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Información sobre vados y aceras en Parla

4 Comentarios
 
26/03/2013 13:37
domi1234,
Ningun vecino por tener un familiar municipal puede pintar de amarillo una calle para que nadie aparque, si lo hace comete una infracción y perfectamente podeis denunciarle el resto de los vecinos ante el ayuntamiento ó su policia municipal.
El pintado de amarillo de una calle es una señalización vial y corresponde al propio ayuntamiento, todas las señalizaciones viables deben aplicarse de forma posterior a un estudio tecnico, se supone pues no es raro ver en todos los municipios señalizaciones y edificaciones efectuadas sin fundamento alguno.
Dudo mucho que un vecino se arriesgue a ser sancionado por pintar unas señalizaciones viales ilegales, no obstante puede dirigirse al ayuntamiento para que desde urbanismo le confirmen si esa linea amarilla ha sido aplicada por el ayuntamiento ó si ha sido pintada por el vecino de forma ilegal, si es ilegal puede estar tranquilo por que nadie le podrá denunciar por una señalización ilegal y fuera de normativa.
En cualquier caso, en materia de estacionamientos, en parla, como en muchos otros municipios la policia municipal es muy permisiva, no tiene sentido que le denuncien por aparcar en linea amarilla si no impide transito a vehiculos y personas, aunque con la normativa en la mano, ser denunciable, seria denunciable.
Un abrazo.
25/03/2013 21:36
Es normal que los vecinos por tener un hijo municipal pinten de amarillo media calle o casi completa para que nadie aparque?? además de amenazar con que los van a denunciar si aparcan en zona amarilla..vaya es para verlo en fotos...¿a qué ley debo acudir para darles a conocer la realidad en la que deben vivir?..Gracias de antemano.
23/09/2010 10:13
Curro,
Intuyo que eres uno de los afectados y por los detalles de la vía, tipo de bordillo y terminación del rebaje, hasta juraría que somos vecinos.
Veras, yo soy también uno de los afectados, además de abogado colegiado, por ello te digo que pagar vas a tener que pagar, luego una vez que pagues podrás reclamar todo lo que quieras.
No quiero entrar en desprestigiar públicamente la acción de ningún ayuntamiento en un foro publico, solamente te señalo que la actual gestión del Ayuntamiento de Parla y de sus servicios municipales deja muchísimo que desear, la propia Comunidad Autónoma de Madrid parece ser que va a tener que tomar cartas en el asunto debido a las numerosas quejas que esta recibiendo de sus ciudadanos.
Si quieres que te indique como poder actuar para que al menos puedas hacer uso de tus derechos puedes ponerte en contacto conmigo en abel_bartolome@terra.es, ojo de forma totalmente desinteresada, que aunque soy abogado colegiado también soy vecino de Parla y mi único interés es que todos podamos vivir en paz y tranquilo en nuestro municipio.
Un abrazo.
10/09/2007 23:49
Entiendo que debe impugnar la mencionada ordenanza, puesto que el ayuntamiento en caso de uso "fraudulento" del acceso a garajes por las aceras de viviendas particulares solo puede recurrir a "sancionar" la actividad si lo prueba, pero no a dar de alta al más puro estilo del oeste para RECAUDAR más , puesto que son incapaces de gestionar lo que necesita el municipio con los otros arbitrios y tasas.

Salvo mejor opinión
Información sobre vados y aceras en parla
06/09/2007 19:53
El ayuntamiento de Parla, está procediendo a cobrar las tasas de vado permanente de los garajes a los propietarios de chalets en varias urbanizaciónes de Parla incluso sin que éstos hayan solicitado la correspondiente licencia. Para ello, se vale de el artículo 6 de la ordenanza de vados que se puede consultar en esta dirección de Internet:

http://www.parla.es/

"causaran alta de oficio, en el Padrón Fiscal correspondiente, los garajes, aparcamientos, gasolineras, estaciones de servicio, locales o viviendas cuyos titulares no hubieran solicitado la autorización y la Administración Municipal tuviera conocimiento, a través de los servicios de inspección o por denuncia, del uso particular de la acera y/o vía pública para entrada y salida de vehículos."

Sin entrar a cuestionar la legalidad de este párrafo de la ordenanza, el proceso de dar de alta de oficio es un procedimiento administrativo en el cual el ayuntamiento se salta total y absolutamente la ley de Procedimiento Administrativo. Puesto que pretende cobrar directamente las liquidaciones sin las preceptivas notificaciones a los interesados, fases de alegaciones, informar de la propuesta previa de resolución o de la propia resolución, etc.

