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Inquilino quiere irse antes del plazo

3 Comentarios
 
12/01/2011 15:46
La fianza por ley es de un mes... con muebles y sin muebles.

Visto lo visto... que cumpla lo pactado o a los tribunales de justicia o de injusticia...

PD.- Un e-mail solo sirve para comunicarse... pero legalmente para nada. Notarios, certificados, burofax, etc...
12/01/2011 11:26
Contestando a lo de la fianza. La fianza, como tal, es de un mes y está depositada en el organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma. El otro mes figura en una clausula como "garantía de alquiler".
De todas formas, tengo entendido que en los pisos con muebles la fianza puede ser de dos meses. ¿es así no?

Y, precisamente, mi problema es que el piso no está bien. Ha transformado un piso que era una monada con una pintura, muebles y decoración muy cuidada por una especie trastero almacen de muebles. Cambió el color de la pintura del salón a un color horroroso que no pega nada con mis muebles y cuadros. 2 puertas están pintadas de azul y dos de granate. Cambió luces indirectas por lamparas colgadas en el techo. Ha cambiado el lugar de la antena de la tele, para lo cual ha hecho agujeros, etc. etc.

Y ahora ni siquiera puedo poner un anuncio para alquilarlo (ella se ha ofrecido a enseñarlo) porque las fotos que tengo y la actual realidad nada tiene que ver. Aparte de que, tal como está es para salir corriendo.

Yo, si se marchara por una necesidad, lo entendería pero es una persona caprichosa que llegó, cambió todo y ahora se ha encaprichado de otra casa.

Yo ya acepté que no cumpliera todo el contrato. pactamos que estaria hasta mayo pero ahora me sale con que se quiere ir ya.

Otra pregunta ¿porqué medio debo contestar a su e-mail comunicandome que se quiere ir dentro de 60 dias? ¿vale hacerlo por el mismo medio que ella me lo ha comunicado?.

Muchas gracias por la ayuda


12/01/2011 03:56
La ley dice: Si han pactado un año... un año tienen que cumplir, ambos. La fianza no se puede tocar ni cambiar por meses, de alquiler.

La ley dice: La fianzas en los pisos es un mes máximo y tiene que estar depositada, en la Administración.

Consejo: Si el piso está bien y no deja deudas que se marche. Porque por las malas... un inquilino puede causar muchos daños.
Inquilino quiere irse antes del plazo
12/01/2011 03:12
El 15 de septiembre alquilé una vivienda con jardin recien pintada, amueblada y con electrodomesticos. El plazo era de 1 año, por supuesto, prorrogagle según la legislación. Dejaron una fianza de dos meses de alquiler.

Como ellos tenian muebles, me hicieron sacar los mios, cambiaron lámparas, cuadros, decoración, pintaron de otro color el salon. Ahora hay dos puertas azules y dos granates, etc. etc.

Hace una semana la inquilina me escribe un correo y me dice que me he portado muy bien con ella pero que no se encuentra bien en la casa porque tiene que tener encendida todo el dia la estufa y la luz y que le gustaria irse el 31 de marzo y que yo le devolviera la fianza.

La llamo por teléfono, hablamos y le propongo que, en lugar del 31 de marzo, se vaya el 31 de mayo, fecha que me resultará mas facil volver a alquilarla. Que me deje la casa tal como la encontró y que yo le devolveria la fianza. Le parece bien, me da las gracias y a continuación yo le mando un correo concretando lo que hemos quedado. Ella contesta diciendo que está de acuerdo.

Pues bien, hoy me vuelve a escribir y me dice que le ha salido otra casa y se quiere ir el 28 de febrero y, como mucho dentro de los 60 dias (11 de marzo) que, según ella es el que señala el contrato como plazo de preaviso.

Pregunto: ¿Qué puedo hacer? ¿A qué estamos obligadas cada una de las partes?

Copio las dos clausulas del contrato que creo que tienen interés para este problema.
"El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO, a contar desde el 15 de septiembre de 2.010, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran acordar las partes o las que legalmente están establecidas. Una vez prorrogado el contrato, si la ARRENDATARIA desea desistir del arrendamiento deberá comunicarlo al ARRENDADOR con una antelación mínima de 60 días."

"Esta fianza se devolverá a la finalización del contrato, una vez cumplidos por el inquilino a satisfacción de la propiedad las obligaciones de este clausulado, a cuya responsabilidad queda afecta la citada fianza, que no será aplicable para el pago de rentas pendientes. Asimismo todas las cantidades entregadas para el cumplimiento de este contrato no serán reembolsadas a la ARRENDATARIA, en caso de desistimiento por parte de ésta a cumplir con el periodo pactado de alquiler, quedando en poder del propietario como indemnización de daños y perjuicios."

