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indemnización por la venta de la casa de mi ex

3 Comentarios
 
Indemnización por la venta de la casa de mi ex
09/02/2007 17:02
vivo en la casa de mi ex por sentencia de separacion para uso y disfrute, ahora el quiere vender la casa y naturalmente debe indemnizarme para que yo la deje que se puede saber sobre ello?
si la vende tengo una parte o tanto por ciento. Por favor necesito respuesta.
Gracias
09/02/2007 19:10
Imagino que la vivienda es un bien privativo de tu ex. Si es así la puede vender cuando le de la gana y no tienes derecho a ninguna idemnización ni a ningún porcentaje de lo obtenido por la venta. Lo único es que el comprador tiene que respetar el uso y disfrute que tiene el menor sobre la casa.
09/02/2007 19:18
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
10/02/2007 12:47
Si es bien privativo no tiene nada que indemnizarte, si es de los dos, no podrá vender sin tu firma, pero creo que debes estar en el primer supuesto. El uso que te asigna el juzgado no es un derecho de usufructo ni un arrendamiento, sino una atribución temporal de esa vivienda al objeto de proteger la familia y que no os falte un techo. Coincido por tanto con Txemi.
Un saludo.
indemnización por la venta de la casa de mi ex | PorticoLegal
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Indemnización por la venta de la casa de mi ex
09/02/2007 17:02
vivo en la casa de mi ex por sentencia de separacion para uso y disfrute, ahora el quiere vender la casa y naturalmente debe indemnizarme para que yo la deje que se puede saber sobre ello?
si la vende tengo una parte o tanto por ciento. Por favor necesito respuesta.
Gracias
09/02/2007 19:10
Imagino que la vivienda es un bien privativo de tu ex. Si es así la puede vender cuando le de la gana y no tienes derecho a ninguna idemnización ni a ningún porcentaje de lo obtenido por la venta. Lo único es que el comprador tiene que respetar el uso y disfrute que tiene el menor sobre la casa.
09/02/2007 19:18
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Si es bien privativo no tiene nada que indemnizarte, si es de los dos, no podrá vender sin tu firma, pero creo que debes estar en el primer supuesto. El uso que te asigna el juzgado no es un derecho de usufructo ni un arrendamiento, sino una atribución temporal de esa vivienda al objeto de proteger la familia y que no os falte un techo. Coincido por tanto con Txemi.
Un saludo.