presentadas por este motivo, pedir ejecución de sentencia, y posteriormente si se sigue incumpliendo o hay otros factores que puedan ser constitutivos de un cambio de custodia (al ser hombre su cliente tienen que ser hechos muy graves y demostrados por parte de la madre para que concedan el cambio de custodia, y aún así lo tendrá difícil), solicitar dicho cambio.
Saludos.
Incumplimiento regimen de visitas
03/01/2011 10:58
Estimados compañeros: Quisiera me dieseis vuestra opinión sobre cómo actuar en este caso:
Amén de las difilcutosas, por no decir traumáticas relaciones de mi cliente con su ex, se nos plantea el sempieterno asunto de la madre que tiene conferida la custodia de un menor y por todos los medios indispone a este contra su padre hasta el punto de que siempre se pone la excusa de que es el menor quien no quiere ver al padre para impedirle su derecho a las visitas y vacaciones.
Antes de estas navidades, le sugerí a mi cliente que requiriera a su ex, de forma fehaciente, a que según convenio le comunicase que fechas iba a disponer del menor. Lo hizo así, pero recibió la callada por respuesta, es decir no ha tenido consigo, una vez mas al menor en estas vacaciones. Nosotros vamos a solicitar la modificación de medidas por otros temas con un mayor de edad hijo tambien de ambos, pero mi duda es que debería de hacer con este tema de las visitas. Mi cliente cumple con las pensiones.
¿le escribo yo una carta advirtiendole de las consecuencias o las acciones que podemos entablar contra ella si sigue incumpliento el regimen de visitas?.. ¿Pido la ejecución de sentencia?; ¿Denuncio el incumplimiento?; ¿pido en la modificación de medidas la custodia del menor?...
Solo aclarar que se trata de un incumpliento reiterado con la excusa que antes dije pero que solo podemos acreditar en esta ocasión.
Muchas gracias por vuestras sugerencias al respecto.
Miguel A. (M&M Abogados)