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Inquilino que no me paga.

13 Comentarios
 
Inquilino que no me paga.
07/03/2009 13:44
Buenas. Quería contactar con algún abogado para que me de su opinión. Bien en Septiembre del 2008, tenía un piso alquilado a un chico ( con su contrato ...); me entero que sub-arrienda el piso, me voy a un abogado para denunciarlo, y me entrega las llaves. Bien ahora viene el problema, se quedan en ese piso, una pareja. Fui donde un abogado y me aconseja que les haga contrato. Al final, les hago un contrato, y ya esta.
-Mi primera pregunta es hice bien en hacerles contrato, o les podía echar directamente a la calle.

Ahora viene el meollo de la cuestión, me han pagado todo correctamente, los meses octubre, noviembre... Pero el mes de febrero, marzo... no me han pagado ( ni alquiler, ni luz, ni gas....). Me presento en su casa, y lo único que me dicen es que yo quiero dinero; y que me van a denunciar, por perdirles dinero; que aunque gane, el juicio no se van a ir; que la casa es suya.
Que puedo hacer para echarles, ya que tengo todo legal, tengo un contrato de un año firmado, por ellos. La vivienda es mia...
He ido al abogado y dice que les va a hacer una carta, para que me entreguen las llaves, es correcto, eso. Por que creo que no tienen intención de irse.
Por favor, necesito una respuesta.
07/03/2009 22:12
no soy abogado, creo que cometiste un error cuando te entregaron las llaves, esa pareja no debia permanecer en tu casa, comentas que les ha hecho contrato, ¿has solicitado aval bancario? Si es asi, vete al banco y ejecutalo y luego gestiona un desahucio, y que no te importe que te denuncie, en base a que van a hacerlo? Otra cosa la luz, agua, gas son servicios que el inquilino debe de poner a su nombre.
07/03/2009 23:13
ve a un abogado para que les lleve a juicio porque no pagan,incluyendo luz, agua y gas, (para el próximo alquiler recuerda poner a nombre del inquilino estos servicios pues dejar de pagarlos se considera acto hostil contra el inquilino,no así si estan a su nombre)
lamentablemente si tienen contrato y se ponen bravos vas a sufrir por echarlos,paciencia y asesórate.si tienes suerte y te devuelven las llaves con la carta del abogado pues eso que te ahorras,importante cumplir los plazos avisar de que se vayan un mes antes de finalizar contrato de un año (eso creo ) ,tambien te recomiendo que te enteres si son insolventes pues reclamar la deuda puede ser largo y tedioso.tu abogado te asesorara bien pues el primer tramite es el correcto.suerte
08/03/2009 11:21
Pero ellos han incumplido un contrato; en dicho contrato, se lee claramente que me pagaran mensualmente la renta, la luz, gas, el agua y otros gastos ( como la comunidad...). Eso se lo han pasado por los mismisimos.
Además en el contrato pone claramente que no se admiten animales en el piso, y tienen un perro; que incluso me llamaron la atención. Ya que es un perro violento ( un pitbull). Les llame la atención y me dijeron que ellos lo tenían en el coche...
He hablado con algunas personas y me han recomendado un abogado; me dicen que el proceso será de unos 2 a 3 meses aproximadamente. Pero lo fundamental es llegar con ellos a un acuerdo, para que desalojen la vivienda; según tengo entendido. Si no se llega a ningún acuerdo ir a juicio.
09/03/2009 17:50
En cuanto a si hicieste bien o mal en arrendarles el piso, probablemente el abogado te lo aconsejó para evitar un desahucio en precario, y disponer de contrato para que en caso de impago, puedas desahuciarles.

Si usted tiene contrato de arrendamiento con ellos, en el que se estipula la renta, y los servicios y suministros que han de pagar, no tiene ningún problema, ante la falta de pago usted puede instar resolución del contrato y desahucio de los arrendatarios.

No se deje impresionar por sus amenazas totalmente carentes de fundamento alguno.