Muchas gracias
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Inquilino quiere irse antes del plazo

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12/01/2011 15:46
La fianza por ley es de un mes... con muebles y sin muebles.

Visto lo visto... que cumpla lo pactado o a los tribunales de justicia o de injusticia...

PD.- Un e-mail solo sirve para comunicarse... pero legalmente para nada. Notarios, certificados, burofax, etc...
12/01/2011 11:26
Contestando a lo de la fianza. La fianza, como tal, es de un mes y está depositada en el organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma. El otro mes figura en una clausula como "garantía de alquiler".
De todas formas, tengo entendido que en los pisos con muebles la fianza puede ser de dos meses. ¿es así no?

Y, precisamente, mi problema es que el piso no está bien. Ha transformado un piso que era una monada con una pintura, muebles y decoración muy cuidada por una especie trastero almacen de muebles. Cambió el color de la pintura del salón a un color horroroso que no pega nada con mis muebles y cuadros. 2 puertas están pintadas de azul y dos de granate. Cambió luces indirectas por lamparas colgadas en el techo. Ha cambiado el lugar de la antena de la tele, para lo cual ha hecho agujeros, etc. etc.

Y ahora ni siquiera puedo poner un anuncio para alquilarlo (ella se ha ofrecido a enseñarlo) porque las fotos que tengo y la actual realidad nada tiene que ver. Aparte de que, tal como está es para salir corriendo.

Yo, si se marchara por una necesidad, lo entendería pero es una persona caprichosa que llegó, cambió todo y ahora se ha encaprichado de otra casa.

Yo ya acepté que no cumpliera todo el contrato. pactamos que estaria hasta mayo pero ahora me sale con que se quiere ir ya.

Otra pregunta ¿porqué medio debo contestar a su e-mail comunicandome que se quiere ir dentro de 60 dias? ¿vale hacerlo por el mismo medio que ella me lo ha comunicado?.

Muchas gracias por la ayuda


12/01/2011 03:56
La ley dice: Si han pactado un año... un año tienen que cumplir, ambos. La fianza no se puede tocar ni cambiar por meses, de alquiler.

La ley dice: La fianzas en los pisos es un mes máximo y tiene que estar depositada, en la Administración.

Consejo: Si el piso está bien y no deja deudas que se marche. Porque por las malas... un inquilino puede causar muchos daños.
Inquilino quiere irse antes del plazo
12/01/2011 03:12
El 15 de septiembre alquilé una vivienda con jardin recien pintada, amueblada y con electrodomesticos. El plazo era de 1 año, por supuesto, prorrogagle según la legislación. Dejaron una fianza de dos meses de alquiler.

Como ellos tenian muebles, me hicieron sacar los mios, cambiaron lámparas, cuadros, decoración, pintaron de otro color el salon. Ahora hay dos puertas azules y dos granates, etc. etc.

Hace una semana la inquilina me escribe un correo y me dice que me he portado muy bien con ella pero que no se encuentra bien en la casa porque tiene que tener encendida todo el dia la estufa y la luz y que le gustaria irse el 31 de marzo y que yo le devolviera la fianza.

La llamo por teléfono, hablamos y le propongo que, en lugar del 31 de marzo, se vaya el 31 de mayo, fecha que me resultará mas facil volver a alquilarla. Que me deje la casa tal como la encontró y que yo le devolveria la fianza. Le parece bien, me da las gracias y a continuación yo le mando un correo concretando lo que hemos quedado. Ella contesta diciendo que está de acuerdo.

Pues bien, hoy me vuelve a escribir y me dice que le ha salido otra casa y se quiere ir el 28 de febrero y, como mucho dentro de los 60 dias (11 de marzo) que, según ella es el que señala el contrato como plazo de preaviso.

Pregunto: ¿Qué puedo hacer? ¿A qué estamos obligadas cada una de las partes?

Copio las dos clausulas del contrato que creo que tienen interés para este problema.
"El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO, a contar desde el 15 de septiembre de 2.010, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran acordar las partes o las que legalmente están establecidas. Una vez prorrogado el contrato, si la ARRENDATARIA desea desistir del arrendamiento deberá comunicarlo al ARRENDADOR con una antelación mínima de 60 días."

"Esta fianza se devolverá a la finalización del contrato, una vez cumplidos por el inquilino a satisfacción de la propiedad las obligaciones de este clausulado, a cuya responsabilidad queda afecta la citada fianza, que no será aplicable para el pago de rentas pendientes. Asimismo todas las cantidades entregadas para el cumplimiento de este contrato no serán reembolsadas a la ARRENDATARIA, en caso de desistimiento por parte de ésta a cumplir con el periodo pactado de alquiler, quedando en poder del propietario como indemnización de daños y perjuicios."

Muchas gracias