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Ingreso a su hijo de la manutención sin mi consentimiento

10 Comentarios
 
08/02/2018 16:10
Susana2016
Hola Susana2016,
Teniendo en cuenta los ingresos que ha indicado creo que a su hijo podrían concederle alguna beca del ministerio de educación:
"https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/estudiantes/becas-ayudas/para-estudiar/universidad/grado/becas-generales-universitarias.html#dg"
De momento, al padre no está obligado a pasar más pensión de la que le asignaron en su día, salvo que ponga una demanda de modificación de medidas para revisarla y se lo concedan, pero no es fácil. Hay que tener en cuenta que los padres no están por ley obligados a pagar los estudios universitarios a los hijos, solo a su manutención.
Le deseo mucha suerte.
08/02/2018 15:29
sarapiki
Hola si yo ya no tengo la custodia legal de mi hijo, tendrían que asignarme una manutención para el , y tendría que independizarse y si no le llega para poder estudiar y vivir , le dijimos que lo deje o lo pagamos los padres a medias.Es contradictorio el padre no tiene que pagar sus estudios al 50 % la madre no tiene manutención asignada y si el niño se lo gasta en juerga.... Quien paga? Que conste que en sentencia pone que los gastos escolares serán tomados como extraordinarios y fue un mutuo acuerdo de hace 10 años .
08/02/2018 15:17
Susana2016
Creo que todos entendemos que, una vez cumplida la mayoria de edad, tambien queda sin efecto el derecho de visitas que en su dia se establecio en convenio o sentencia, y, sin embargo, no es necesario acudir a una modificacion de medidas para declararlo extinguido. Pues el hecho de dejar de ingresar a la madre custodia (que ya no es madre custodia) la pension de alimentos, puede considerarse exactamente igual. Insisto, lo importante es que la pension se ponga a disposicion del hijo al que se le ha reconocido la misma
08/02/2018 15:13
Susana2016
En este caso, coincido con el abogado de Susana2016.
Cierto que se venia considerando necesario solicitar modificacion de medidas para ingresar la pension a los hijos directamente, pero ultimamente va cambiando la tendencia en el sentido de considerar que, ya que la pension es para los hijos, una vez desaparecida la figura de la custodia, se puede ingresar directamente, sin necesidad de tramite previo de modificacion.

Es evidente que, ese dinero, el hijo tiene que entender que es para su manutencion, no para salir de juerga... La mejor solucion seria que, una vez ingresado en la cuenta del hijo, éste se lo transfiera a la madre y que ella siga administrandolo, y de esta manera evitar un conflicto con el padre. A fin de cuentas, se trata de cumplir con la obligacion de alimentos ¿no?
08/02/2018 15:03
Susana2016
Hola Susana2016,
Espero que ese "abogado" no le haya cobrado mucho por la consulta. Yo he oído opiniones contrarias ya de varios abogados. Creo que debería consultar a otro.
Evidentemente la pensión que ingresa el padre es para su hijo, no para usted por muy poco que cobre, pero si quiere dársela directamente al hijo debería presentar demanda de modificación de medidas.
Respecto a si debe o no contribuir con los gastos universitarios, en principio no, salvo que en su sentencia de divorcio diga lo contrario. Aunque conozco algún caso que, demanda de modificación mediante, consiguieron que el padre pagara la universidad. Pero este padre tenía unos ingresos mucho más elevados.
Le deseo mucha suerte.
08/02/2018 14:12
Susana2016
Hola,y gracias a todos por sus comentarios, hoy he ido a un abogado, y el me dijo que si que podía hacerlo y sobre todo por que me mandó un correo avisando que no la ingresó en mi cuenta, que da igual que yo me negara y es más que no tiene obligación a aportar nada extraordinario por el niño al estudiar fuera aunque ponga en sentencia que los gastos derivados por estudio se calificaran como extraordinario. El cobra 1700 euros y yo 578 , ya no se que hacer , fue muy tajante el abogado.
08/02/2018 11:05
mirarhaciadelante
Yo tampoco soy abogado, solo un estudioso de las leyes. Y si lee usted bien mi comentario, podrá ver que decimos exactamente lo mismo. Cito textualmente de mi comentario:

"...la mayoría de los Juzgados opina que el pago de la pensión de alimentos directamente a los hijos incumple la sentencia o el convenio regulador que se hubiera dictado en su momento, y que por lo tanto no es válido"
08/02/2018 10:57
Susana2016
Hola Susana2016,
Creo que su ex no ha hecho las cosas correctamente y al menos debería haber solicitado su consentimiento. Pero personalmente lo que haría sería ingresar una cantidad equivalente a la del padre (o lo que buenamente pueda) en la cuenta de su hijo, y dejar que se administre él solito. Es una buena lección de vida dejar que vayan aprendiendo a regular sus gastos y administrarse y saber lo que valen las cosas. Pero esto sólo es una opinión personal.
Le deseo mucha suerte.
08/02/2018 10:50
Wolframio85
Hola Wolframio85,
Perdón que disienta, ya sé que es usted abogado y yo no. Pero por lo que me han dicho ya varios abogados, incluido el "mío", mientras haya una sentencia que diga que la pensión se pasa a la madre o al padre (el que tuviera la custodia en su momento) así debe seguir siendo.
Si el padre en este caso quiere pasarla directamente al hijo debería solicitar modificación de medidas. Tal como lo ha hecho la madre podría solicitar ejecución de sentencia por impago de la pensión, considerando que la transferencia que le ha hecho es un regalo al hijo a parte de la pensión.
Salvo mejor opinión contrastada y repito, perdón si me equivoco.
07/02/2018 18:28
Susana2016
Con independencia de la edad del hijo, la mayoría de los Juzgados opina que el pago de la pensión de alimentos directamente a los hijos incumple la sentencia o el convenio regulador que se hubiera dictado en su momento, y que por lo tanto no es válido.

Sin embargo, y en sentido contrario, hay juzgados ( en menor número) que consideran que sería válida la entrega de la pensión de alimentos a los hijos mayores cuando éstos declaran haberla recibido.
Ingreso a su hijo de la manutención sin mi consentimiento
07/02/2018 18:21
Buenas tardes , el caso es que el padre de mis hijos le ha ingresado a uno de ellos la parte proporcional de la manutención en su cuenta sin mi consentimiento ni el de su hijo, el tiene 19 años y está estudiando fuera y yo le pago todos sus gastos, piso agua comida fotocopias etc....y en sentencia pone desde hace años que se ingresará en la cuenta de la madre , tengo entendido que para hacer eso tiene que haber una modificación de medidas pedida por el padre, es cierto? O puede hacerlo cuando él quiera? Gracias de antemano ,
Ingreso a su hijo de la manutención sin mi consentimiento | PorticoLegal
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Ingreso a su hijo de la manutención sin mi consentimiento

10 Comentarios
 
08/02/2018 16:10
Susana2016
Hola Susana2016,
Teniendo en cuenta los ingresos que ha indicado creo que a su hijo podrían concederle alguna beca del ministerio de educación:
"https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/estudiantes/becas-ayudas/para-estudiar/universidad/grado/becas-generales-universitarias.html#dg"
De momento, al padre no está obligado a pasar más pensión de la que le asignaron en su día, salvo que ponga una demanda de modificación de medidas para revisarla y se lo concedan, pero no es fácil. Hay que tener en cuenta que los padres no están por ley obligados a pagar los estudios universitarios a los hijos, solo a su manutención.
Le deseo mucha suerte.
08/02/2018 15:29
sarapiki
Hola si yo ya no tengo la custodia legal de mi hijo, tendrían que asignarme una manutención para el , y tendría que independizarse y si no le llega para poder estudiar y vivir , le dijimos que lo deje o lo pagamos los padres a medias.Es contradictorio el padre no tiene que pagar sus estudios al 50 % la madre no tiene manutención asignada y si el niño se lo gasta en juerga.... Quien paga? Que conste que en sentencia pone que los gastos escolares serán tomados como extraordinarios y fue un mutuo acuerdo de hace 10 años .
08/02/2018 15:17
Susana2016
Creo que todos entendemos que, una vez cumplida la mayoria de edad, tambien queda sin efecto el derecho de visitas que en su dia se establecio en convenio o sentencia, y, sin embargo, no es necesario acudir a una modificacion de medidas para declararlo extinguido. Pues el hecho de dejar de ingresar a la madre custodia (que ya no es madre custodia) la pension de alimentos, puede considerarse exactamente igual. Insisto, lo importante es que la pension se ponga a disposicion del hijo al que se le ha reconocido la misma
08/02/2018 15:13
Susana2016
En este caso, coincido con el abogado de Susana2016.
Cierto que se venia considerando necesario solicitar modificacion de medidas para ingresar la pension a los hijos directamente, pero ultimamente va cambiando la tendencia en el sentido de considerar que, ya que la pension es para los hijos, una vez desaparecida la figura de la custodia, se puede ingresar directamente, sin necesidad de tramite previo de modificacion.

