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Inicio del cómputo para cancelar antecedentes penales
14/08/2017 16:11
el 8 de enero del 2015 se dicto auto de sentencia firme en ejecutoria en el que se me condenada a 8 meses de prision,en el mismo auto se indicaba que se me suspendia la pena a prision con la condicion de no delinquir en dos años
el 28 de enero del 2015 se me notifico en el juzgado de paz de este auto.
3 meses mas tarde me llamo el abogado para decir que el fiscal habia recurrido el auto de suspension del juez dado que en la sentencia señalaba que todavia faltaban por pagar 300 euros de responsabilidad civil,el juez no estaba en lo cierto dado que yo habia pagado todo un
mes antes de ese auto,entonces mi abogado debio presentar el justificante del ingreso.
Entonces el abogado via email me mando en agosto del 2015 un auto en el que el juez archivaba el caso dado que estaba pagada la responsabilidad civil y la multa.
Por lo que supongo que en una fecha anterior al archivo el juez debio de no aceptar el recurso del
fiscal.
Entonces mi duda es cual es la fecha de inicio para computar los antecedentes penales?
tengo claro que el plazo es de 2 años y 8 meses(dado que al ser una condena inferior a un año los antecedentes cancelan a los dos años,pero primero hay que esperar a que cumpla la
condena de 8 meses)
Pero tengo la duda de cual es s la fecha inicial que se toma en cuenta para cancelar los antecedentes penaleso,no se si empieza en la fecha del auto de suspension,sino desde la fecha que me notificaron a mi el auto de suspension o sino desde la fecha en la que el juez no debio de aceptar el recurso al auto de suspension del fiscal.
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el 8 de enero del 2015 se dicto auto de sentencia firme en ejecutoria en el que se me condenada a 8 meses de prision,en el mismo auto se indicaba que se me suspendia la pena a prision con la condicion de no delinquir en dos años
el 28 de enero del 2015 se me notifico en el juzgado de paz de este auto.
3 meses mas tarde me llamo el abogado para decir que el fiscal habia recurrido el auto de suspension del juez dado que en la sentencia señalaba que todavia faltaban por pagar 300 euros de responsabilidad civil,el juez no estaba en lo cierto dado que yo habia pagado todo un
mes antes de ese auto,entonces mi abogado debio presentar el justificante del ingreso.
Entonces el abogado via email me mando en agosto del 2015 un auto en el que el juez archivaba el caso dado que estaba pagada la responsabilidad civil y la multa.
Por lo que supongo que en una fecha anterior al archivo el juez debio de no aceptar el recurso del
fiscal.
Entonces mi duda es cual es la fecha de inicio para computar los antecedentes penales?
tengo claro que el plazo es de 2 años y 8 meses(dado que al ser una condena inferior a un año los antecedentes cancelan a los dos años,pero primero hay que esperar a que cumpla la
condena de 8 meses)
Pero tengo la duda de cual es s la fecha inicial que se toma en cuenta para cancelar los antecedentes penaleso,no se si empieza en la fecha del auto de suspension,sino desde la fecha que me notificaron a mi el auto de suspension o sino desde la fecha en la que el juez no debio de aceptar el recurso al auto de suspension del fiscal.