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Inquilino deja alquiler a los 5 meses de iniciar contrato.

5 Comentarios
 
12/09/2017 09:38
leonjbr
Muchísimas gracias por vuestra ayuda y colaboración,gracias a este foro podemos encontrar solucion a nuestros problemas.
De nuuevo gracias y un saludo.
11/09/2017 17:01
Jotav
Se trata del art. 11 LAU del 94 en su redacción de 5 de junio de 2013. Busquela en internet escribiendo en google "lau noticias juridiicas" y ahi puede verlo.
11/09/2017 16:26
Jotav
Buenos días, me gustaría me indicaseis cuál es el artículo de la LAU al que tengo que hacer referencia para cobrar al inquilino el sexto mes íntegro, solo me ha abonado los 15 días primeros de septiembre y se marchará el 15 de septiembre pienso cobrar el resto del alquiler a cargo de la fianza.
Esta consulta hace referencia a la primera que hice el 18 de agosto del 2017.Gracias por adelantado,un saludo.
22/08/2017 08:08
leonjbr
Muchas gracias por tu aclaración,asi lo haré,me encargaré de que abone el sexto mes integro.
18/08/2017 17:26
Jotav
Lo más que puede reclamarle es el sexto mes que es el último obligatorio para él. La cláusula que indica que el año es obligatorio es nula, porque contraviene lo dispuesto en la LAU que dice que después del sexto mes el inquilino puede irse cuando quiera.
Inquilino deja alquiler a los 5 meses de iniciar contrato.
18/08/2017 08:37
Buenos dias la consulta es la siguiente como arrendador alquilé una vivienda,con fecha 1/04/17 en el dia de ayer me comunica el inquilino que el 15/09/17 abandona la vivienda,y el último mes me abonará la mitad,yo le contesté que haga un escrito y la fianza se la dare cuando me la devuelva el IVIMA.
La duracion del contrato literal
es la siguiente: la duración del contrato se pacta en un año plazo que se prorrogará obligatoriamente para el arrendador por anualidades sucesivas hasta cumplir 3 años salvo que el arrendatario notifique su voluntad de no renovarlo con 30 días de antelación como mínimo el vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de las prórrogas.
Tanto el plazo pasado como las porras anuales, si se producen, serán obligatorios para ambas partes contratantes.
Con este contrato que puedo reclamarle y como debo reclamarselo,minimo 6 meses lleva 5 pagados,,,,
Gracias por adelantado,un saludo
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Inquilino deja alquiler a los 5 meses de iniciar contrato.

5 Comentarios
 
12/09/2017 09:38
leonjbr
Muchísimas gracias por vuestra ayuda y colaboración,gracias a este foro podemos encontrar solucion a nuestros problemas.
De nuuevo gracias y un saludo.
11/09/2017 17:01
Jotav
Se trata del art. 11 LAU del 94 en su redacción de 5 de junio de 2013. Busquela en internet escribiendo en google "lau noticias juridiicas" y ahi puede verlo.
11/09/2017 16:26
Jotav
Buenos días, me gustaría me indicaseis cuál es el artículo de la LAU al que tengo que hacer referencia para cobrar al inquilino el sexto mes íntegro, solo me ha abonado los 15 días primeros de septiembre y se marchará el 15 de septiembre pienso cobrar el resto del alquiler a cargo de la fianza.
Esta consulta hace referencia a la primera que hice el 18 de agosto del 2017.Gracias por adelantado,un saludo.
22/08/2017 08:08
leonjbr
Muchas gracias por tu aclaración,asi lo haré,me encargaré de que abone el sexto mes integro.
18/08/2017 17:26
Jotav
Lo más que puede reclamarle es el sexto mes que es el último obligatorio para él. La cláusula que indica que el año es obligatorio es nula, porque contraviene lo dispuesto en la LAU que dice que después del sexto mes el inquilino puede irse cuando quiera.
Inquilino deja alquiler a los 5 meses de iniciar contrato.
18/08/2017 08:37
Buenos dias la consulta es la siguiente como arrendador alquilé una vivienda,con fecha 1/04/17 en el dia de ayer me comunica el inquilino que el 15/09/17 abandona la vivienda,y el último mes me abonará la mitad,yo le contesté que haga un escrito y la fianza se la dare cuando me la devuelva el IVIMA.
La duracion del contrato literal
es la siguiente: la duración del contrato se pacta en un año plazo que se prorrogará obligatoriamente para el arrendador por anualidades sucesivas hasta cumplir 3 años salvo que el arrendatario notifique su voluntad de no renovarlo con 30 días de antelación como mínimo el vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de las prórrogas.
Tanto el plazo pasado como las porras anuales, si se producen, serán obligatorios para ambas partes contratantes.
Con este contrato que puedo reclamarle y como debo reclamarselo,minimo 6 meses lleva 5 pagados,,,,
Gracias por adelantado,un saludo