Es evidente que, ese dinero, el hijo tiene que entender que es para su manutencion, no para salir de juerga... La mejor solucion seria que, una vez ingresado en la cuenta del hijo, éste se lo transfiera a la madre y que ella siga administrandolo, y de esta manera evitar un conflicto con el padre. A fin de cuentas, se trata de cumplir con la obligacion de alimentos ¿no?
08/02/2018 15:03
Susana2016
Hola Susana2016,
Espero que ese "abogado" no le haya cobrado mucho por la consulta. Yo he oído opiniones contrarias ya de varios abogados. Creo que debería consultar a otro.
Evidentemente la pensión que ingresa el padre es para su hijo, no para usted por muy poco que cobre, pero si quiere dársela directamente al hijo debería presentar demanda de modificación de medidas.
Respecto a si debe o no contribuir con los gastos universitarios, en principio no, salvo que en su sentencia de divorcio diga lo contrario. Aunque conozco algún caso que, demanda de modificación mediante, consiguieron que el padre pagara la universidad. Pero este padre tenía unos ingresos mucho más elevados.
Le deseo mucha suerte.
08/02/2018 14:12
Susana2016
Hola,y gracias a todos por sus comentarios, hoy he ido a un abogado, y el me dijo que si que podía hacerlo y sobre todo por que me mandó un correo avisando que no la ingresó en mi cuenta, que da igual que yo me negara y es más que no tiene obligación a aportar nada extraordinario por el niño al estudiar fuera aunque ponga en sentencia que los gastos derivados por estudio se calificaran como extraordinario. El cobra 1700 euros y yo 578 , ya no se que hacer , fue muy tajante el abogado.
08/02/2018 11:05
mirarhaciadelante
Yo tampoco soy abogado, solo un estudioso de las leyes. Y si lee usted bien mi comentario, podrá ver que decimos exactamente lo mismo. Cito textualmente de mi comentario:

"...la mayoría de los Juzgados opina que el pago de la pensión de alimentos directamente a los hijos incumple la sentencia o el convenio regulador que se hubiera dictado en su momento, y que por lo tanto no es válido"
08/02/2018 10:57
Susana2016
Hola Susana2016,
Creo que su ex no ha hecho las cosas correctamente y al menos debería haber solicitado su consentimiento. Pero personalmente lo que haría sería ingresar una cantidad equivalente a la del padre (o lo que buenamente pueda) en la cuenta de su hijo, y dejar que se administre él solito. Es una buena lección de vida dejar que vayan aprendiendo a regular sus gastos y administrarse y saber lo que valen las cosas. Pero esto sólo es una opinión personal.
Le deseo mucha suerte.
08/02/2018 10:50
Wolframio85
Hola Wolframio85,
Perdón que disienta, ya sé que es usted abogado y yo no. Pero por lo que me han dicho ya varios abogados, incluido el "mío", mientras haya una sentencia que diga que la pensión se pasa a la madre o al padre (el que tuviera la custodia en su momento) así debe seguir siendo.
Si el padre en este caso quiere pasarla directamente al hijo debería solicitar modificación de medidas. Tal como lo ha hecho la madre podría solicitar ejecución de sentencia por impago de la pensión, considerando que la transferencia que le ha hecho es un regalo al hijo a parte de la pensión.
Salvo mejor opinión contrastada y repito, perdón si me equivoco.
07/02/2018 18:28
Susana2016
Con independencia de la edad del hijo, la mayoría de los Juzgados opina que el pago de la pensión de alimentos directamente a los hijos incumple la sentencia o el convenio regulador que se hubiera dictado en su momento, y que por lo tanto no es válido.

Sin embargo, y en sentido contrario, hay juzgados ( en menor número) que consideran que sería válida la entrega de la pensión de alimentos a los hijos mayores cuando éstos declaran haberla recibido.
Ingreso a su hijo de la manutención sin mi consentimiento
07/02/2018 18:21
Buenas tardes , el caso es que el padre de mis hijos le ha ingresado a uno de ellos la parte proporcional de la manutención en su cuenta sin mi consentimiento ni el de su hijo, el tiene 19 años y está estudiando fuera y yo le pago todos sus gastos, piso agua comida fotocopias etc....y en sentencia pone desde hace años que se ingresará en la cuenta de la madre , tengo entendido que para hacer eso tiene que haber una modificación de medidas pedida por el padre, es cierto? O puede hacerlo cuando él quiera? Gracias de antemano ,