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indennizacion por ilt

3 Comentarios
 
Indennizacion por ilt
05/11/2006 23:40
sufri un accidente laboral en la empresa donde trabajaba.La empresa me pagó como pago delegado el 75% por ilt.Yo tenía entendido que cuando era accidente laboral se cobraba el 100%.¿Es esto cierto?


Un saludo
06/11/2006 08:44
Pues no, por accidente laboral la prestación es el 75% de la base reguladora (base de accidentes del mes anterior a la baja). Eso sí, desde el 1er. dia de baja ya se devenga la prestación.

Un saludo
06/11/2006 12:24
Pues si, yo cobro el 100%. Es según convenio 75% la mutua asquerosa y el 25% el empresario. Saludos y defiende tus intereses. LA MUTUA me denuncia y los paso por la piedra en primera instancia y en el superior son unas empresas sin animo de lucro que se rigen por lo económico. Si tienes FREMAP que DIOS te coja confesado.Saludos
07/11/2006 18:36
En una mezcla de las respuestas de Nando BCN y Alcoyano tienes la verdad.
Es un 75% de la base reguladora, pero en muchos convenios se establece que la empresa ha de complementar hasta el 100% en los casos de accidente de trabajo (algunos incluso en casos de enfermedad común).

Se trata entonces de ver si tu convenio establece dicho complemento.

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Indennizacion por ilt
05/11/2006 23:40
sufri un accidente laboral en la empresa donde trabajaba.La empresa me pagó como pago delegado el 75% por ilt.Yo tenía entendido que cuando era accidente laboral se cobraba el 100%.¿Es esto cierto?


Un saludo
06/11/2006 08:44
Pues no, por accidente laboral la prestación es el 75% de la base reguladora (base de accidentes del mes anterior a la baja). Eso sí, desde el 1er. dia de baja ya se devenga la prestación.

Un saludo
06/11/2006 12:24
Pues si, yo cobro el 100%. Es según convenio 75% la mutua asquerosa y el 25% el empresario. Saludos y defiende tus intereses. LA MUTUA me denuncia y los paso por la piedra en primera instancia y en el superior son unas empresas sin animo de lucro que se rigen por lo económico. Si tienes FREMAP que DIOS te coja confesado.Saludos
07/11/2006 18:36
En una mezcla de las respuestas de Nando BCN y Alcoyano tienes la verdad.
Es un 75% de la base reguladora, pero en muchos convenios se establece que la empresa ha de complementar hasta el 100% en los casos de accidente de trabajo (algunos incluso en casos de enfermedad común).

Se trata entonces de ver si tu convenio establece dicho complemento.