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inscripcion del uso y disfute de la vivienda

4 Comentarios
 
Inscripcion del uso y disfute de la vivienda
22/11/2006 12:21
¿Es necesario incribir en el Registro de la Propiedad el uso y disfrute de la vivienda familiar otorgado a uno de los cónyuges?. En caso afirmativo, ¿se puede solicitar del Juzgado en la propia demanda que se proceda de oficio a tal inscripción?. Gracias y saludos
22/11/2006 17:40
Conveniente si. Si, se puede solicitar en la demanda que se libre mandamiento judicial al registro caso de acogerse tus pretensiones al respecto.
Un saludo.
22/11/2006 22:21
¿Que ventajas/inconvenientes tiene el que esté registrado?.
23/11/2006 01:43
Que un posible comprador sabrá que el piso tiene esa carga, por lo que si no eres cónyuge titular, sabes que si el otro lo vende, lo hace con ocupantes, lo que garantiza tu derecho frente a terceros, y como inconveniente para el que sea titular, que será más difícil venderlo pero que si lo consigue, se quita el problema de encima y consigue el valor del piso.
23/11/2006 15:25
Gracias Patricia. Otra pregunta: para la parte a la que se le atribuye el uso y disfrute ¿le supone coste la anotación en el registro?. Gracias otra vez.
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Inscripcion del uso y disfute de la vivienda
22/11/2006 12:21
¿Es necesario incribir en el Registro de la Propiedad el uso y disfrute de la vivienda familiar otorgado a uno de los cónyuges?. En caso afirmativo, ¿se puede solicitar del Juzgado en la propia demanda que se proceda de oficio a tal inscripción?. Gracias y saludos
22/11/2006 17:40
Conveniente si. Si, se puede solicitar en la demanda que se libre mandamiento judicial al registro caso de acogerse tus pretensiones al respecto.
Un saludo.
22/11/2006 22:21
¿Que ventajas/inconvenientes tiene el que esté registrado?.
23/11/2006 01:43
Que un posible comprador sabrá que el piso tiene esa carga, por lo que si no eres cónyuge titular, sabes que si el otro lo vende, lo hace con ocupantes, lo que garantiza tu derecho frente a terceros, y como inconveniente para el que sea titular, que será más difícil venderlo pero que si lo consigue, se quita el problema de encima y consigue el valor del piso.
23/11/2006 15:25
Gracias Patricia. Otra pregunta: para la parte a la que se le atribuye el uso y disfrute ¿le supone coste la anotación en el registro?. Gracias otra vez.