Por otro lado, los vados permanentes no existen como tales, técnicamente, puesto que la obra de urbanización ha dejado aceras cuyos bordillos no son aptos para el transito de vehículos ni de personas (con el consiguiente peligro de caídas o torceduras en el último caso) ya que dichos bordillos están diseñados para isletas de la calzada en glorietas y similares. Las características de los bordillos pueden comprobarse mediante la norma UNE 127025:1999 o la actual norma europea UNE EN 1340:2004.

Al no existir los vados ni para garajes ni para pasos peatonales, haberse hecho unas aceras demasiado estrechas y no haberse tenido en cuenta tampoco las características de los bordillos, el Ayuntamiento de Parla y la dirección facultativa que dirigió la obra de urbanización, como agentes firmantes en su momento del correspondiente acta de recepción de la obra, son también responsables del incumplimiento de la Ley 8/1993, de 22 de junio sobre Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas. Dicha ley expresa de forma inequívoca:

Artículo 5. Itinerarios peatonales

1. El trazado y diseño de los itinerarios públicos o privados de uso comunitario, destinados al tráfico de peatones o al tráfico mixto de peatones y vehículos, se realizará de forma que resulten accesibles a cualquier persona, debiendo tenerse en cuenta, para ello, entre otros parámetros, la anchura mínima de paso libre de cualquier obstáculo, los grados de inclinación de los desniveles y las características de los bordillos.

El Ayuntamiento de Parla ha incumplido igualmente la vigente Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid respecto a las obligaciones que tiene de control, inspección, etc. de las actuaciones urbanísticas dentro del municipio.

Por razones de espacio y no aburrirles a ustedes, no se mencionan más detalles técnicos o legales. Simplemente hemos querido informarles de forma veraz sobre esta desidia urbanística del Ayuntamiento de Parla.

No pretendo a través de este escrito menoscabar la imagen del Ayuntamiento de Parla puesto que nadie duda de su capacidad para obrar correctamente y en interés de los ciudadanos como ya ha quedado demostrado en otros ámbitos como el terreno social.

Simplemente me gustaría que las cosas se hicieran bien.

Un saludo y gracias de antemano.

Curro.

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4 Comentarios
 
26/03/2013 13:37
domi1234,
Ningun vecino por tener un familiar municipal puede pintar de amarillo una calle para que nadie aparque, si lo hace comete una infracción y perfectamente podeis denunciarle el resto de los vecinos ante el ayuntamiento ó su policia municipal.
El pintado de amarillo de una calle es una señalización vial y corresponde al propio ayuntamiento, todas las señalizaciones viables deben aplicarse de forma posterior a un estudio tecnico, se supone pues no es raro ver en todos los municipios señalizaciones y edificaciones efectuadas sin fundamento alguno.
Dudo mucho que un vecino se arriesgue a ser sancionado por pintar unas señalizaciones viales ilegales, no obstante puede dirigirse al ayuntamiento para que desde urbanismo le confirmen si esa linea amarilla ha sido aplicada por el ayuntamiento ó si ha sido pintada por el vecino de forma ilegal, si es ilegal puede estar tranquilo por que nadie le podrá denunciar por una señalización ilegal y fuera de normativa.
En cualquier caso, en materia de estacionamientos, en parla, como en muchos otros municipios la policia municipal es muy permisiva, no tiene sentido que le denuncien por aparcar en linea amarilla si no impide transito a vehiculos y personas, aunque con la normativa en la mano, ser denunciable, seria denunciable.
Un abrazo.
25/03/2013 21:36
Es normal que los vecinos por tener un hijo municipal pinten de amarillo media calle o casi completa para que nadie aparque?? además de amenazar con que los van a denunciar si aparcan en zona amarilla..vaya es para verlo en fotos...¿a qué ley debo acudir para darles a conocer la realidad en la que deben vivir?..Gracias de antemano.
23/09/2010 10:13
Curro,
Intuyo que eres uno de los afectados y por los detalles de la vía, tipo de bordillo y terminación del rebaje, hasta juraría que somos vecinos.
Veras, yo soy también uno de los afectados, además de abogado colegiado, por ello te digo que pagar vas a tener que pagar, luego una vez que pagues podrás reclamar todo lo que quieras.
No quiero entrar en desprestigiar públicamente la acción de ningún ayuntamiento en un foro publico, solamente te señalo que la actual gestión del Ayuntamiento de Parla y de sus servicios municipales deja muchísimo que desear, la propia Comunidad Autónoma de Madrid parece ser que va a tener que tomar cartas en el asunto debido a las numerosas quejas que esta recibiendo de sus ciudadanos.
Si quieres que te indique como poder actuar para que al menos puedas hacer uso de tus derechos puedes ponerte en contacto conmigo en abel_bartolome@terra.es, ojo de forma totalmente desinteresada, que aunque soy abogado colegiado también soy vecino de Parla y mi único interés es que todos podamos vivir en paz y tranquilo en nuestro municipio.
Un abrazo.
10/09/2007 23:49
Entiendo que debe impugnar la mencionada ordenanza, puesto que el ayuntamiento en caso de uso "fraudulento" del acceso a garajes por las aceras de viviendas particulares solo puede recurrir a "sancionar" la actividad si lo prueba, pero no a dar de alta al más puro estilo del oeste para RECAUDAR más , puesto que son incapaces de gestionar lo que necesita el municipio con los otros arbitrios y tasas.

