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Información sobre comunidad de 244 vecinos.

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Información sobre comunidad de 244 vecinos.
29/12/2006 18:22
Me llamo Daniel.
Tengo un piso en Playa Paraíso-Tenerife Sur, en una comunidad de 244 viviendas distribuidas en 16 plantas.
Hoy en día casi todo está vendido como viviendas, cuando antes era un apart-hotel.

Todos hemos regularmente escriturado y tenemos una cedula de habitabilidad única/común para las 244 viviendas.
Cuando nos enseñaron y vendieron los pisos, nos dijeron que en la planta baja y sótano 1º. , estaban unos locales que se iban a vender o alquilar, sin crear molestias a los vecinos y por lo tanto no permitir actividades molestas y ruidosas.
En esto estamos de acuerdo todos los vecinos.

Tenemos dos piscinas, un bar que pertenece a las piscinas PRIVADAS y un gimnasio cerca del bar, en la planta inferior.
Todos pagamos la comunidad según los m2 de nuestras viviendas y para así poder disfrutar de todas las partes / zonas comunes que nos enseñaron en el momento de la venta.

Ahora, el Sr. Administrador quiere alquilar o vender el bar de la piscina junto al gimnasio y quiere permitir el paso a cualquier persona de la calle que quiera venir a tomar algo en el bar y disfrutar del gimnasio, que por cierto pertenece a la comunidad.

Hay que decir que la entrada al edificio es única y es el único acceso a las viviendas y demás.
Por lo tanto, los vecinos pensamos prohibir que entre gente que no pertenece a nuestra comunidad, poniendo en peligro la integridad de nuestras viviendas y la tranquilidad de nuestros hogares.

Además, el Sr. Administrador que nos dijo que habían plazas de aparcamiento para todos los propietarios, donde accedemos con una llave que abre una barrera o tocando al timbre el cual nos abre el portero, ahora dice que casi 2/3 de las plazas de parking van a ser puestas a la venta o alquiladas, ya que según él esa zona del recinto pertenece a otra finca y por eso tiene el derecho de venderlas a los propietarios de las viviendas.
También nos comenta que si ningún propietario quiere comprarlas, él las venderá a personas ajenas a la comunidad.

Todo el mundo está en contra, ya que no es lo que nos dijeron antes de la compra de nuestras viviendas y tememos que la venta de las plazas de parking sea ilegal, aunque pertenezcan a otra finca que no nos dijo que existía y que actualmente utilizamos normalmente como plazas de parking, sin que él nos lo prohíba.

MUY IMPORTANTE: Para acceder a esas plazas que dicho señor quiere poner a la venta o alquilar, hay que entrar / pasar por las demás plazas que, siempre según él, pertenecen a dos fincas registrales distintas.
Por lo tanto, para llegar a dichas plazas de parking, hay que acceder por nuestra finca.
¡¡¡No hay otra forma de entrar!!!

Por consiguiente, si él insistiera, los vecinos podríamos denegar el paso o acceso a dichas plazas de parking, ya que para acceder esos compradores tendrían que pasar por nuestra finca, ¿no es así?

También tenemos 3 servidores distintos de telefonía móvil encima del edificio, que aportan mucho dinero y algunas de las plazas de parking están alquiladas a unos rent a car de fuera.

¿¿¿Tenemos el derecho de pedir al administrador que nos detalles entradas y salidas y saber exactamente los gastos y beneficios que genera nuestra comunidad???

Por el tema seguridad o portería, también queremos poner una empresa de seguridad seria y no unos auxiliares que pasan de todo y de todos.
Queremos unos profesionales que hagan rondas por los pisos, con puntos de fichaje y un control de acceso riguroso exclusivo para los propietarios.

Esperamos nos puedan ayudar a aclarar estos temas y tal vez comunicarnos donde nos podemos informar sobre la ley horizontal para edificio de esta envergadura.
¿Será la misma que la de una comunidad pequeña?

