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Inscripción de acuerdos fuera de plazo

4 Comentarios
 
19/11/2003 20:58
Con respecto a los libros de actas y de socios, se tienen que llevar EN BLANCO al Registro Mercantil. No importa el tiempo transcurrido. Una vez diligenciado, se transcribirá en el de Actas todas las que hubiere lugar.
Respecto a los libros contables, podéis llevarlos ahora sin ningún problema (no quiero pensar en que hace años los programas eran en MSDOS, diseñados para impresoras matriciales, otra moneda, ... y ahora es posible que las copias de seguridad no sirvan de mucho). El Registrador Mercantil indicará que se procede a su legalizadión FUERA DE PLAZO.
En el Registro Mercantil tienes buenos profesionales y, normalmente, bien predispuestos a facilitarte tu labor. Si, como dices, "no encuentras nada", es posible que: o bien "nunca existieron", o bien "han desaparecido" para dificultar vuestra labor y la información acerca de la empresa. En el Registro Mercantil podrás informarte sobre este extremo.
Personalmente, considero que más preocupante que el tema mercantil "del Registro" es el tema mercantil "contable-fiscal", como te apuntaba días atrás.
Espero encuentres solución conveniente a vuestros problemas, Toni.
Un saludo.
19/11/2003 18:28
Estimados manolo blasco y jrgijon, quiero agradeceros vuestra gentileza por contestarme tan bien. es la primera vez que entro a un foro de este tipo y lo seguiré haciendo para ayudar a otros, en los temas en que estoy especializado, como lo habéis hecho conmigo. respecto al tema de fondo, ahora me encuentro con el problema de que no encontramos ningún tipo de libros (actas, contables, etc.). ¿Es posible una legalización a posteriori para incluir acuerdos pasados? ¿qué exigen los reg. Mercantiles para esa diligenciación?
un saludo cordial y muchísimas gracias.
17/11/2003 19:36
Si en los últimos 7 años la SL no ha hecho NADA en el Registro Mercantil, sería recomendable proceder a adecuar los Estatutos a la realidad de hoy (domicilio social, administración, redenominación del capital y participaciones sociales, etc. ...).
PERO, como bien apunta Manolo Blasco, en el Registro NO le admitirán una Escritura si tiene Cuentas Anuales pendientes de depositar (como tampoco te admitirían la presentación de unas Cuentas Anuales a depositar si tiene la SL caducados los cargos de los administradores que las firman).
La solución consistiría en presentar TODO A LA VEZ (lo haría la Notaría). (No importa, en este caso, que nunca haya presentado libros a legalizar. Y, desde el punto de vista fiscal, el hecho de tener pendiente de presentar los libros de ejercicios anteriores NO puede asimilarse a llevar un retraso en la contabilidad que suponga la comisión de una infracción grave, a efectos de la posible actuación inspectora de Hacienda).
Más preocupante suele ser el hecho de que cuando te encuentras con una empresa con esta situación de importante desatención en sus obligaciones mercantiles, esta "falta de diligencia" (si me permites la expresión) suele abarcar otros aspectos más peligrosos: disparidad entre la realidad de la documentación y su reflejo contable, autoliquidaciones fiscales inexactas, etc. ... que sí pueden tener una trascendencia "económica" grave.
Este tipo de empresas suelen tener una vida más bien corta. ESPERO QUE no sea éste uno de esos casos.
Espero haber podido aportarte algo, Toni.
Un saludo.
17/11/2003 10:02
De los acuerdos sociales nombrados, concretamente el de las transmisiones participaciones no estas obligado a realizarlo, pero el caso del nombramiento de cargos si que seria inscribible, pero por otro lado te indico que si tampoco has inscrito la cuentas anuales, no te inscribiran todo lo anterior hasta que no presenteis todas la cuentas anuales desde la fecha de la constitucion, y por otro lado que tu no mencionas, es lo referente a la redenominacion y la adaptación de la sociedad la nueva ley de s.L. Y a la nueva moneda del euro, dichos tramites tambien debeis de realizar.
Para mas informacion.
Manoloblasco@idsplus.Net
Inscripción de acuerdos fuera de plazo
15/11/2003 11:41
Estimados amigos, me encuentro ante una SL que, tras constituirse e inscribirse en el RM hace 7 años, no ha inscrito ningún acuerdo social (transmisión participaciones, nombramiento cargos, etc.) y por supuesto no ha depositado las cuentas. ¿Tiene solución? Si es subsanable ¿cómo se debe hacer?
