Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

indemnizació por accidente de tráfico

3 Comentarios
 
Indemnizació por accidente de tráfico
26/01/2007 04:09
hace 15 semanas mi novia tuvo un accidente de tráfico, le golperaron por detrás, la otra compañia ya ha reconocido los daños materiales y nos han asignado un abogado para el latigazo cervical que tiene ella aunque estamos a la espera que el abogado reciba la docu... antes del accidente ella había pagado un curso que le había costado 500 €, dentro de 15 días nos casamos y también habíamos pagado un viaje que probablemente no podremos hacer...... en fin podemos reclamar los costes del viaje y el curso ya que la baja va para 15 dias mas como mínimo? gracias.
26/01/2007 14:57
Mucho ojo, lo que te voy a decir es más "filosófico" que "jurídico", ok?

Mira, entiendo que, en puridad, acorde con el 1902, podrías reclamar los daños y perjuicios derivados de, en este caso, el accidente que tuviste por culpa de un tercero, por lo que cabría reclamar los perjuicios que se han causado (viaje, curso, etc...)

Por otro lado, habría que tener en cuenta la proporcionalidad del resultado y la relación causa - efecto.

La cuestión es que si hablamos de un accidente en el que te golpean y tienes 15 días de baja y 1 punto de secuela (por ejemplo), te corresponde aprox. 1000 euros (me lo invento), y es un resultado más o menos acorde con el efecto.

Por otro lado, si esos 15 días de baja los tiene una persona con un sueldo de 1millón de euros mensual, le supondrán más dinero; pero de ahí a que por 1 punto y 15 días se pueda reclamar una cantidad desorbitada, hay una diferencia muy grande.

No me refiero a tu caso en concreto, me refiero en general, puesto que la pregunta que has hecho me parece, desde un punto de vista práctico, muy, pero que muy interesante.

ante todo, espero la pronta recuperación de tu novia.
27/01/2007 00:31
entiendo que tenemos derecho a reclamar el importe del curso mas el perjuicio causado, no? ya que lo tendrá que hacer el próximo año......
de momento el curso que pagó ya lo ha perdido ya que el fisio le ha dicho que para una pronta recuperación es mejor que no vaya ... por lo que ahora a esperar si en 15 dias se pone al 100%, ya que sino nos quedamos sin viaje de boda.... alguna suggerencia sobre que hacer?

otra pregunta, si el coche ha quedado sinistro total y la compañía solo me quiere pagar el valor venal del vehículo, que posibilidades tengo de ganar si les llevo a juicio? el coche es el medio para ir a trabajar y aunque tiene 7 años, solo tiene 60.000km y para nosotros es "quasi" nuevo. Agradeceré vuestros comentarios.

Con todo lo comentado anteriormente, que me aconsejáis en lo que se refiere al letrado, que me quede con el que me asigne la compañía o que coja un depredador que vaya a comisión?
27/01/2007 11:11
Por intentarlo que no quede. Me refiero al curso y al viaje. Pero habrá que acreditar que, a consecuencia del accidente, dicho curso y dicho viaje no pueden hacerse en otro momento y, lo más importante, que no se puden recupear las cantides pagadas por adelantado. De otro modo, sería un enriquecimiento injusto.

Por lo que respecta al coche, si ha quedado siniestro total y no siendo por tanto posible reclamar la reparación, se está al valor venal, mas el valor de afección más el valor de restos.

En cuanto a lo del abogado, existen dos tipos en cuanto a las Cías: los de defensa jurídica pura y dura y los que asigna la cía y que, además, representan a la cía. Si tu caso es el primero, es decir, tienes la defensa jurídica contratada en compañía distinta y exclusiva a tales efectos, no veo porqué no te has de quedar con ese letrado, pues no defiende más intereses que los tuyos, y no los de la cia de Respònsabilidad civil.

Si, por el contrario, el letrado que te asignan es el que, además, defiende los intereses de la Cia de Responsabilidad civil, y sin prejuzgar a ningún compañero, quizás fuese conveniente que contratases uno particular, que ha de pagar la Cia de RC. Más que nada porque a veces los intereses de la Cia no coinciden estrictamente con los de su asegurado, no porque los dignos compañeros de las RC no hagan bien su trabajo o sean sospechosos de nada, sino porque están preferentemente a los intereses de la cia y luego a los del asegurado.

