Gracias a los dos. Si me habéis ayudado, por supuesto.
Yo sé que mi falta grave (sigo diciendo que según ellos) me pone la primera de la lista para que ellos se desprendan de gente, que es al fin y al cabo lo que están haciendo. Lo único que quería saber era si por ser procedente no me quedaría el paro... Pero si me decís que cualquier despido, sea improcedente, procedente, disciplinario u objetivo, genera derecho a paro... pues resuelto está.
Vamos a ver, si estamos hablando que la empresa tiene problemas económicos y debido a esto te comunica un despido: estamos ante un despido objetivo. Este tipo de despidos deben comunicarse con un preaviso de 30 días, por escrito y justificando las causas al trabajador. Se genera derecho a indemnización (de 20 días de salario por año de servicio, máximo 12 mensualidades) y por supuesto se tiene derecho a desempleo. Ahora bien, si la empresa te comunica lo que se denomina un despido disciplinario (derivado de ,por ejemplo, la comisión de una falta sancionable con el despido -cosa que se regulará claramente en el convenio-), si es un despido debidamente justificado y tu estás conforme, es despido será efectivo, no se genera derecho a indemnización, aunque sí a desempleo. (siempre que estamos ante un despido, se genera derecho a desempleo)
trabajo en una empresa que, como todas, se ve afectada por la crisis. Se está llevando a cabo una restructuración de la empresa y se están efectuando despidos improcedentes. A mí se me amonestó en Enero de éste año con una falta grave, por causas que ahora serían muy largas de contar. El caso es que sé que seré una de las siguientes en salir de la empresa y, seguramente, lo hagan con un despido procedente, según ellos. Me gustaría saber, si se da el caso del despido procedente, a qué tengo derecho yo? A finiquito entiendo que no... pero a paro? Tengo contrato indefinido. Gracias