Un saludo a todos y muchas gracias de antemano
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19/11/2003 20:58
Con respecto a los libros de actas y de socios, se tienen que llevar EN BLANCO al Registro Mercantil. No importa el tiempo transcurrido. Una vez diligenciado, se transcribirá en el de Actas todas las que hubiere lugar.
Respecto a los libros contables, podéis llevarlos ahora sin ningún problema (no quiero pensar en que hace años los programas eran en MSDOS, diseñados para impresoras matriciales, otra moneda, ... y ahora es posible que las copias de seguridad no sirvan de mucho). El Registrador Mercantil indicará que se procede a su legalizadión FUERA DE PLAZO.
En el Registro Mercantil tienes buenos profesionales y, normalmente, bien predispuestos a facilitarte tu labor. Si, como dices, "no encuentras nada", es posible que: o bien "nunca existieron", o bien "han desaparecido" para dificultar vuestra labor y la información acerca de la empresa. En el Registro Mercantil podrás informarte sobre este extremo.
Personalmente, considero que más preocupante que el tema mercantil "del Registro" es el tema mercantil "contable-fiscal", como te apuntaba días atrás.
Espero encuentres solución conveniente a vuestros problemas, Toni.
Un saludo.
19/11/2003 18:28
Estimados manolo blasco y jrgijon, quiero agradeceros vuestra gentileza por contestarme tan bien. es la primera vez que entro a un foro de este tipo y lo seguiré haciendo para ayudar a otros, en los temas en que estoy especializado, como lo habéis hecho conmigo. respecto al tema de fondo, ahora me encuentro con el problema de que no encontramos ningún tipo de libros (actas, contables, etc.). ¿Es posible una legalización a posteriori para incluir acuerdos pasados? ¿qué exigen los reg. Mercantiles para esa diligenciación?
un saludo cordial y muchísimas gracias.
17/11/2003 19:36
Si en los últimos 7 años la SL no ha hecho NADA en el Registro Mercantil, sería recomendable proceder a adecuar los Estatutos a la realidad de hoy (domicilio social, administración, redenominación del capital y participaciones sociales, etc. ...).
PERO, como bien apunta Manolo Blasco, en el Registro NO le admitirán una Escritura si tiene Cuentas Anuales pendientes de depositar (como tampoco te admitirían la presentación de unas Cuentas Anuales a depositar si tiene la SL caducados los cargos de los administradores que las firman).
La solución consistiría en presentar TODO A LA VEZ (lo haría la Notaría). (No importa, en este caso, que nunca haya presentado libros a legalizar. Y, desde el punto de vista fiscal, el hecho de tener pendiente de presentar los libros de ejercicios anteriores NO puede asimilarse a llevar un retraso en la contabilidad que suponga la comisión de una infracción grave, a efectos de la posible actuación inspectora de Hacienda).
Más preocupante suele ser el hecho de que cuando te encuentras con una empresa con esta situación de importante desatención en sus obligaciones mercantiles, esta "falta de diligencia" (si me permites la expresión) suele abarcar otros aspectos más peligrosos: disparidad entre la realidad de la documentación y su reflejo contable, autoliquidaciones fiscales inexactas, etc. ... que sí pueden tener una trascendencia "económica" grave.
Este tipo de empresas suelen tener una vida más bien corta. ESPERO QUE no sea éste uno de esos casos.
Espero haber podido aportarte algo, Toni.
Un saludo.
17/11/2003 10:02
De los acuerdos sociales nombrados, concretamente el de las transmisiones participaciones no estas obligado a realizarlo, pero el caso del nombramiento de cargos si que seria inscribible, pero por otro lado te indico que si tampoco has inscrito la cuentas anuales, no te inscribiran todo lo anterior hasta que no presenteis todas la cuentas anuales desde la fecha de la constitucion, y por otro lado que tu no mencionas, es lo referente a la redenominacion y la adaptación de la sociedad la nueva ley de s.L. Y a la nueva moneda del euro, dichos tramites tambien debeis de realizar.
Para mas informacion.
Manoloblasco@idsplus.Net
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15/11/2003 11:41
Estimados amigos, me encuentro ante una SL que, tras constituirse e inscribirse en el RM hace 7 años, no ha inscrito ningún acuerdo social (transmisión participaciones, nombramiento cargos, etc.) y por supuesto no ha depositado las cuentas. ¿Tiene solución? Si es subsanable ¿cómo se debe hacer?
Un saludo a todos y muchas gracias de antemano