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Inquilino Moroso

2 Comentarios
 
Inquilino moroso
12/10/2003 16:37
alquilo a traves de una inmobiliaria un piso de mi propiedad, a una persona, esta al cabo de 6 meses viviendo deja de pagar, me pongo en contacto con la inmobiliaria y me dicen que eso ya es cosa mia, que su funcion acaba en el momento que me encuentran inquilino y se llevan ellos la comision (la cuantia es un mes de alquiler, mitad del arrendador, mitad del arrendatario), asi se tira 3 meses (sin pagar) hasta que de forma correcta lo convenzo para que se vaya. ¿como puedo reclamar lo que me debe si no se ni donde vive y donde trabaja?
13/10/2003 18:00
La inmobiliaria tiene razón. Para cobrar, mi experiencia me dice que ni lo intentes, dalo por perdido y para otra vez, ten encunta que la LAU te permite, porque no impide, además de la fianza legal que habrá que depositar en el Organismo correspondiente de la Comunidad Autonoma, exigir más fianza, como avales. Te digo lo de que te olvides de cobrar, porque con paradero desconocido te vas a gastar más dinero en publicar edictos en el BOP. Y sólo en el caso de que sepas que tiene bienes podrás intentarlo, pero así ya conocerias el domicilio, y podrias intertar un proceso monitorio que en principio no necesita abogado y procurador.
Espero que te sirva.
Saludos
13/10/2003 21:24
Gracias, ya me temia que no iba a pillar un euro.
pero a partir de ahora paso de arrendar mi casa.
gracias
Inquilino Moroso | PorticoLegal
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Inquilino moroso
12/10/2003 16:37
alquilo a traves de una inmobiliaria un piso de mi propiedad, a una persona, esta al cabo de 6 meses viviendo deja de pagar, me pongo en contacto con la inmobiliaria y me dicen que eso ya es cosa mia, que su funcion acaba en el momento que me encuentran inquilino y se llevan ellos la comision (la cuantia es un mes de alquiler, mitad del arrendador, mitad del arrendatario), asi se tira 3 meses (sin pagar) hasta que de forma correcta lo convenzo para que se vaya. ¿como puedo reclamar lo que me debe si no se ni donde vive y donde trabaja?
13/10/2003 18:00
La inmobiliaria tiene razón. Para cobrar, mi experiencia me dice que ni lo intentes, dalo por perdido y para otra vez, ten encunta que la LAU te permite, porque no impide, además de la fianza legal que habrá que depositar en el Organismo correspondiente de la Comunidad Autonoma, exigir más fianza, como avales. Te digo lo de que te olvides de cobrar, porque con paradero desconocido te vas a gastar más dinero en publicar edictos en el BOP. Y sólo en el caso de que sepas que tiene bienes podrás intentarlo, pero así ya conocerias el domicilio, y podrias intertar un proceso monitorio que en principio no necesita abogado y procurador.
Espero que te sirva.
Saludos
13/10/2003 21:24
Gracias, ya me temia que no iba a pillar un euro.
pero a partir de ahora paso de arrendar mi casa.
gracias