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Indemnización por trabajo en negro

4 Comentarios
 
Indemnización por trabajo en negro
10/07/2014 17:09
Tengo un cliente que tiene 4 años de antigüedad pertenece al CCT 130/75 empleado de comercio, vendedor categoría B, sueldo de bolsillo 4.085,17 ( sueldo blanqueado)le avisaron verbalmente que lo despiden al terminar este mes, trabajaba por la mañana en blanco medio día 4 hs y a la tarde en negro 2hs tengo que realizar la liquidación, alguien me puede dar una mano para estimar los montos indemnizatorios de los que estaría hablando. Muchas gracias.
11/07/2014 01:37
1º.- Debe denunciar ante la Seg Social esa infracotización.
2º.- Debemos saber que es lo que piensa su cliente si impugnar el despido o no, porque usted habla de liquidación pero entonces ¿estamos hablando de un despido o de una finalización de cto?
3º.-Tb debemos saber, si se trata de un despido, con que argumento, eds decir; objetivo por causas técnicas, organizativas, económicas o de producción o un despido disciplinario.
Según sea corresponden distintas indemnizaciones y según la calificación de procedente o improcedente.
Solo con saber el tiempo y el salario, por cierto eso de bolsillo ¿qué quiere decir? el neto o el bruto mensual, no se a mi me surgen muchas dudas.
SMO.
11/07/2014 11:55
1° El primer punto, me dije que debo denunciar ante el Minist. trab , emple y Seg social. Que debo denunciar?. Mi liquidación?

2°Mi cliente ante el aviso de despido realizamos la intimación correspondiente para que aclare el régimen en negro. Con copia a la aAFIP.

3°El argumento del empleado cambia de nombre la sociedad. Con ese fin. del dueño pasaría a la señora. eso es lo que le dijeron a mi cliente, a su ves despiden a otra persona más que también hace 5 años trabajaba con ellos.

4° Procedente o improcedente?

5° Básico

6° agradeceré mucho la información y su asesoramiento respecto a este caso.

La duda cierta mente radica en los montos indemnizatorios, yo realice los cálculos por trabajo en blanco y en negro, la (base y tope por el ministerio de trabajo empleo y seguridad social) separados y luego realice la suma indemnizatoria sin aplicar las multas, rondaban en los $60.000 pero otro colega las contemplo y no hizo división de trabajo en blanco y en negro, es decir hizo de cuenta que trabajaba una jornada normal de trabajo en su categoría es decir 8hs y realizo una liquidación de $140.000 con lo cual me pareció mucho a mi entender. Usted que opina?
11/07/2014 13:02
Me parece que debe realizar esta consulta en un foro de su país, ya que esta es español y tanto la normativa laboral como fiscal son completamente distintas.
11/07/2014 17:26
Pues si, ahora caigo, como le dice Noceda este es un foro español, usted hablandonos en $ esta claro que pertenece al continente americano.
Indemnización por trabajo en negro | PorticoLegal
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Indemnización por trabajo en negro
10/07/2014 17:09
Tengo un cliente que tiene 4 años de antigüedad pertenece al CCT 130/75 empleado de comercio, vendedor categoría B, sueldo de bolsillo 4.085,17 ( sueldo blanqueado)le avisaron verbalmente que lo despiden al terminar este mes, trabajaba por la mañana en blanco medio día 4 hs y a la tarde en negro 2hs tengo que realizar la liquidación, alguien me puede dar una mano para estimar los montos indemnizatorios de los que estaría hablando. Muchas gracias.
11/07/2014 01:37
1º.- Debe denunciar ante la Seg Social esa infracotización.
2º.- Debemos saber que es lo que piensa su cliente si impugnar el despido o no, porque usted habla de liquidación pero entonces ¿estamos hablando de un despido o de una finalización de cto?
3º.-Tb debemos saber, si se trata de un despido, con que argumento, eds decir; objetivo por causas técnicas, organizativas, económicas o de producción o un despido disciplinario.
Según sea corresponden distintas indemnizaciones y según la calificación de procedente o improcedente.
Solo con saber el tiempo y el salario, por cierto eso de bolsillo ¿qué quiere decir? el neto o el bruto mensual, no se a mi me surgen muchas dudas.
SMO.
11/07/2014 11:55
1° El primer punto, me dije que debo denunciar ante el Minist. trab , emple y Seg social. Que debo denunciar?. Mi liquidación?

2°Mi cliente ante el aviso de despido realizamos la intimación correspondiente para que aclare el régimen en negro. Con copia a la aAFIP.

3°El argumento del empleado cambia de nombre la sociedad. Con ese fin. del dueño pasaría a la señora. eso es lo que le dijeron a mi cliente, a su ves despiden a otra persona más que también hace 5 años trabajaba con ellos.

4° Procedente o improcedente?

5° Básico

6° agradeceré mucho la información y su asesoramiento respecto a este caso.

La duda cierta mente radica en los montos indemnizatorios, yo realice los cálculos por trabajo en blanco y en negro, la (base y tope por el ministerio de trabajo empleo y seguridad social) separados y luego realice la suma indemnizatoria sin aplicar las multas, rondaban en los $60.000 pero otro colega las contemplo y no hizo división de trabajo en blanco y en negro, es decir hizo de cuenta que trabajaba una jornada normal de trabajo en su categoría es decir 8hs y realizo una liquidación de $140.000 con lo cual me pareció mucho a mi entender. Usted que opina?
11/07/2014 13:02
Me parece que debe realizar esta consulta en un foro de su país, ya que esta es español y tanto la normativa laboral como fiscal son completamente distintas.
11/07/2014 17:26
Pues si, ahora caigo, como le dice Noceda este es un foro español, usted hablandonos en $ esta claro que pertenece al continente americano.