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indemnizacion

3 Comentarios
 
Indemnizacion
06/10/2010 19:26
buenas tardes:

necesitaria saber a ver si alguien me puede asesorar un poco.
En mi empresa queremos despedir a un trabajador el cual tiene un contrato de duracion determinada (codigo 401) nuestra empresa pertenece al sector de la construccion, mi consulta es la siguiente que tipo de indemnizacion le corresponde? tengo que aplicar lo que marca el convenio?

Este dice que le corresponde un 7% sobre los conceptos salariales.

y por ultimo tengo obligacion de hacerle un preaviso con 15 dias de antelacion a dia que cause baja en la empresa.

gracias de antemano
06/10/2010 19:35
¿Es un despido o un fin de obra?
Si es fin de obra, un 7 % de lo que haya ganado durante la vigencia del contrato. Y sí, debe de preavisarlo si el convenio así lo establece en caso de duraciones inferiores al año. En caso de duración superior al año, lo establece el propio estatuto.
Si es un despido la indemnización varía según el tipo de despido y la calificación del mismo, 20 días año o 45 días año.
07/10/2010 09:27
es por que ya no tenemos trabajo, es decir, la obra esta acabada.

muchisimas gracias.
07/10/2010 09:34
Si la obra está acabada, y el trabajador tiene contrato por esa obra, efectivamente debes pagarle una indemnización del 7% con un preaviso de quince días.
Si no es así, deberíais optar por un despido objetivo.
SALUDOS.
indemnizacion | PorticoLegal
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Indemnizacion
06/10/2010 19:26
buenas tardes:

necesitaria saber a ver si alguien me puede asesorar un poco.
En mi empresa queremos despedir a un trabajador el cual tiene un contrato de duracion determinada (codigo 401) nuestra empresa pertenece al sector de la construccion, mi consulta es la siguiente que tipo de indemnizacion le corresponde? tengo que aplicar lo que marca el convenio?

Este dice que le corresponde un 7% sobre los conceptos salariales.

y por ultimo tengo obligacion de hacerle un preaviso con 15 dias de antelacion a dia que cause baja en la empresa.

gracias de antemano
06/10/2010 19:35
¿Es un despido o un fin de obra?
Si es fin de obra, un 7 % de lo que haya ganado durante la vigencia del contrato. Y sí, debe de preavisarlo si el convenio así lo establece en caso de duraciones inferiores al año. En caso de duración superior al año, lo establece el propio estatuto.
Si es un despido la indemnización varía según el tipo de despido y la calificación del mismo, 20 días año o 45 días año.
07/10/2010 09:27
es por que ya no tenemos trabajo, es decir, la obra esta acabada.

muchisimas gracias.
07/10/2010 09:34
Si la obra está acabada, y el trabajador tiene contrato por esa obra, efectivamente debes pagarle una indemnización del 7% con un preaviso de quince días.
Si no es así, deberíais optar por un despido objetivo.
SALUDOS.