Un saludo.

Daniel y vecinos.
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29/12/2006 18:22
Me llamo Daniel.
Tengo un piso en Playa Paraíso-Tenerife Sur, en una comunidad de 244 viviendas distribuidas en 16 plantas.
Hoy en día casi todo está vendido como viviendas, cuando antes era un apart-hotel.

Todos hemos regularmente escriturado y tenemos una cedula de habitabilidad única/común para las 244 viviendas.
Cuando nos enseñaron y vendieron los pisos, nos dijeron que en la planta baja y sótano 1º. , estaban unos locales que se iban a vender o alquilar, sin crear molestias a los vecinos y por lo tanto no permitir actividades molestas y ruidosas.
En esto estamos de acuerdo todos los vecinos.

Tenemos dos piscinas, un bar que pertenece a las piscinas PRIVADAS y un gimnasio cerca del bar, en la planta inferior.
Todos pagamos la comunidad según los m2 de nuestras viviendas y para así poder disfrutar de todas las partes / zonas comunes que nos enseñaron en el momento de la venta.

Ahora, el Sr. Administrador quiere alquilar o vender el bar de la piscina junto al gimnasio y quiere permitir el paso a cualquier persona de la calle que quiera venir a tomar algo en el bar y disfrutar del gimnasio, que por cierto pertenece a la comunidad.

Hay que decir que la entrada al edificio es única y es el único acceso a las viviendas y demás.
Por lo tanto, los vecinos pensamos prohibir que entre gente que no pertenece a nuestra comunidad, poniendo en peligro la integridad de nuestras viviendas y la tranquilidad de nuestros hogares.

Además, el Sr. Administrador que nos dijo que habían plazas de aparcamiento para todos los propietarios, donde accedemos con una llave que abre una barrera o tocando al timbre el cual nos abre el portero, ahora dice que casi 2/3 de las plazas de parking van a ser puestas a la venta o alquiladas, ya que según él esa zona del recinto pertenece a otra finca y por eso tiene el derecho de venderlas a los propietarios de las viviendas.
También nos comenta que si ningún propietario quiere comprarlas, él las venderá a personas ajenas a la comunidad.

Todo el mundo está en contra, ya que no es lo que nos dijeron antes de la compra de nuestras viviendas y tememos que la venta de las plazas de parking sea ilegal, aunque pertenezcan a otra finca que no nos dijo que existía y que actualmente utilizamos normalmente como plazas de parking, sin que él nos lo prohíba.

MUY IMPORTANTE: Para acceder a esas plazas que dicho señor quiere poner a la venta o alquilar, hay que entrar / pasar por las demás plazas que, siempre según él, pertenecen a dos fincas registrales distintas.
Por lo tanto, para llegar a dichas plazas de parking, hay que acceder por nuestra finca.
¡¡¡No hay otra forma de entrar!!!

Por consiguiente, si él insistiera, los vecinos podríamos denegar el paso o acceso a dichas plazas de parking, ya que para acceder esos compradores tendrían que pasar por nuestra finca, ¿no es así?

También tenemos 3 servidores distintos de telefonía móvil encima del edificio, que aportan mucho dinero y algunas de las plazas de parking están alquiladas a unos rent a car de fuera.

¿¿¿Tenemos el derecho de pedir al administrador que nos detalles entradas y salidas y saber exactamente los gastos y beneficios que genera nuestra comunidad???

Por el tema seguridad o portería, también queremos poner una empresa de seguridad seria y no unos auxiliares que pasan de todo y de todos.
Queremos unos profesionales que hagan rondas por los pisos, con puntos de fichaje y un control de acceso riguroso exclusivo para los propietarios.

Esperamos nos puedan ayudar a aclarar estos temas y tal vez comunicarnos donde nos podemos informar sobre la ley horizontal para edificio de esta envergadura.
¿Será la misma que la de una comunidad pequeña?

Un saludo.

Daniel y vecinos.