Está bien intentar la resolución extrajudicial. Se debe mandar un burofax con certificado de texto y acuse de recibo requiriendo exactamente la cantidad que adeudan y los conceptos. Es importante que el requerimiento esté bien redactado si queremos evitar la enervación. Debe constar la advertencia de la imposibilidad de enervar si transcurren dos meses desde el requerimiento y la interposición de la demanda. Debe constar con claridad en plazo que se les concede para abonar la deuda.

Si transcurrido el plazo concedido para el pago no han liquidado su deuda usted tiene dos alternativas:

1º. Interponer inmediantamente la demanda de desahucio acumulando o no la reclamación de rentas. En este casp debe saber que el arrendatario puede ENERVAR la acción, es decir, depositar bien judicialmente, ante notario o en su cuenta, las cantidades debidas hasta el día d ela vista, por lo que el Juez declararía no haber lugar al desahucio, pero usted cobra lo que se le debe.

2º. Dejar transcurrir dos meses desde la notificación del burofax y la interposición de la demanda. En este caso no cabe la enervación, es decir, aunque los arrendatarios paguen lo que deben, el Juez declararía el desahucio.

En el auto admitiendo a trámite la demanda se señala día para el lanzamiento para el caso de que acordada la resolución del contrato y desalojo del inmueble, los arrendatarios no se fueran.

Transcurridos 20 días desde la notificación de la sentencia, si los arrendatarios no hubieran abandonado el inmueble o se hubieran ido pero no le hubieran entregado las llaves o las hubieran depositado en el Juzgado, habría que solicitar ejecución de la sentencia, pidiendo el lanzamiento d elos demandados o puesta a su disposición de la vivienda. el día señalado en el auto se persona usted junto con su abogado y/o procurador, oficial del Juzgado y la policía municipal y bien se lanza a los arrendatarios si siguen dentro o, si no hay nadie, se le pone el piso a su disposición.
IMPORTANTE: al lanzamiento acuda con CERRAJERO para cambiar la cerradura, ya que en el momento en que el Juzgado le da la posesión del piso, acaba el juicio, y si los arrendatarios vuelven a entrar tendría que iniciar desahucio en precario.
SI CREE QUE NO HAN ABANDONADO LA VIVIENDA ACUDA CON FURGONETA O MEDIO DE TRANSPORTE Y CAJAS PARA GUARDAR TODO LO QUE HAYA DEL ARRENDATARIO EN LA VIVIENDA Y NO RENUNCIE a ello, para depositarlo en el organismo municipal oportuno, pues de lo contrarioo no podrá practicarse el lanzamiento.

al menos en Madrid, no se puede dejar las cosas en la calle y tenemos que acudir con furgoneta para llevarnos las cosas del arrendatario y depositarlas en el almacén de la Villa.

Espero que la información sea de su utilidad.
19/03/2009 13:02
Finalmente tras mandar el burofax, y no recibir respuesta. Mi abogada ha decidido denunciarles. Para lo cual, me ha pedido fotocopias de recibos, que no han pagado, como de gas, luz... ( le haré fotocopias de los recibos que manda las compañias de gas...); además de recibos de renta, que tiene sin pagar, son los recibos que hago yo cuando alguién me paga algo; de los que venden en quioscos... ya que según ella también son válidos..

Mi pregunta es esta; ella me comento que si depositan, todo lo que no me han pagado el el juzgado. El juicio se suspende; y seguirá todo igual. Ahora bien quiero echarlos; ya que me han comentado que estan subarrendando el piso.
Qué tendría que hacer, por ejemplo, si me entregan llaves, y hay alguién viviendo, que lo hayan metido ellos. Cúal sería entonces el paso a serguir.
23/03/2009 17:49
Lo que supongo que le ha dicho su abogada es que no habiendo atendido el requerimiento de pago efectuado, si no han transcurrido dos meses desde la recepción del burofax y la interposición de la demanda de desahucio, los arrendatarios pueden consignar lo que deben, en cuyo caso el Juez tendría por ENERVADA LA ACCIÓN, lo que significa que se acuerdo no haber lugar al desahucio y usted cobraría todo lo que se le debe.

