Buenas tardes, El caso es de una empresa que llegó a un acuerdo de indemnización por despido improcedente en el Juzgado en abril /2021. La fecha del despido es de marzo/2020. Mi pregunta es: debo declarar esa indemnización en el Modelo 111 del II Trimestre de 2021? Es decir, que la trabajadora debe declarar en la renta del 2021 esa cantidad, no? Un saludo y gracias, Mily
Que alguien me corrija si me equivoco... Porque los días de universidad me quedan lejos.
Ese despido se haría de forma procedente al principio y se indemnizaría al empleado como tal. Aunque luego se fuese a conciliación y a juicio, al menos se produjo un pago ... Y tanto la empresa como en empleado tendrán que declararlo en el 2020, por ser el momento en que se produjo. Luego se ha ido a juicio, y la cantidad total de la indemnización ha pasado a ser más, por lo que entiendo que ese incremento en la indemnización es lo que debe declarar tanto la empresa como en el empleado como gastos/ingresos del 2021.
Nota: doy por hecho (lógico) que se produjo "movimiento de dinero" en el 2020...
La indemnización por despido improcedente, siempre que no supere los límites legales del ET, ni 180000 €, está exenta de tributación (si es por condena, acuerdo judicial o en el SMAC). En cuanto a declararla en el 111 y 190, a mi entender se deberá de hacer a la fecha del acuerdo judicial, pues antes no es posible ( no se conocía). Clave L (rentas exentas)
Hola.... después de concederme una incapacidad total por accidente laboral, reclamo la indemnización al seguro de la empresa que se niega a indemnizar por no ser incapacidad absoluta,pertenezco al convenio de pequeñas y medianas empresas del metal,en las coberturas de la póliza aparece la indemnización por incapacidad permanente total pero hay un apartado donde dice según certificado individual y es por ese apartado que no me la conceden,que no me pertenece nada si no es absoluta Mi pregunta es: como que estando en el convenio del metal a algunos le pertenece la indemnización y a otros no???es legal esto??
Y digo yo, qué tiene que ver su consulta con la que se inició el tema? Por otra parte está muy bien que nos diga el convenio pero sería necesario conocer la provincia, los convenios del comercio del metal son provinciales.
De nada, ahora bien, como le he dicho para responder a su consulta es necesario ver lo que dice su convenio y éste es provincial así que si no dice la provincia poco o nada se puede hacer