Salvo mejor opinión
Información sobre vados y aceras en parla
06/09/2007 19:53
El ayuntamiento de Parla, está procediendo a cobrar las tasas de vado permanente de los garajes a los propietarios de chalets en varias urbanizaciónes de Parla incluso sin que éstos hayan solicitado la correspondiente licencia. Para ello, se vale de el artículo 6 de la ordenanza de vados que se puede consultar en esta dirección de Internet:

http://www.parla.es/

"causaran alta de oficio, en el Padrón Fiscal correspondiente, los garajes, aparcamientos, gasolineras, estaciones de servicio, locales o viviendas cuyos titulares no hubieran solicitado la autorización y la Administración Municipal tuviera conocimiento, a través de los servicios de inspección o por denuncia, del uso particular de la acera y/o vía pública para entrada y salida de vehículos."

Sin entrar a cuestionar la legalidad de este párrafo de la ordenanza, el proceso de dar de alta de oficio es un procedimiento administrativo en el cual el ayuntamiento se salta total y absolutamente la ley de Procedimiento Administrativo. Puesto que pretende cobrar directamente las liquidaciones sin las preceptivas notificaciones a los interesados, fases de alegaciones, informar de la propuesta previa de resolución o de la propia resolución, etc.

Por otro lado, los vados permanentes no existen como tales, técnicamente, puesto que la obra de urbanización ha dejado aceras cuyos bordillos no son aptos para el transito de vehículos ni de personas (con el consiguiente peligro de caídas o torceduras en el último caso) ya que dichos bordillos están diseñados para isletas de la calzada en glorietas y similares. Las características de los bordillos pueden comprobarse mediante la norma UNE 127025:1999 o la actual norma europea UNE EN 1340:2004.

Al no existir los vados ni para garajes ni para pasos peatonales, haberse hecho unas aceras demasiado estrechas y no haberse tenido en cuenta tampoco las características de los bordillos, el Ayuntamiento de Parla y la dirección facultativa que dirigió la obra de urbanización, como agentes firmantes en su momento del correspondiente acta de recepción de la obra, son también responsables del incumplimiento de la Ley 8/1993, de 22 de junio sobre Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas. Dicha ley expresa de forma inequívoca:

Artículo 5. Itinerarios peatonales

1. El trazado y diseño de los itinerarios públicos o privados de uso comunitario, destinados al tráfico de peatones o al tráfico mixto de peatones y vehículos, se realizará de forma que resulten accesibles a cualquier persona, debiendo tenerse en cuenta, para ello, entre otros parámetros, la anchura mínima de paso libre de cualquier obstáculo, los grados de inclinación de los desniveles y las características de los bordillos.

El Ayuntamiento de Parla ha incumplido igualmente la vigente Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid respecto a las obligaciones que tiene de control, inspección, etc. de las actuaciones urbanísticas dentro del municipio.

Por razones de espacio y no aburrirles a ustedes, no se mencionan más detalles técnicos o legales. Simplemente hemos querido informarles de forma veraz sobre esta desidia urbanística del Ayuntamiento de Parla.

No pretendo a través de este escrito menoscabar la imagen del Ayuntamiento de Parla puesto que nadie duda de su capacidad para obrar correctamente y en interés de los ciudadanos como ya ha quedado demostrado en otros ámbitos como el terreno social.

Simplemente me gustaría que las cosas se hicieran bien.

Un saludo y gracias de antemano.

Curro.