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Ingreso en prision por impago de multa ?

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26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
13/06/2007 17:20
De verdad que estoy alucinando..., con la justicia en este pais.

Por una ridicula falta, si no pagas la indemnización y la multa, te vas a la carcel, por días, pero a la carcel ... aunque no tengas dinero

En cambio si eres insolvente y dejas de pagar a una persona una cantidad importante, ningún problema, como eres insolvente.

No lo entiendo.

Porque te pueden obligar a 1º pagar la indemnización y la multa lo último, para poder meterte en la carcel si no tienes dinero?

Madre mía, que injusticia. En mi caso hablamos de una multa de 200 euros (12 días subsidiarios), y la indemnización (gafas, ropa y rasguño), 1800 euros. Que gracia no?
13/06/2007 15:15
Disculpa, a quién dices que han condenado a 16 días de prisión? Que yo sepa eso no es posible, pero tú dirás. Saludos.
perfil JCV
13/06/2007 14:19
Si por esa causa se condena a una persona a 16 días de prisión, ¿Cómo opera el artículo 36 CP, que dice que la pena de prisión tendrá una duración mínima de 3 meses?
13/06/2007 13:02
Efectivamente, Fitonito. Según el artículo 126 del Código Penal los pagos que se efectúen por el penado o el responsable civil subsidiario se imputarán por el orden siguiente:

1. A la reparación del daño causado e indemnización de los perjuicios.

2. A la indemnización al Estado por el importe de los gastos que se hubieran hecho por su cuenta en la causa.

3. A las costas del acusador particular o privado cuando se impusiere en la sentencia su pago.

4. A las demás costas procesales, incluso las de la defensa del procesado, sin preferencia entre los interesados.

5. A la multa.

Además, cuando el delito hubiere sido de los que sólo pueden perseguirse a instancia de parte, se satisfarán las costas del acusador particular con preferencia a la indemnización del Estado.

Saludos.
13/06/2007 12:15
Gracias lagunalegal, pero me dicen que es imposible pagar solo la multa, ya que si ingreso el importe de la multa toda o a plazos, el juzgado lo contabiliza como indemnización. Es cierto?
13/06/2007 10:41
El artículo 53 del CP regula la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, a razón de un día por cada dos cuotas no satisfechas que se puede cumplir en régimen de arrestos de fin de semana o incluso en trabajos en beneficio de la comunidad.
Perefectamente puedes pedir el pago a plazos.
Y en cuanto a la indemnización, si no tienes ahora, se te declarará en insolvencia, a esperas de que vengas a mejor fortuna. Es decir, en cuanto trabajes te embargarán la parte que legalmente corresponda segun las escalas que determina la Ley.
Ingreso en prision por impago de multa ?
13/06/2007 10:25
Es ciento que si no pagas una multa porque no puedes, no tienes dinero, entras a la carcel por responsabilidad subsidiaria???
Y si pudes pagar la multa a plazos pero la indemnización te es totalmente imposible?
Puedes pagar sólo la multa? Gracias.
ES MUY URGENTE