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Indemnización por fin contrato alquiler

2 Comentarios
 
Indemnización por fin contrato alquiler
14/09/2020 20:11
Hola,

Agradecería me pudieran resolver una duda respecto a una posible reclamación de indemnización en un contrato de arrendamiento, el cual se firmó el 1 de diciembre de 2017 y finalizó el 1 de Marzo de este año.

En la cláusula 1 del contrato dice:"El arrendamiento se establece por un plazo máximo de 3 años, a contar desde el día 1 de diciembre 2017. De acuerdo con la legislación vigente a la firma de este contrato los arrendatarios tendrán la facultad de su renovación anual hasta que el arrendamiento alcance la duración de 3 años; no habrá lugar a dicha renovación si los arrendatarios notificasen por escrito la renuncia con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas anuales. Una vez finalizado el plazo máximo de tres años, y siempre que no haya sido denunciado el contrato por cualquiera de las partes, este se prorrogará por un período de un año, consecutivamente".

Según la cláusula 2 del contrato que dice así: "Expresamente se pacta entre las partes un período mínimo de validez del contrato de 1 año, pero pasado el período mínimo de los seis primeros meses de obligatorio cumplimiento según la LAU, los arrendatarios podrán desistir en todo momento del contrato siempre que realice un preaviso con una antelación mínima de treinta días. En el caso de que no se hubiese realizado dicho preaviso en el tiempo convenido, la indemnización a pagar al arrendador se verá incrementada en la cantidad equivalente a un mes de renta por cada año del contrato que reste por cumplir".

Indicar que el preaviso se realizó a tiempo. A la vista de estas cláusulas y dado que la ex-inquilina no ha cumplido el último año al completo, ¿puedo reclamar indemnización?

Gracias, un saludo
14/09/2020 20:17
No, no puede reclamar indemnización alguna.
El contrato está muy mal escrito, pero al final lo que ocurre es que el contrato intenta establecer un régimen de indemnización peor que el previsto en la LAU, y eso es ilegal y por tanto la cláusula nula.
Pero aparte de eso es que la indemnización se prevé para el primer año, en tanto que ud. está intentando cobrar esa indemnización después de pasado el primer año de alquiler lo cual es ilegal.
No puede cobrar nada.
15/09/2020 09:47
Coincido completamente con la respuesta de leonjbr. Si ha cumplido el preaviso en plazo y forma, no hay nada que reclamar.
Indemnización por fin contrato alquiler | PorticoLegal
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Indemnización por fin contrato alquiler
14/09/2020 20:11
Hola,

Agradecería me pudieran resolver una duda respecto a una posible reclamación de indemnización en un contrato de arrendamiento, el cual se firmó el 1 de diciembre de 2017 y finalizó el 1 de Marzo de este año.

En la cláusula 1 del contrato dice:"El arrendamiento se establece por un plazo máximo de 3 años, a contar desde el día 1 de diciembre 2017. De acuerdo con la legislación vigente a la firma de este contrato los arrendatarios tendrán la facultad de su renovación anual hasta que el arrendamiento alcance la duración de 3 años; no habrá lugar a dicha renovación si los arrendatarios notificasen por escrito la renuncia con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas anuales. Una vez finalizado el plazo máximo de tres años, y siempre que no haya sido denunciado el contrato por cualquiera de las partes, este se prorrogará por un período de un año, consecutivamente".

Según la cláusula 2 del contrato que dice así: "Expresamente se pacta entre las partes un período mínimo de validez del contrato de 1 año, pero pasado el período mínimo de los seis primeros meses de obligatorio cumplimiento según la LAU, los arrendatarios podrán desistir en todo momento del contrato siempre que realice un preaviso con una antelación mínima de treinta días. En el caso de que no se hubiese realizado dicho preaviso en el tiempo convenido, la indemnización a pagar al arrendador se verá incrementada en la cantidad equivalente a un mes de renta por cada año del contrato que reste por cumplir".

Indicar que el preaviso se realizó a tiempo. A la vista de estas cláusulas y dado que la ex-inquilina no ha cumplido el último año al completo, ¿puedo reclamar indemnización?

Gracias, un saludo
14/09/2020 20:17
No, no puede reclamar indemnización alguna.
El contrato está muy mal escrito, pero al final lo que ocurre es que el contrato intenta establecer un régimen de indemnización peor que el previsto en la LAU, y eso es ilegal y por tanto la cláusula nula.
Pero aparte de eso es que la indemnización se prevé para el primer año, en tanto que ud. está intentando cobrar esa indemnización después de pasado el primer año de alquiler lo cual es ilegal.
No puede cobrar nada.
15/09/2020 09:47
Coincido completamente con la respuesta de leonjbr. Si ha cumplido el preaviso en plazo y forma, no hay nada que reclamar.