Para evitar la enervación tienen que transcurrir dos meses desde la recepción del burofax y la interposición de la demanda sin que en ese tiempo los arrendatarios hayan pagado lo que deben. En ese caso, interpuesta la demanda, aunque los arrendatarios pagasen el Juez decretaría el desahucio. Tenga en cuenta, de todas formas, que la enervación sólo se permite una vez.

Una vez iniciado el Juicio, la resolución del contrato principal conlleva la resolución del subarriendo, y el día del lanzamiento se "lanza" a todos los que estén en la casa.

Iniciado el procedimiento yo no daría por resuelto el contrato hasta no tener la certeza de que el piso está libre de bienes, enseres y personas.
24/03/2009 11:48
Oye pero cuánto tiempo tardaría en que se les deshaucie. Supongamos que no quieren pagar. Cuanto tiempo debera pasar.
Además si pagan, hay que tener en cuenta que se les va a juntar ya el mes de abril, el cual deberan también pagarlo.
La abogada me dice un tiempo. Luego me habla de dos meses... cuanto sería el tiempo en deshauciarles.
26/03/2009 16:15
La fecha para el lanzamiento la indica el Juez en el propio auto de admisión de la demanda.

En cuanto a la duración del procedimiento desde que se interpone la demanda hasta que se procede al lanzamiento depende del volumen de trabajo del Juzgado y sobre todo de la Provincia.

En Madrid, que es donde yo ejerzo es "lamentable" pues mínimo para tener al inquilino fuera tardamos un año. Para darte un ejemplo, presenté varias demandas de desahucio en octubre y sólo de una de ellas me han dictado auto para celebrar juicio el 21 de abril y lanzamiento para Julio. De las otras ni siquiera tenemos fecha de juicio.

Sin embargo he llevado desahucios en San Javier (Murcia) y en 6 meses se había lanzado al arrendatario y acabo de interponer otro Avila y la Procuradora piensa que para julio ya están fuera los arrendatarios.

Lo importante es iniciar el procedimiento cuanto antes .
26/03/2009 21:48
Ya me lo ha comentado la abogada. Que depende de la carga de trabajo del juzgado. En nuestro caso, tengo la vivienda en Navarra. En un pueblo de la zona norte de Navarra. Has comentado lo del pueblo de Murcia. Yo supongo, que se tardará lo mismo. Ya que Murcia, Alava, Navarra, Guipuzcoa. tienen la misma población.
Peor sería en zonas como Madrid, Valencia, Barcelona. que se tardaría más. Eso me ha comentado la abogada. Que cuanto antes se inicie el proceso mejor. Que quieran o no el inquilino, que no paga al final se le desahucia. A ella ya le he dicho, y ya le pasare los recibos, del mes de abril, y luz y gas... para que se lo pase al juez, que vea que no me sigue pagando.
Me da miedo que duré hasta octubre, ya que en octubre, seles cumple el contrato.
Un vecino, me que he hecho lo mejor. que les queda un montón de tiempo del contrato.
30/03/2009 13:25
Oye hoy me ha llamado la abogada, y el abogado de oficio. Me han comentado que para el viernes, tengo que ir al juzgado a firmar la denuncia, junto con ellos.
Me han comentado que la denuncia, una vez firmada, ya les llegará al inquilino. Que vaya aportando documentos, como recibos, luz, gas...
Les he comentado, que estan subarrendando el piso. Que temo que se vallan ellos, y me dejen gente; ya que en teoria puede ocurrir. Ellos me han comentado, que por ese aspecto que no me preocupe. Que si se van, tienen obligación de dejar el piso vacio.
Este último aspecto, es algo que me preocupa. Ya que imaginate, que se van. Si paran la denuncia, ya que renuncian al contrato, pero que te dejan alguién.
Qué se haría en esos casos. Los abogados, me han comentado que este tranquilo.
02/04/2009 11:42
Leticia, necesito que me ayudes. No sé si mi abogada, va haciendo todo bien. O va un poco lenta. Te voy a explicar. Soy de Pamplona, que tengo un piso en un pueblo de Navarra, alquilado. El cual los inquilinos, no pagan renta. Bien tienen contrato del 1 de octubre del 2008. No me pagaron ni fianza, ni rentas de enero, febrero,.. bueno. Para el día 12 de marzo del 2009. Se le mando un burofax, con acuse de recibo. No recibi ninguna contestación, ni tampoco ella. Para lo cual el día, 23 de marzo fui donde ella, y le dije que iniciará los tramites para denunciarlos, y hacer el desahucio. Al cabo de una semana, me llama y me dice que tengo que ir a firmar la denuncia para el día 3 de abril. Yo le dije, que que lenta iba. que tenían que estar ya denunciados.
No sé si va bien, ... Luego me comenta el día 23 de marzo que igual ella necesitaría un abogado de oficio. Ahora me comenta que en estos casos no es necesario.
Ahora me ha comentado que la denuncia se pone en un juzgado de primera instancia, y que la mandan al juzgado de paz, ayuntamiento de la localidad, al cabo de 20 días laborables, es decir casi 1 mes.
Yo no sé si va bien. Me tengo que cambiar de abogado, o qué. Pero yo es el problema que tengo, igual que otros de este foro, es recuperar mi piso.
Por favor, me puede dar una opinión, al menos la opinión de un segundo abogado. Ella me está asesorando bien.

