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Inquilinos de local comercial

1 Comentarios
 
Inquilinos de local comercial
22/10/2003 18:43
Hola, a ver si alguien me puede ayudar en este tema.

Tenemos en un bloque de viviendas, alquilados dos locales exteriores y anexos al edificio. Los beneficios son para la comunidad de propietarios.

POr otro lado, tenemos alquilado un local interior como oficina, cuyos beneficios van tambien para la comunidad.
Los de este local interior (con una cara que me parece que se la pisan), nos dicen que segun los estatutos, tienen derecho como "residentes" , a coger parte de los beneficios de los otros dos locales exteriores arrendados. Sin embargo, en una obra que hay que hacer en el portal, dicen que estan "exentos" porque no son propietarios ,solo inquilinos.

Es cierto esto? en que estatuto lo dice? Tengo que ir a la junta como presidenta en media hora y agradezco cualquier consejo. Gracias.

22/10/2003 19:50
Al margen del morro de los alquilados en el interior, habría que ver el contenido del contrato de arrendamiento que suscribisteis con ellos.

1 saludo
Inquilinos de local comercial | PorticoLegal
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Inquilinos de local comercial

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Inquilinos de local comercial
22/10/2003 18:43
Hola, a ver si alguien me puede ayudar en este tema.

Tenemos en un bloque de viviendas, alquilados dos locales exteriores y anexos al edificio. Los beneficios son para la comunidad de propietarios.

POr otro lado, tenemos alquilado un local interior como oficina, cuyos beneficios van tambien para la comunidad.
Los de este local interior (con una cara que me parece que se la pisan), nos dicen que segun los estatutos, tienen derecho como "residentes" , a coger parte de los beneficios de los otros dos locales exteriores arrendados. Sin embargo, en una obra que hay que hacer en el portal, dicen que estan "exentos" porque no son propietarios ,solo inquilinos.

Es cierto esto? en que estatuto lo dice? Tengo que ir a la junta como presidenta en media hora y agradezco cualquier consejo. Gracias.

22/10/2003 19:50
Al margen del morro de los alquilados en el interior, habría que ver el contenido del contrato de arrendamiento que suscribisteis con ellos.

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