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Inmuebles a efecto de a actividades económicas

2 Comentarios
 
Inmuebles a efecto de a actividades económicas
29/04/2020 10:58
Tengo un garaje que siempre ha estado a disposicion de los sus titulares hasta el 2019 que lo pusimos para poder alquilarlo pero ha estado vacio todo el año y no lo hemos alquilado,en la declaracion de este año en la declaracion lo he puesto en el apartado inmuebles a efecto de actividades economicas,tengo dudas ahora si lo he echo bien y si tendria que a verlo dado de alta o hacer el formulario 36 o 37 de hacienda,no se,pensaba que solo tendria que demostrar que estaba para alquilarlo de otras formas o maneras.
Si esta mal echa la declaracion ,¿tendria que hacer una complementaria?
Un saludo
29/04/2020 12:13
goyoaor
Pues no lo ha hecho bien.


El sistema es el siguiente:


En el caso de que la plaza o plazas, con un máximo de dos, se haya adquirido de manera conjunta con la vivienda habitual y estén en el mismo edificio que ésta, se considerarán como una parte más de esa vivienda habitual. Usted debe hacer constar su existencia identificándolas en el apartado de Datos Adicionales a la Vivienda habitual de la declaración de la Renta. Pero esa identificación no implica pagar impuestos extra por ellas.


No ocurre lo mismo si la plaza de garaje está separada del edificio de la vivienda habitual o se ha adquirido de manera independiente. En este caso, se consideran como una vivienda independiente y habrá que identificarlas en la declaración con su propia referencia catastral y, al igual que se hace con una vivienda de vacaciones, se debe identificar al propietario y la dirección en la que se encuentra en la casilla denominada “Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares o arrendados o cedidos a terceros”.


La tributación de las plazas de garaje está ligada al régimen de imputación de rentas, que puede variar entre el 1,1% y el 2,2% de su valor catastral en función de si la localidad en la que está situada ha revisado o no este valor. Este es su caso en 2019.


¿Qué ocurre si la plaza está alquilada? En este caso, los beneficios de ese alquiler se consideran rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF, y hay que hacerlos constar como tal en la declaración.


Para calcularlos habrá que restar a los ingresos los gastos deducibles, en caso de que haya y la cuantía final se anota en la base general al tipo que corresponda a cada contribuyente.



Si la plaza de párking se alquila de manera separada a una vivienda, es necesario tributar por IVA trimestralmente (marzo-julio-octubre y enero).



Si la plaza de garaje se alquila como anexo de un alquiler de una vivienda, el alquiler del garaje estará exento de IVA.
29/04/2020 12:47
Oblomochia
Gacias por responder
La plaza de garaje es solo de una persona 100% ,esta comprada independiente y no tiene que ver nada con mi vivienda habitual,no esta ni en el mismo inmueble o edificio,tambien se reflejo su referencia catrastal,pero no la señale como Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares o arrendados o cedidos a terceros”,si no en el apartado Inmuebles a efecto de a actividades económicas o inmueble objeto de arrendamiento de negocio ,parece que lo hice mal por que pensaba alquilarla creyendo que era esa opcion de la renta web
Siendo asi como dice ¿que puedo hacer?
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Inmuebles a efecto de a actividades económicas
29/04/2020 10:58
Tengo un garaje que siempre ha estado a disposicion de los sus titulares hasta el 2019 que lo pusimos para poder alquilarlo pero ha estado vacio todo el año y no lo hemos alquilado,en la declaracion de este año en la declaracion lo he puesto en el apartado inmuebles a efecto de actividades economicas,tengo dudas ahora si lo he echo bien y si tendria que a verlo dado de alta o hacer el formulario 36 o 37 de hacienda,no se,pensaba que solo tendria que demostrar que estaba para alquilarlo de otras formas o maneras.
Si esta mal echa la declaracion ,¿tendria que hacer una complementaria?
Un saludo
29/04/2020 12:13
goyoaor
Pues no lo ha hecho bien.


El sistema es el siguiente:


En el caso de que la plaza o plazas, con un máximo de dos, se haya adquirido de manera conjunta con la vivienda habitual y estén en el mismo edificio que ésta, se considerarán como una parte más de esa vivienda habitual. Usted debe hacer constar su existencia identificándolas en el apartado de Datos Adicionales a la Vivienda habitual de la declaración de la Renta. Pero esa identificación no implica pagar impuestos extra por ellas.


No ocurre lo mismo si la plaza de garaje está separada del edificio de la vivienda habitual o se ha adquirido de manera independiente. En este caso, se consideran como una vivienda independiente y habrá que identificarlas en la declaración con su propia referencia catastral y, al igual que se hace con una vivienda de vacaciones, se debe identificar al propietario y la dirección en la que se encuentra en la casilla denominada “Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares o arrendados o cedidos a terceros”.


La tributación de las plazas de garaje está ligada al régimen de imputación de rentas, que puede variar entre el 1,1% y el 2,2% de su valor catastral en función de si la localidad en la que está situada ha revisado o no este valor. Este es su caso en 2019.


¿Qué ocurre si la plaza está alquilada? En este caso, los beneficios de ese alquiler se consideran rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF, y hay que hacerlos constar como tal en la declaración.


Para calcularlos habrá que restar a los ingresos los gastos deducibles, en caso de que haya y la cuantía final se anota en la base general al tipo que corresponda a cada contribuyente.



Si la plaza de párking se alquila de manera separada a una vivienda, es necesario tributar por IVA trimestralmente (marzo-julio-octubre y enero).



Si la plaza de garaje se alquila como anexo de un alquiler de una vivienda, el alquiler del garaje estará exento de IVA.
29/04/2020 12:47
Oblomochia
Gacias por responder
La plaza de garaje es solo de una persona 100% ,esta comprada independiente y no tiene que ver nada con mi vivienda habitual,no esta ni en el mismo inmueble o edificio,tambien se reflejo su referencia catrastal,pero no la señale como Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares o arrendados o cedidos a terceros”,si no en el apartado Inmuebles a efecto de a actividades económicas o inmueble objeto de arrendamiento de negocio ,parece que lo hice mal por que pensaba alquilarla creyendo que era esa opcion de la renta web
Siendo asi como dice ¿que puedo hacer?