Gracias
12/05/2009 22:41
Buenas,
A mi lo que me paso fue que el inquilino no me pagaba.. Lo estuve llamado mil veces, hacia mucho ruido en casa y los vecinos empezaron a quejarse... no habia manera. Llame incluso a la policia y me dijeron que la multa primero la tenia que pagar yo y luego reclamarsela al inquilino. Pues al final tube la suerte que busque casos por internet y me recomendaron una abogada muy buena. Se llama Montse Delgado. Te dejo su telefono (934248070) por si te interesa ya te digo k a mi me ayudo mucho y desde entonces me ha solucionado ya 3 casos. estoy super contenta.

Si teneis preguntas ya sabeis!
13/05/2009 11:27
Hola 1975008. He leido los distintos hilos que ha abierto en este foro y en mi opinión profesional su abogada le está asesorando adecuadamente y está llevando a cabo las actuaciones legales necesarias.

Reciba un cordial saludo.
Inquilino que no me paga. | PorticoLegal
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13 Comentarios
 
Inquilino que no me paga.
07/03/2009 13:44
Buenas. Quería contactar con algún abogado para que me de su opinión. Bien en Septiembre del 2008, tenía un piso alquilado a un chico ( con su contrato ...); me entero que sub-arrienda el piso, me voy a un abogado para denunciarlo, y me entrega las llaves. Bien ahora viene el problema, se quedan en ese piso, una pareja. Fui donde un abogado y me aconseja que les haga contrato. Al final, les hago un contrato, y ya esta.
-Mi primera pregunta es hice bien en hacerles contrato, o les podía echar directamente a la calle.

