El remanente que haya en la libreta, le pertenece a la vivienda que usted ha comprado, no al anterior propietario. Por tanto, usted debe negarse a la cancelacion de dicha libreta.
hola buenas noches quisiera hacerles una consulta: el pasado dia diez del mes pasado me he comprado un piso que somos tres vecinos mas un almacen la pregunta es la siguiente: resulta que siempre an pagados los gastos seguro de comunidad luz y agua en una libreta a nombre de los tres. no tienen libro de actas ni nif. antes de que yo me comprara el piso se ve del que al del amacen de abajo tiene umedad en una pared y se ve que puede ser de algun tubo del desague de la comunidad pero dicen que si es por debajo del suelo puede que no entre en el seguro de continente de la comunidad yo tambien pago seguro de continente de mi piso. despues se ve del que la persona que me vendio el piso dicen que lo que hay acomulado en la libreta de pagos se lo quieren repartir a partes iguales y abrir una nueva anombre de los que somos ahora. quisiera saber si eso se puede hacer y si la rotura no entrara con el seguro y fuen anterior a la compra del piso tengo yo la obligacion de pagar o el anterior propietario.