Por otro lado, considero que un letrado que, además de por su trabajo realizado y con independencia de si gana o pierde, va a comisión no es ningún depredador y que todos los abogados, sean de cia, sean particulares, cobran además un plus por las cantidades conseguidas para el cliente, porque es lo habitual. Y que el cliente debiera estar satisfecho de que así sea porque, cuanto más consigue el abogado para el cliente más gana también él.
indemnizació por accidente de tráfico | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

indemnizació por accidente de tráfico

3 Comentarios
 
Indemnizació por accidente de tráfico
26/01/2007 04:09
hace 15 semanas mi novia tuvo un accidente de tráfico, le golperaron por detrás, la otra compañia ya ha reconocido los daños materiales y nos han asignado un abogado para el latigazo cervical que tiene ella aunque estamos a la espera que el abogado reciba la docu... antes del accidente ella había pagado un curso que le había costado 500 €, dentro de 15 días nos casamos y también habíamos pagado un viaje que probablemente no podremos hacer...... en fin podemos reclamar los costes del viaje y el curso ya que la baja va para 15 dias mas como mínimo? gracias.
26/01/2007 14:57
Mucho ojo, lo que te voy a decir es más "filosófico" que "jurídico", ok?

Mira, entiendo que, en puridad, acorde con el 1902, podrías reclamar los daños y perjuicios derivados de, en este caso, el accidente que tuviste por culpa de un tercero, por lo que cabría reclamar los perjuicios que se han causado (viaje, curso, etc...)

Por otro lado, habría que tener en cuenta la proporcionalidad del resultado y la relación causa - efecto.

La cuestión es que si hablamos de un accidente en el que te golpean y tienes 15 días de baja y 1 punto de secuela (por ejemplo), te corresponde aprox. 1000 euros (me lo invento), y es un resultado más o menos acorde con el efecto.

Por otro lado, si esos 15 días de baja los tiene una persona con un sueldo de 1millón de euros mensual, le supondrán más dinero; pero de ahí a que por 1 punto y 15 días se pueda reclamar una cantidad desorbitada, hay una diferencia muy grande.

No me refiero a tu caso en concreto, me refiero en general, puesto que la pregunta que has hecho me parece, desde un punto de vista práctico, muy, pero que muy interesante.

ante todo, espero la pronta recuperación de tu novia.
27/01/2007 00:31
entiendo que tenemos derecho a reclamar el importe del curso mas el perjuicio causado, no? ya que lo tendrá que hacer el próximo año......
de momento el curso que pagó ya lo ha perdido ya que el fisio le ha dicho que para una pronta recuperación es mejor que no vaya ... por lo que ahora a esperar si en 15 dias se pone al 100%, ya que sino nos quedamos sin viaje de boda.... alguna suggerencia sobre que hacer?

otra pregunta, si el coche ha quedado sinistro total y la compañía solo me quiere pagar el valor venal del vehículo, que posibilidades tengo de ganar si les llevo a juicio? el coche es el medio para ir a trabajar y aunque tiene 7 años, solo tiene 60.000km y para nosotros es "quasi" nuevo. Agradeceré vuestros comentarios.

Con todo lo comentado anteriormente, que me aconsejáis en lo que se refiere al letrado, que me quede con el que me asigne la compañía o que coja un depredador que vaya a comisión?
27/01/2007 11:11
Por intentarlo que no quede. Me refiero al curso y al viaje. Pero habrá que acreditar que, a consecuencia del accidente, dicho curso y dicho viaje no pueden hacerse en otro momento y, lo más importante, que no se puden recupear las cantides pagadas por adelantado. De otro modo, sería un enriquecimiento injusto.

Por lo que respecta al coche, si ha quedado siniestro total y no siendo por tanto posible reclamar la reparación, se está al valor venal, mas el valor de afección más el valor de restos.

En cuanto a lo del abogado, existen dos tipos en cuanto a las Cías: los de defensa jurídica pura y dura y los que asigna la cía y que, además, representan a la cía. Si tu caso es el primero, es decir, tienes la defensa jurídica contratada en compañía distinta y exclusiva a tales efectos, no veo porqué no te has de quedar con ese letrado, pues no defiende más intereses que los tuyos, y no los de la cia de Respònsabilidad civil.

Si, por el contrario, el letrado que te asignan es el que, además, defiende los intereses de la Cia de Responsabilidad civil, y sin prejuzgar a ningún compañero, quizás fuese conveniente que contratases uno particular, que ha de pagar la Cia de RC. Más que nada porque a veces los intereses de la Cia no coinciden estrictamente con los de su asegurado, no porque los dignos compañeros de las RC no hagan bien su trabajo o sean sospechosos de nada, sino porque están preferentemente a los intereses de la cia y luego a los del asegurado.

Por otro lado, considero que un letrado que, además de por su trabajo realizado y con independencia de si gana o pierde, va a comisión no es ningún depredador y que todos los abogados, sean de cia, sean particulares, cobran además un plus por las cantidades conseguidas para el cliente, porque es lo habitual. Y que el cliente debiera estar satisfecho de que así sea porque, cuanto más consigue el abogado para el cliente más gana también él.