Ahora viene el meollo de la cuestión, me han pagado todo correctamente, los meses octubre, noviembre... Pero el mes de febrero, marzo... no me han pagado ( ni alquiler, ni luz, ni gas....). Me presento en su casa, y lo único que me dicen es que yo quiero dinero; y que me van a denunciar, por perdirles dinero; que aunque gane, el juicio no se van a ir; que la casa es suya.
Que puedo hacer para echarles, ya que tengo todo legal, tengo un contrato de un año firmado, por ellos. La vivienda es mia...
He ido al abogado y dice que les va a hacer una carta, para que me entreguen las llaves, es correcto, eso. Por que creo que no tienen intención de irse.
Por favor, necesito una respuesta.
07/03/2009 22:12
no soy abogado, creo que cometiste un error cuando te entregaron las llaves, esa pareja no debia permanecer en tu casa, comentas que les ha hecho contrato, ¿has solicitado aval bancario? Si es asi, vete al banco y ejecutalo y luego gestiona un desahucio, y que no te importe que te denuncie, en base a que van a hacerlo? Otra cosa la luz, agua, gas son servicios que el inquilino debe de poner a su nombre.
07/03/2009 23:13
ve a un abogado para que les lleve a juicio porque no pagan,incluyendo luz, agua y gas, (para el próximo alquiler recuerda poner a nombre del inquilino estos servicios pues dejar de pagarlos se considera acto hostil contra el inquilino,no así si estan a su nombre)
lamentablemente si tienen contrato y se ponen bravos vas a sufrir por echarlos,paciencia y asesórate.si tienes suerte y te devuelven las llaves con la carta del abogado pues eso que te ahorras,importante cumplir los plazos avisar de que se vayan un mes antes de finalizar contrato de un año (eso creo ) ,tambien te recomiendo que te enteres si son insolventes pues reclamar la deuda puede ser largo y tedioso.tu abogado te asesorara bien pues el primer tramite es el correcto.suerte
08/03/2009 11:21
Pero ellos han incumplido un contrato; en dicho contrato, se lee claramente que me pagaran mensualmente la renta, la luz, gas, el agua y otros gastos ( como la comunidad...). Eso se lo han pasado por los mismisimos.
Además en el contrato pone claramente que no se admiten animales en el piso, y tienen un perro; que incluso me llamaron la atención. Ya que es un perro violento ( un pitbull). Les llame la atención y me dijeron que ellos lo tenían en el coche...
He hablado con algunas personas y me han recomendado un abogado; me dicen que el proceso será de unos 2 a 3 meses aproximadamente. Pero lo fundamental es llegar con ellos a un acuerdo, para que desalojen la vivienda; según tengo entendido. Si no se llega a ningún acuerdo ir a juicio.
09/03/2009 17:50
En cuanto a si hicieste bien o mal en arrendarles el piso, probablemente el abogado te lo aconsejó para evitar un desahucio en precario, y disponer de contrato para que en caso de impago, puedas desahuciarles.

Si usted tiene contrato de arrendamiento con ellos, en el que se estipula la renta, y los servicios y suministros que han de pagar, no tiene ningún problema, ante la falta de pago usted puede instar resolución del contrato y desahucio de los arrendatarios.

No se deje impresionar por sus amenazas totalmente carentes de fundamento alguno.

Está bien intentar la resolución extrajudicial. Se debe mandar un burofax con certificado de texto y acuse de recibo requiriendo exactamente la cantidad que adeudan y los conceptos. Es importante que el requerimiento esté bien redactado si queremos evitar la enervación. Debe constar la advertencia de la imposibilidad de enervar si transcurren dos meses desde el requerimiento y la interposición de la demanda. Debe constar con claridad en plazo que se les concede para abonar la deuda.

Si transcurrido el plazo concedido para el pago no han liquidado su deuda usted tiene dos alternativas:

1º. Interponer inmediantamente la demanda de desahucio acumulando o no la reclamación de rentas. En este casp debe saber que el arrendatario puede ENERVAR la acción, es decir, depositar bien judicialmente, ante notario o en su cuenta, las cantidades debidas hasta el día d ela vista, por lo que el Juez declararía no haber lugar al desahucio, pero usted cobra lo que se le debe.

2º. Dejar transcurrir dos meses desde la notificación del burofax y la interposición de la demanda. En este caso no cabe la enervación, es decir, aunque los arrendatarios paguen lo que deben, el Juez declararía el desahucio.

En el auto admitiendo a trámite la demanda se señala día para el lanzamiento para el caso de que acordada la resolución del contrato y desalojo del inmueble, los arrendatarios no se fueran.

Transcurridos 20 días desde la notificación de la sentencia, si los arrendatarios no hubieran abandonado el inmueble o se hubieran ido pero no le hubieran entregado las llaves o las hubieran depositado en el Juzgado, habría que solicitar ejecución de la sentencia, pidiendo el lanzamiento d elos demandados o puesta a su disposición de la vivienda. el día señalado en el auto se persona usted junto con su abogado y/o procurador, oficial del Juzgado y la policía municipal y bien se lanza a los arrendatarios si siguen dentro o, si no hay nadie, se le pone el piso a su disposición.
IMPORTANTE: al lanzamiento acuda con CERRAJERO para cambiar la cerradura, ya que en el momento en que el Juzgado le da la posesión del piso, acaba el juicio, y si los arrendatarios vuelven a entrar tendría que iniciar desahucio en precario.
SI CREE QUE NO HAN ABANDONADO LA VIVIENDA ACUDA CON FURGONETA O MEDIO DE TRANSPORTE Y CAJAS PARA GUARDAR TODO LO QUE HAYA DEL ARRENDATARIO EN LA VIVIENDA Y NO RENUNCIE a ello, para depositarlo en el organismo municipal oportuno, pues de lo contrarioo no podrá practicarse el lanzamiento.

al menos en Madrid, no se puede dejar las cosas en la calle y tenemos que acudir con furgoneta para llevarnos las cosas del arrendatario y depositarlas en el almacén de la Villa.

Espero que la información sea de su utilidad.
19/03/2009 13:02
Finalmente tras mandar el burofax, y no recibir respuesta. Mi abogada ha decidido denunciarles. Para lo cual, me ha pedido fotocopias de recibos, que no han pagado, como de gas, luz... ( le haré fotocopias de los recibos que manda las compañias de gas...); además de recibos de renta, que tiene sin pagar, son los recibos que hago yo cuando alguién me paga algo; de los que venden en quioscos... ya que según ella también son válidos..

Mi pregunta es esta; ella me comento que si depositan, todo lo que no me han pagado el el juzgado. El juicio se suspende; y seguirá todo igual. Ahora bien quiero echarlos; ya que me han comentado que estan subarrendando el piso.
Qué tendría que hacer, por ejemplo, si me entregan llaves, y hay alguién viviendo, que lo hayan metido ellos. Cúal sería entonces el paso a serguir.
23/03/2009 17:49
Lo que supongo que le ha dicho su abogada es que no habiendo atendido el requerimiento de pago efectuado, si no han transcurrido dos meses desde la recepción del burofax y la interposición de la demanda de desahucio, los arrendatarios pueden consignar lo que deben, en cuyo caso el Juez tendría por ENERVADA LA ACCIÓN, lo que significa que se acuerdo no haber lugar al desahucio y usted cobraría todo lo que se le debe.

Para evitar la enervación tienen que transcurrir dos meses desde la recepción del burofax y la interposición de la demanda sin que en ese tiempo los arrendatarios hayan pagado lo que deben. En ese caso, interpuesta la demanda, aunque los arrendatarios pagasen el Juez decretaría el desahucio. Tenga en cuenta, de todas formas, que la enervación sólo se permite una vez.

Una vez iniciado el Juicio, la resolución del contrato principal conlleva la resolución del subarriendo, y el día del lanzamiento se "lanza" a todos los que estén en la casa.

Iniciado el procedimiento yo no daría por resuelto el contrato hasta no tener la certeza de que el piso está libre de bienes, enseres y personas.
24/03/2009 11:48
Oye pero cuánto tiempo tardaría en que se les deshaucie. Supongamos que no quieren pagar. Cuanto tiempo debera pasar.
Además si pagan, hay que tener en cuenta que se les va a juntar ya el mes de abril, el cual deberan también pagarlo.
La abogada me dice un tiempo. Luego me habla de dos meses... cuanto sería el tiempo en deshauciarles.
26/03/2009 16:15
La fecha para el lanzamiento la indica el Juez en el propio auto de admisión de la demanda.

En cuanto a la duración del procedimiento desde que se interpone la demanda hasta que se procede al lanzamiento depende del volumen de trabajo del Juzgado y sobre todo de la Provincia.

En Madrid, que es donde yo ejerzo es "lamentable" pues mínimo para tener al inquilino fuera tardamos un año. Para darte un ejemplo, presenté varias demandas de desahucio en octubre y sólo de una de ellas me han dictado auto para celebrar juicio el 21 de abril y lanzamiento para Julio. De las otras ni siquiera tenemos fecha de juicio.

Sin embargo he llevado desahucios en San Javier (Murcia) y en 6 meses se había lanzado al arrendatario y acabo de interponer otro Avila y la Procuradora piensa que para julio ya están fuera los arrendatarios.

Lo importante es iniciar el procedimiento cuanto antes .
26/03/2009 21:48
Ya me lo ha comentado la abogada. Que depende de la carga de trabajo del juzgado. En nuestro caso, tengo la vivienda en Navarra. En un pueblo de la zona norte de Navarra. Has comentado lo del pueblo de Murcia. Yo supongo, que se tardará lo mismo. Ya que Murcia, Alava, Navarra, Guipuzcoa. tienen la misma población.
Peor sería en zonas como Madrid, Valencia, Barcelona. que se tardaría más. Eso me ha comentado la abogada. Que cuanto antes se inicie el proceso mejor. Que quieran o no el inquilino, que no paga al final se le desahucia. A ella ya le he dicho, y ya le pasare los recibos, del mes de abril, y luz y gas... para que se lo pase al juez, que vea que no me sigue pagando.
Me da miedo que duré hasta octubre, ya que en octubre, seles cumple el contrato.
Un vecino, me que he hecho lo mejor. que les queda un montón de tiempo del contrato.
30/03/2009 13:25
Oye hoy me ha llamado la abogada, y el abogado de oficio. Me han comentado que para el viernes, tengo que ir al juzgado a firmar la denuncia, junto con ellos.
Me han comentado que la denuncia, una vez firmada, ya les llegará al inquilino. Que vaya aportando documentos, como recibos, luz, gas...
Les he comentado, que estan subarrendando el piso. Que temo que se vallan ellos, y me dejen gente; ya que en teoria puede ocurrir. Ellos me han comentado, que por ese aspecto que no me preocupe. Que si se van, tienen obligación de dejar el piso vacio.
Este último aspecto, es algo que me preocupa. Ya que imaginate, que se van. Si paran la denuncia, ya que renuncian al contrato, pero que te dejan alguién.
Qué se haría en esos casos. Los abogados, me han comentado que este tranquilo.
02/04/2009 11:42
Leticia, necesito que me ayudes. No sé si mi abogada, va haciendo todo bien. O va un poco lenta. Te voy a explicar. Soy de Pamplona, que tengo un piso en un pueblo de Navarra, alquilado. El cual los inquilinos, no pagan renta. Bien tienen contrato del 1 de octubre del 2008. No me pagaron ni fianza, ni rentas de enero, febrero,.. bueno. Para el día 12 de marzo del 2009. Se le mando un burofax, con acuse de recibo. No recibi ninguna contestación, ni tampoco ella. Para lo cual el día, 23 de marzo fui donde ella, y le dije que iniciará los tramites para denunciarlos, y hacer el desahucio. Al cabo de una semana, me llama y me dice que tengo que ir a firmar la denuncia para el día 3 de abril. Yo le dije, que que lenta iba. que tenían que estar ya denunciados.
No sé si va bien, ... Luego me comenta el día 23 de marzo que igual ella necesitaría un abogado de oficio. Ahora me comenta que en estos casos no es necesario.
Ahora me ha comentado que la denuncia se pone en un juzgado de primera instancia, y que la mandan al juzgado de paz, ayuntamiento de la localidad, al cabo de 20 días laborables, es decir casi 1 mes.
Yo no sé si va bien. Me tengo que cambiar de abogado, o qué. Pero yo es el problema que tengo, igual que otros de este foro, es recuperar mi piso.
Por favor, me puede dar una opinión, al menos la opinión de un segundo abogado. Ella me está asesorando bien.

Gracias
12/05/2009 22:41
Buenas,
A mi lo que me paso fue que el inquilino no me pagaba.. Lo estuve llamado mil veces, hacia mucho ruido en casa y los vecinos empezaron a quejarse... no habia manera. Llame incluso a la policia y me dijeron que la multa primero la tenia que pagar yo y luego reclamarsela al inquilino. Pues al final tube la suerte que busque casos por internet y me recomendaron una abogada muy buena. Se llama Montse Delgado. Te dejo su telefono (934248070) por si te interesa ya te digo k a mi me ayudo mucho y desde entonces me ha solucionado ya 3 casos. estoy super contenta.

Si teneis preguntas ya sabeis!
13/05/2009 11:27
Hola 1975008. He leido los distintos hilos que ha abierto en este foro y en mi opinión profesional su abogada le está asesorando adecuadamente y está llevando a cabo las actuaciones legales necesarias.

Reciba un cordial saludo.